A.Ramírez y asociados

A.Ramírez y asociados Despacho especializado en trámites de extranjería, civil, mercantil y laboral.

07/09/2026

¿Quieres traer a un familiar a España? No todos los procedimientos son iguales.

La vía adecuada dependerá principalmente de tu nacionalidad y de tu situación de residencia:

• Si eres una persona extranjera con residencia legal en España, puede corresponder la reagrupación familiar en régimen general.

• Si tienes nacionalidad española, existe una autorización específica para determinados familiares de personas españolas.

Cada procedimiento tiene requisitos diferentes respecto al vínculo familiar, los medios económicos, la vivienda, la dependencia económica y la documentación que debe presentarse. Además, no todos los familiares pueden ser incluidos en las mismas condiciones.

Elegir la vía incorrecta o presentar documentos insuficientes puede provocar retrasos o incluso la denegación de la solicitud.

En este vídeo te explico las principales diferencias. Si quieres saber qué procedimiento corresponde a tu familia, podemos estudiar tu caso y acompañarte durante toda la tramitación.

A. RAMÍREZ & ASOCIADOS
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05/09/2026

5 PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE DERECHO DE FAMILIA

Cuando una relación termina y existen hijos en común, aparecen muchas dudas sobre la custodia, la vivienda familiar y las obligaciones económicas.

1. ¿Puedo conseguir la custodia compartida si el otro progenitor se opone?

Sí. La oposición de uno de los progenitores no impide automáticamente que el juez la acuerde. La decisión se adopta valorando el interés superior del menor y las circunstancias familiares.

2. ¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?

Se tienen en cuenta las necesidades de los hijos y los ingresos, gastos y capacidad económica de ambos progenitores. No existe una cantidad idéntica para todas las familias.

3. ¿Quién se queda en la vivienda familiar?

Dependerá del régimen de custodia, las necesidades de los hijos, la situación económica de los progenitores y la titularidad del inmueble. La atribución de su uso puede establecerse de forma temporal.

4. ¿La pensión termina cuando el hijo cumple 18 años?

No automáticamente. Puede mantenerse si el hijo continúa dependiendo económicamente de sus progenitores y sigue su formación con un aprovechamiento adecuado.

5. ¿Pueden modificarse la custodia, las visitas o la pensión?

Sí, cuando se produce un cambio sustancial y estable en las circunstancias. Sin embargo, las medidas no deben modificarse unilateralmente: es necesario formalizar el acuerdo o solicitar la correspondiente modificación judicial.

Cada familia tiene circunstancias diferentes. Antes de tomar una decisión o dejar de cumplir una medida vigente, conviene estudiar jurídicamente el caso.

A. RAMÍREZ & ASOCIADOS

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02/09/2026

EL ESTADO NO PERDONA NADA!

Si cobras una ayuda o prestación que no te corresponde, llegará el día que te reclamen con intereses ñ!

01/09/2026

El Gobierno concede 730 euros de Ingreso Mínimo Vital a los inquilinos que vivan en una habitación de un piso compartido, pero deben estar empadronados.

29/08/2026

¿Y tú has sufrido racismo en España?

28/08/2026

¿PRESENTASTE LA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA Y TU EXPEDIENTE SIGUE SIN AVANZAR?

Esta es ahora mismo una de las mayores preocupaciones de miles de extranjeros que presentaron su solicitud dentro del proceso de Regularización Extraordinaria 2026.

Expedientes que siguen pendientes, personas esperando la admisión a trámite, solicitudes sin cambios durante semanas y mucha incertidumbre sobre cuándo llegará finalmente la resolución.

La Regularización Extraordinaria recibió más de 1,17 millones de solicitudes, lo que explica la enorme carga administrativa que está suponiendo este proceso.

Pero hay algo importante que debes conocer:

La normativa establece un plazo máximo de 3 MESES para resolver y notificar la solicitud, contado desde el día siguiente a aquel en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarla.

Por tanto, no todos los expedientes tienen la misma fecha límite: hay que comprobar exactamente cuándo y cómo se presentó cada solicitud.

Si presentaste tu expediente y continúa pendiente, es importante:

• Conservar el justificante de presentación.
• Revisar periódicamente las notificaciones.
• Atender inmediatamente cualquier requerimiento.
• Controlar la fecha en la que se cumple el plazo máximo de resolución.
• Valorar jurídicamente qué hacer si transcurre dicho plazo sin respuesta.

Que otra persona que presentó después que tú ya tenga resolución NO significa necesariamente que exista un problema con tu expediente. La tramitación no siempre sigue un orden estrictamente cronológico.

Si presentaste la Regularización Extraordinaria y tienes dudas sobre el estado de tu expediente, podemos estudiarlo y explicarte cuál es tu situación.

A. RAMÍREZ & ASOCIADOS

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¿VAS A SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?Antes de presentar el expediente, conviene revisar bien cada requisito. Un err...
25/08/2026

¿VAS A SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?

