Liberal & Arjona Asesores

Liberal & Arjona Asesores fiscal, laboral, jurídico y contable de todo tipo de empresas y autónomos

17/06/2026

🔒 El deber de confidencialidad de un administrador no finaliza cuando deja el cargo.

📌 La información confidencial obtenida durante el ejercicio de sus funciones no puede divulgarse ni utilizarse en beneficio propio, incluso después de haber cesado como administrador.

📋 Se considera confidencial aquella información técnica, comercial, financiera o estratégica que la empresa mantiene reservada y cuya difusión podría causarle un perjuicio.

⚠️ Utilizar listados de clientes, información comercial o aprovechar oportunidades de negocio conocidas durante el cargo puede generar importantes responsabilidades legales.

La sociedad afectada podrá reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos e, incluso, exigir la compensación por los beneficios que haya dejado de obtener como consecuencia de esa actuación.

Antes de iniciar una actividad en el mismo sector tras haber desempeñado funciones de administración, es recomendable analizar cuidadosamente qué información puede utilizarse y cuál sigue protegida por el deber de secreto.

16/06/2026

📊 Las operaciones entre empresas de un mismo grupo tienen la consideración de operaciones vinculadas y deben valorarse siempre a precios de mercado.

📌 Si la Agencia Tributaria detecta que una transacción no se ha valorado correctamente, puede realizar un ajuste primario, modificando las declaraciones de las partes implicadas para que tributen como si la operación se hubiese efectuado al valor de mercado.

⚠️ Además, puede aplicar un ajuste secundario para que la diferencia entre el precio pactado y el valor de mercado tribute según su verdadera naturaleza económica, lo que puede incrementar significativamente la carga fiscal.

Una correcta política de precios de transferencia y una adecuada documentación de las operaciones vinculadas son fundamentales para evitar contingencias fiscales y reducir riesgos ante una comprobación tributaria.

Si su empresa realiza operaciones con sociedades del mismo grupo, conviene revisar periódicamente su valoración para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.

15/06/2026

📉 Buenas noticias para pymes y micropymes: los tipos del Impuesto sobre Sociedades se reducirán de forma progresiva durante los próximos ejercicios.

📌 Las empresas de reducida dimensión pasarán de tributar al 25% en 2024 al 24% en 2025, reduciéndose gradualmente hasta alcanzar el 20% en 2029.

📊 En el caso de las micropymes, además, se aplicará un sistema progresivo. Desde 2025, los primeros 50.000 euros de base imponible tributarán a tipos más reducidos que el resto, lo que puede suponer un importante ahorro fiscal.

⚠️ No obstante, las sociedades patrimoniales quedan excluidas de estos beneficios y continuarán tributando al tipo general del 25%.

Una adecuada planificación fiscal permitirá aprovechar estas reducciones y optimizar la carga tributaria de su empresa en los próximos años.

14/06/2026

👨‍💼 Cuando una incapacidad temporal alcanza los 545 días, la empresa deja de cotizar por la persona trabajadora, pero su contrato de trabajo no se extingue.

📌 Durante este período, el contrato queda suspendido mientras el INSS decide si concede una incapacidad permanente o emite el alta médica. Por ello, el trabajador mantiene su derecho a reincorporarse si recibe el alta.

📝 Si la empresa necesita cubrir temporalmente ese puesto, deberá formalizar un contrato de sustitución, identificando al trabajador sustituido y el motivo de la sustitución.

El contrato finalizará cuando:
• Se reincorpore la persona trabajadora titular.
• Se extinga su contrato por reconocimiento de incapacidad permanente, siempre que no sea posible una adaptación o ajuste del puesto.

Ante cualquier duda sobre contratación laboral o gestión de situaciones de incapacidad temporal, es recomendable contar con asesoramiento especializado.

13/06/2026

🏠 El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso contra el RD 1312/2024 sobre el Registro Único de Arrendamientos de corta duración.

📌 El TS considera que el Estado no tiene base constitucional suficiente para imponer un registro único estatal de viviendas turísticas, al entender que invade competencias ya asumidas por las comunidades autónomas.

📊 Sin embargo, sí valida la Ventanilla Única Digital y las obligaciones de intercambio de datos con las plataformas online, especialmente para fines de coordinación y estadística.

