06/02/2015
¿Sabes que según muchas sentencias, el concepto de accidente de trabajo se ha ampliado?
Para que un accidente sea considerado de trabajo (in itinere) tiene que cumplir 4 condiciones:
- El motivo del desplazamiento debe ser el trabajo, y no puede ser interrumpido por otros motivos como ir de compras u otras gestiones, aunque se acepta la entrada de un bar o un pequeño establecimiento si la duración es corta.
- El trayecto no debe ser el más corto pero sí el habitualmente utilizado. Se incluyen desvíos por atascos o incluso si ese día tu lugar de destino no es tu casa sino una segunda residencia o la de un amigo.
- Debe ocurrir en un tiempo razonable antes y después del horario laboral. El periodo de desayuno o almuerzo también está incluido.
- El medio de transporte debe ser el adecuado, coche, moto o incluso patinete (según últimas sentencias).