Antes de presentar el expediente, conviene revisar bien cada requisito. Un error en la residencia, una ausencia prolongada, determinados antecedentes o una documentación incorrecta pueden acabar complicando —e incluso provocando la denegación— de la solicitud.

Estos son 6 de los motivos que más problemas pueden generar actualmente:

• No cumplir correctamente el tiempo de residencia exigido.
• Haber tenido ausencias que afecten a la continuidad de la residencia.
• Problemas relacionados con la buena conducta cívica.
• No acreditar correctamente la integración, CCSE o DELE cuando corresponda.
• Presentar documentación incorrecta, incompleta o no atender un requerimiento.
• Invocar un supuesto especial de plazo reducido sin cumplir realmente sus requisitos.

Importante: tener antecedentes o haber tenido una detención no significa automáticamente que te vayan a denegar la nacionalidad. Cada expediente debe analizarse de forma individual.

Antes de presentar tu solicitud, es recomendable comprobar que cumples los requisitos y que el expediente está correctamente preparado.

Si quieres que estudiemos tu caso y revisemos tu expediente de nacionalidad española, contacta con A. RAMÍREZ & ASOCIADOS.

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19/08/2026

¿TE HAN ENTREGADO UNA CARTA DISCIPLINARIA EN EL TRABAJO?

Atención: muchas empresas utilizan estas cartas para dejar constancia de supuestos incumplimientos y preparar después un posible despido disciplinario.

Pero recibir una carta disciplinaria no significa que la empresa tenga razón ni que un futuro despido vaya a ser automáticamente procedente.

Si no estás de acuerdo con los hechos:

* Puedes firmar únicamente como “recibido, no conforme”.
* Guarda una copia de la carta.
* Revisa si los hechos que te imputan son concretos, reales y suficientemente graves.
* No ignores sucesivas sanciones o advertencias.
* Si finalmente te despiden, recuerda que el plazo general para impugnar el despido es de 20 días hábiles.

Una mala gestión de estas cartas puede perjudicarte posteriormente.

Si has recibido una carta disciplinaria o temes que estén preparando tu despido, en A. RAMÍREZ & ASOCIADOS podemos estudiar tu caso y decirte cómo actuar.

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Trabajadores DerechosLaborales Barcelona Abogados

13/08/2026

¿TE HAN EMBARGADO LA NÓMINA, LA PENSIÓN O LA CUENTA BANCARIA?

No todo se puede embargar y tampoco pueden quitarte cualquier cantidad.

En 2026, el Salario Mínimo Interprofesional es de 1.221 € al mes en 14 pagas, y con carácter general esa cantidad está protegida frente al embargo de salarios, sueldos y pensiones.

A partir de ahí se aplican distintos porcentajes por tramos.

Además, existen bienes y cantidades que pueden ser inembargables, y si Hacienda, Seguridad Social o un juzgado han embargado más de lo permitido, puedes solicitar la reducción, levantamiento o devolución de las cantidades indebidamente retenidas.

También es importante revisar el origen del dinero de una cuenta bancaria, porque si procede de nómina, pensión o determinadas prestaciones protegidas, puede ser necesario acreditar su procedencia para reclamar.

Cada embargo debe estudiarse individualmente.

Si tienes un embargo y quieres saber si es correcto o si puedes recuperar parte del dinero retenido, en A. Ramírez & Asociados podemos revisar tu caso.

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13/08/2026

ATENCIÓN SI SOLICITASTE LA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA.

¿Te acaba de llegar la ADMISIÓN A TRÁMITE de tu expediente?

Esto es muy importante y quiero explicarte qué significa.

Que tu solicitud haya sido admitida a trámite NO significa todavía que te hayan concedido definitivamente la residencia.

Pero desde la comunicación del inicio del procedimiento tienes una habilitación provisional para RESIDIR Y TRABAJAR legalmente en España mientras se resuelve tu expediente.

Y puedes trabajar tanto por CUENTA AJENA como por CUENTA PROPIA, en cualquier parte de España y en cualquier sector.

Además, una vez admitido el expediente, debes estar pendiente de las notificaciones porque puede corresponderte abonar la tasa 790 código 052 o aportar documentación si Extranjería te hace algún requerimiento.

IMPORTANTE:

ADMISIÓN A TRÁMITE no es lo mismo que RESOLUCIÓN FAVORABLE.

Tu expediente todavía tiene que ser estudiado y Extranjería comprobará que cumples todos los requisitos de la regularización extraordinaria.

Así que si ya has recibido tu admisión a trámite, revisa correctamente la notificación y no dejes pasar ningún requerimiento o plazo.

Y si todavía estás esperando, recuerda que haber presentado la solicitud tampoco significa automáticamente que ya esté concedida.

En A. RAMÍREZ & ASOCIADOS podemos revisar el estado de tu expediente y las notificaciones que recibas.

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