23/11/2023
Si estás cobrando una prestación contributiva o el subsidio por desempleo y viajas al extranjero, las condiciones de estas prestaciones variarán según el motivo y la duración del traslado. Te explicamos al detalle los 3 posibles casos 👉🏻 No es lo mismo si te vas a otro país durante menos de un año por motivos laborales, si te vas al extranjero menos de 15 días, menos de 90 días. De hecho, el Ministerio de Trabajo y Economía Social no especifica si los motivos son siempre laborales. Te puedes ir 15 días de vacaciones a otro país y sólo tendrías que notificarlo.
✅ 𝗩𝗶𝗮𝗷𝗮𝘀 𝗮𝗹 𝗲𝘅𝘁𝗿𝗮𝗻𝗷𝗲𝗿𝗼 𝗺𝗲𝗻𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝟭𝟱 𝗱í𝗮𝘀
Si estás cobrando prestación contributiva, el subsidio por desempleo o la renta activa de inserción, y viajas al extranjero por cualquier causa, vacaciones, trabajo, ver a un familiar, si la salida no es superior a 15 días naturales, ya sean continuados o no, durante cada año natural, la prestación se mantiene siempre que pueda cumplir con las obligaciones establecidas en la ley. Eso sí, deberás comunicarlo al SEPE. Y al volver, ir a la oficina de empleo a notificar la vuelta.
✅ 𝗧𝗲 𝘁𝗿𝗮𝘀𝗹𝗮𝗱𝗮𝘀 𝗮𝗹 𝗲𝘅𝘁𝗿𝗮𝗻𝗷𝗲𝗿𝗼 𝗲𝗻𝘁𝗿𝗲 𝟭𝟱 𝘆 𝟵𝟬 𝗱í𝗮𝘀
Si el viaje al extranjero es entre 15 días y hasta 90 días naturales como máximo dentro de cada año natural, las prestaciones se suspenden. Debes comunicarlo al SEPE y que autoricen la salida. Si el traslado es de más de 90 días y no es para trabajar, buscar trabajo, o realizar estudios, la prestación o subsidio se extinguen.
✅ 𝗧𝗲 𝘁𝗿𝗮𝘀𝗹𝗮𝗱𝗮𝘀 𝗮𝗹 𝗲𝘅𝘁𝗿𝗮𝗻𝗷𝗲𝗿𝗼 𝘂𝗻 𝗮ñ𝗼 𝗼 𝗺𝗮́𝘀
Ya sea a buscar trabajo, realizar estudios o por acciones de cooperación internacional, las prestaciones o subsidios se extinguen. Si al volver a España no encuentras trabajo, no tendrás derecho a percibir la prestación que se interrumpió al irte.
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