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18/12/2022

Principales novedades tributarias introducidas por la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

09/08/2022

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23/02/2022

Aprobado el Real Decreto que por el que se fija el para 2022 y establece las cuantías que deben regir desde el 1 de enero de 2022, para trabajadores fijos, eventuales o temporeros, así como para las personas empleadas de hogar.

22/12/2021


⚖Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.

Publicada en el BOE de 21 de diciembre de 2021

Principales novedades y cambios ⤵

14/07/2021

💰Nuevas limitaciones en vigor a los pagos en efectivo, vigentes desde el pasado 11 de julio regulados en el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre.

23/03/2021

¿Qué ocurre si el inquilino procede al pago del alquiler después de presentada demanda de desahucio, pero antes del requerimiento judicial, existiendo una enervación anterior?

19/03/2021

📅 Campaña de la Renta y Patrimonio 2020

Se ha publicado en el BOE de hoy la Orden HAC/248/2021, de 16 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2020, el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos.

📢 Por primera vez, en el apartado de rendimientos de actividades económicas, se permitirá que los contribuyentes puedan trasladar los importes consignados en los libros registro del IRPF a las casillas correspondientes de este apartado del modelo, siempre que el formato de los libros sea el formato tipo de libros registros publicados por la AEAT en su página web.

25/02/2021

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18/02/2021

Recuerda que el legatario es un sucesor a título particular frente a los herederos que se definen como sucesores a título universal (artículo 660 del Código Civil), por lo que el primero se convierte en sujeto pasivo del ISD al aceptar el legado asignado.

Ahora bien, a la entrega del legado, el legatario no puede ocupar por su propia autoridad la cosa legada, sino que debe pedir su posesión al heredero o albacea (artículo 882 del Código Civil).

Esta “entrega” es una mera puesta en posesión, puesto que la propiedad pertenece al legatario sin necesidad de entrega, desde la muerte del testador, salvo que se haya repudiado o no se haya aceptado expresa o tácitamente. Esta necesidad de “entrega” obedece a que el pago de los legados queda subordinado al pago de las legítimas en el caso de que haya herederos forzosos.

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17/02/2021

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