Esta resolución puede tener un impacto relevante para propietarios, gestores de alojamientos turísticos y empresas del sector, especialmente en relación con los requisitos de registro y publicidad de los inmuebles.

Si tiene dudas sobre la normativa aplicable o mantiene algún conflicto relacionado con un arrendamiento turístico o vacacional, contar con asesoramiento especializado puede ser clave para proteger sus intereses.

12/06/2026

👨‍💼 Cuando una incapacidad temporal alcanza los 545 días, la empresa deja de cotizar por la persona trabajadora, pero su contrato no se extingue automáticamente.

📌 Durante este periodo:
• El contrato queda suspendido mientras el INSS decide si concede una incapacidad permanente o emite el alta médica.
• El trabajador mantiene su derecho a reincorporarse si recibe el alta.
• El puesto de trabajo no puede considerarse vacante.

⚖️ Si la empresa necesita cubrir temporalmente ese puesto, deberá formalizar un contrato de sustitución, identificando al trabajador sustituido y el motivo de la contratación.

Este contrato finalizará cuando el empleado se reincorpore o cuando se extinga su relación laboral por reconocimiento de una incapacidad permanente, siempre que no sea posible una adaptación del puesto.

11/06/2026

🏠 El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso presentado contra la normativa que regula el registro único de arrendamientos de corta duración, como los alquileres turísticos.

📌 La sentencia considera que el Estado no dispone de base competencial suficiente para imponer un registro único estatal de viviendas turísticas, al entender que esta materia afecta a competencias ya asumidas por las comunidades autónomas.

⚖️ Sin embargo, el Tribunal sí avala la creación de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, así como los mecanismos de coordinación e intercambio de información entre administraciones y plataformas online.

Esta resolución puede tener un impacto relevante en la regulación de los alquileres turísticos y en la relación entre las competencias estatales y autonómicas en esta materia.

10/06/2026

💼 Durante el mes de julio debe presentarse el modelo 718 correspondiente al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ISGF) del ejercicio 2025.

📌 Aspectos clave:
• La presentación es obligatoriamente telemática entre el 1 y el 31 de julio de 2026.
• Si el pago se realiza mediante domiciliación bancaria, el plazo finaliza el 28 de julio.
• El impuesto afecta a patrimonios netos superiores a 3,7 millones de euros, teniendo en cuenta el mínimo exento de 700.000 euros.

⚖️ No obstante, superar ese patrimonio no implica automáticamente la obligación de presentar la declaración. También es necesario que, tras aplicar las deducciones y bonificaciones correspondientes —incluida la cuota satisfecha por el Impuesto sobre el Patrimonio—, el resultado sea una cuota a ingresar.

Si la cuota resultante es cero o negativa, no existirá obligación de declarar.

09/06/2026

🏠 Si tras un cambio de propietario no sabe a quién pagar la renta o el nuevo arrendador rechaza el cobro, existe una solución legal para acreditar su voluntad de pago: la consignación judicial.

📌 Antes de acudir al juzgado, deberá ofrecer el pago por un medio fehaciente, como un burofax. Si el arrendador lo rechaza o no responde, podrá iniciar un expediente de jurisdicción voluntaria para consignar las rentas.

⚖️ Una vez realizada la consignación, el juzgado notificará al arrendador y, si el procedimiento se considera correcto, el arrendatario quedará protegido frente a posibles reclamaciones por impago.

Actuar a tiempo y seguir el procedimiento adecuado es fundamental para evitar conflictos y preservar sus derechos como inquilino.

08/06/2026

🏢 Una reciente sentencia del Tribunal Supremo aclara un aspecto importante en las comunidades de propietarios: la reclamación para recuperar un elemento común alterado puede tener la consideración de acción real y no personal.

📌 En el caso analizado, unos propietarios solicitaron la retirada de un cobertizo construido en una terraza que consideraban elemento común, así como la restitución de sus derechos sobre dicha zona.

⚖️ Mientras que los tribunales inferiores entendieron que la acción había prescrito, el Tribunal Supremo concluyó que no solo se pretendía eliminar una obra, sino también recuperar derechos de propiedad sobre un elemento común. Por ello, aplicó el plazo de 30 años propio de las acciones reales.

Esta resolución pone de manifiesto la importancia de analizar correctamente la naturaleza de las acciones ejercitadas en conflictos de propiedad horizontal, ya que ello puede resultar determinante para la defensa de los derechos de los propietarios.

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