L.L Asesores

L.L Asesores Abogado
Asesoramiento fiscal, laboral y contable
Horario: 9.30 a 13.30 - 16.30 a 19.30
Situación: C/ Morería, 9. (Junto al Colegio de Abogados)

Abogado
Asesoramiento fiscal, laboral y contable

24/04/2015

Inmersos en la Campaña de RENTA, ejercicio 2014. Conozca las novedades para dicho ejercicio. Confeccionamos y presentamos su declaración. Le esperamos en nuestra oficina situada en C./ Morería, nº9, junto al Colegio de Abogados (Córdoba).

23/03/2015

Orden HAP/467/2015, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2014, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

Dicha Orden fue publicada en el B.O.E. del pasado 19 de marzo. En la misma se indica que a partir del próximo día 7 de abril se abre el plazo para comenzar a presentar, por vía telemática, las declaraciones de I.R.P.F. correspondientes al ejercicio 2014.

16/02/2015
04/02/2015

Superado el intenso mes de enero, en cuanto al cumplimiento de obligaciones tributarias, comienza un mes de febrero algo más relajado. Recordamos a los contribuyentes las principales obligaciones para este mes:

*Presentación del modelo 184: Declaración Informativa de Entidades en régimen de atribución de rentas.
*Presentación del modelo 347: Declaración anual de operaciones con terceros. Infórmese de las novedades que presenta el modelo.

La fecha límite para presentar ambos modelos es el próximo 2 de marzo.

Consulte sin compromiso nuestras tarifas para autónomos, Comunidades de Bienes, Entidades Mercantiles. Relación calidad-precio imbatible. Le esperamos en Calle Morería numero 9, junto al Colegio de Abogados.

02/02/2015

Abogado
Asesoramiento fiscal, laboral y contable
Horario: 9.30 a 13.30 - 16.30 a 19.30
Situación: C/ Morería, 9. (Junto al Colegio de Abogados)

15/01/2015

Asesoramiento integral de empresas: fiscal, jurídico, laboral y contable. Consultas, gestiones, redacción de contratos, constitución de sociedades, etc..

Este mes,recordamos a los contribuyente, es de presentación de declaraciones.

Para cualquier consulta, estamos en Calle Morería, nº 9 (Córdoba). Junto al Colegio de Abogados.

09/01/2015

Buenos días, seguimos dando algunas pinceladas de lo que va a consistir la reforma fiscal. Ayer lo hacíamos con lo que concernía al I.R.P.F. Hoy haremos lo propio con el I.V.A. y el I.S.

Respecto al I.V.A. se mantiene sin cambios. Pese a las recomendaciones de la Comisión Europea al Gobierno de subir el IVA, el Ejecutivo ha decidido mantener el tipo general en el 21%. Si se modifica la tributación de algunos productos sanitarios, en cumplimiento de las exigencias de Bruselas, que pasan del 10% al 21%. Una subida que no afecta a las gafas, las prótesis, las muletas o las sillas de ruedas.

Por último, el IS en 2015 el tipo de gravamen será del 28%, desde el 30% actual, y a partir de 2016 el caso general será del 25%. Para las entidades financieras y las petroleras se mantiene en el 30%.
Además, se incrementan las bases imponibles del impuesto Sociedades y se simplifican las tablas de amortización para que haya un número más limitado.

08/01/2015

Tal y como quedamos ayer, empezaremos a ver en qué consiste la reciente reforma fiscal que entró en vigor el pasado 1 de enero. Dicha reforma afecta principalmente al I.R.P.F., I.S. y al I.V.A. Hoy abordamos algunas novedades que afectan al I,R,P.F.

Se reducen los tramos desde los actuales siete (tras el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público) a cinco, así como los tipos marginales aplicables, efectuándose una posterior rebaja para el ejercicio 2016.

Asimismo, se eleva el umbral mínimo de tributación de modo que los asalariados que ganen menos de 12.000 euros al año, salvo que procedan de diversos pagadores, dejarán de tributar.

Por otra parte se incrementan los mínimos personales y familiares.

Otra novedad es la creación de beneficios fiscales para familias numerosas y personas con discapacidad, regulándose tres impuestos negativos (deducción en la cuota que el contribuyente puede 2 pedir por adelantado, ya que su cobro está asegurado): uno para familias con hijos dependientes con discapacidad, otro para familias con ascendientes dependientes y otro para familias numerosas.

Otros puntos importantes en la reforma, respecto al IRPF, son:

- Tributación en las plusvalías inmobiliarias.
- Indemnización por despido y exención por entrega de acciones de una empresa a sus trabajadores.
- Deducción y reducción por el alquiler de vivienda.
- La retención de los autónomos.

Para cualquier duda, le atenderemos en nuestro despacho.

07/01/2015

Año nuevo, vida nueva! Desde el pasado 1 de enero, como es sabido por todos, ha entrado en vigor la reforma fiscal la cual iremos desgranando en los próximos días en nuestra página. Recordamos a Entidades Mercantiles y Autónomos que este mes es de presentación de Impuestos. Para cualquier consulta, nos encontramos en la Calle Morería, nº 9 (Córdoba), junto al Iltre. Colegio de Abogados.

31/12/2014

L•L Asesores os desea un FELIZ AÑO 2015!!

22/12/2014

Buenos días, hoy día 22 de diciembre se celebra el Gordo de la Lotería de Navidad. En caso de ser premiado, ¿sabes cómo tributa? Desde el año pasado, los premios de la Lotería de Navidad han visto reducida su cuantía a favor del Fisco. Los agraciados están obligados a compartir con Hacienda un 20% de lo obtenido en este juego de azar. El gravamen a aplicar no depende de los ingresos de los beneficiarios, sino que se aplica de forma uniforme a partir de los 2.500 euros.

Así, de un décimo del Gordo premiado con 400.000 euros habrá que pagar 74.500 euros a la Agencia Tributaria. Es decir, el 20% de esta cantidad en la que se incluye un primer tramo de 2.500 euros exentos. Cada décimo del segundo premio, dotado con 125.000 euros, verá reducida su cuantía en 24.500 euros. En cuanto al tercer premio, que reparte 50.000 euros por décimo, se abonarán a Hacienda un total de 9.500 euros.

Si se ha comprado una participación, la cuantía también estará gravada siempre y cuando supere el límite exento y será exigido de forma conjunta por cada billete. Las pedreas (1.000 euros a 100 euros el décimo) quedarán libres de cargas.

El impuesto se devengará en el momento en el que se cobre el premio y por lo tanto, el agraciado no deberá abonar una retención posterior en la declaración de la Renta del año correspondiente. Suerte a todos!!

18/12/2014

Si desempeña cualquier labor en una montería, ya sea como organizador, rehalero, servicio de catering, postor, etc...y no quiere correr riesgos ante una Inspección de Hacienda o de Trabajo le asesoramos íntegramente tanto en materia fiscal como en laboral. Le atendemos sin compromiso en nuestro despacho.

Dirección

Calle Morería, 9
Córdoba
14008

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