Asesoría Business Corporation

Asesoría Business Corporation Asesoría Fiscal, Laboral y Contable Autónomos desde 60 €/mes y sociedades desde 130 €/mes.

10/09/2025
18/12/2023

LA CUOTA DE LOS AUTÓNOMOS EN 2024

La que ha sido la gran novedad para los autónomos en 2023, seguirá siéndolo en 2024: la implantación del nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales.

En su primer año de aplicación, las cuotas han oscilado entre los 230 euros mensuales para los autónomos con rendimientos inferiores a 670 euros al mes y los 500 euros que han pagado los que han tenido ingresos superiores a 6.000 euros.

No obstante, la tabla de cotización presentará en 2024 importantes modificaciones que van a reducir la carga para los autónomos de los tramos más bajos, mientras que aumentará para los que se encuentren en los tramos superiores.

Así, en los tramos bajos de la tabla se reducirá la cuota entre 5 y 10 euros al mes, mientras que en los más altos el incremento puede llegar hasta los 30 euros mensuales:

Zona baja de la tabla de cotización (tramos 1, 2 y 3): la cuota mensual se verá reducida entre un 2,1 % y un 3,8 %.

Zona intermedia de la tabla de cotización (tramos 4, 5 y 6): la cuota mensual permanecerá igual que en 2023.

Zona alta de la tabla de cotización (tramos 7 al 15): la cuota mensual se verá incrementada entre un 2,5 % y un 6 %.

31/12/2022

¿QUÉ ES UNA FACTURA RECAPITULATIVA?

Una factura recapitulativa es una factura que agrupa varias facturas de operaciones de compra o venta con un mismo emisor o destinatario en el mismo mes natural. Se trata de una factura que reúne todas las operaciones que una empresa ha efectuado con un cliente o proveedor y sirve para contabilizar facturas agrupadas.

Por ejemplo, si hemos emitido varias facturas a un cliente en un período de tiempo de un mes, podemos hacer una factura recapitulativa que recoja toda la información de las facturas emitidas durante dicho periodo de tiempo. De este modo, nos ahorramos el proceso de emitir una a una las facturas a nuestro cliente, pudiendo entregarle una única factura que recoja todas las demás.

Un ejemplo muy común en el sector del transporte son los repostajes, se recarga combustible con bastante frecuencia en el mes y por cada uno de ellos abonas y te dan su correspondiente ticket. Dichos tickets conformarán la factura ordinaria que recogerás o te harán llegar a final de mes. Con esta factura recapitulativa se ahorra por tanto tiempo y papel tanto la gasolinera como el cliente y la asesoría que le lleve las cuentas. No son facturas pues para operaciones puntuales o excepcionales, sino que deben ser operaciones recurrentes.

16/12/2022

DIFERENCIAS ENTRE PLURIACTIVIDAD Y PLURIEMPLEO

Lo primero que debes tener en cuenta es que la pluriactividad y el pluriempleo son conceptos diferentes. El pluriempleo implica a las personas que trabajen en 2 o más empresas a la vez pero que se mantengan en un único Régimen, el Régimen General de la Seguridad Social. Mientras que la pluriactividad se da cuando una persona cotiza en más de un Régimen de la Seguridad Social. Por ejemplo, lo más común en este caso, trabajar al mismo tiempo en el Régimen General y en el Régimen Especial para trabajadores autónomos.

Como puedes ver, la pluriactividad es tu situación si deseas trabajar en una empresa y ser autónomo a la misma vez.

25/02/2022

El Ministerio persigue que los autónomos que ganen por debajo del tramo entre 900 y 1.125,90 euros paguen una aportación inferior a la actual. Según los cálculos de la Seguridad Social esto se traducirá en que dos tercios de los actuales autónomos verán rebajada su cuota y el tercio restante notablemente incrementada.

El Gobierno ha determinado que crear 13 tramos de cotización de ingresos para los autónomos es lo más adecuado para llevar a cabo este proyecto.

El 2023, es el primer año de aplicación del nuevo sistema y hasta que finalice el periodo de transición los tramos de cotización se irán revisando de manera progresiva hasta el 2030, cuando finaliza esta etapa y se hará totalmente efectiva la aplicación de la norma.

Durante ese tiempo, la cuota de autónomos se irá adaptando a sus ingresos. De forma que para los que ganan menos de 600 euros y aquellos que ingresen entre 600 y 900 euros mensuales (los dos primeros tramos) la cuota irá disminuyendo progresivamente hasta los 184 euros al mes en 2031.

El tercer tramo (de 900 a 1.125,90 euros) tendrá la misma cuota durante ese periodo (294 euros). El cuarto (1.125,90 a 1.300 euros) pagaría una cuota de 352 euros igualmente durante los nueve años de implantación del modelo.

Si bien, a partir de este tramo se establecen otros nueve a los que cada año se les incrementará la cuota hasta llegar a los 1.267 euros mensuales en 2031, quedando los 13 tramos del modo que muestras las imágenes adjuntas.

07/12/2021

NUEVA FÓRMULA PARA EL CÁLCULO DE LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

La nueva normativa adapta el impuesto de tal manera que busca que se pague plusvalía sólo en caso de que se venda o herede una vivienda cuando ha habido una ganancia. Quien venda una casa en pérdidas estará exento del pago a partir del 10 de noviembre, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No tiene carácter retroactivo.

El real decreto ley establece dos alternativas de cálculo del impuesto:

• La fórmula objetiva: en este caso se multiplicará el valor catastral del inmueble con unos nuevos coeficientes. Cada año se aprobará unos coeficientes nuevos que irán contemplados, por ejemplo, en la ley de Presupuestos Generales del Estado y evolucionarán en función del mercado inmobiliario. Se trata de un método optativo, ya que el contribuyente tiene la posibilidad de tributar en función de la plusvalía real obtenida en el momento de la transmisión del inmueble.

• La fórmula real: será un cálculo de la diferencia entre el precio de venta o traspaso y el precio de compra o adquisición del inmueble. Si el contribuyente demuestra que la plusvalía real es inferior a la resultante del método de estimación objetiva, podrá aplicar la real.

El contribuyente podrá elegir entre estos dos modelos, aquel que sea más conveniente para él. Recordamos que este impuesto grava el valor catastral del suelo del inmueble, no del vuelo. Otra novedad es que serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año, calculadas entre la fecha de adquisición y la de enajenación.

23/11/2021

AUTÓNOMOS: DIFERENCIA ENTRE EPÍGRAFE PROFESIONAL Y EPÍGRAFE EMPRESARIAL

Una actividad profesional es aquella que una persona física desarrolla de forma individual y directa. En otras palabras, se trata de las actividades que un profesional acreditado lleva a cabo poniendo en práctica los conocimientos que ha adquirido durante su formación, sobre los cuales se cimienta toda su estructura de trabajo.

Su característica principal, por lo tanto, es que no necesita constituirse como empresa para poder funcionar porque no necesita de una estructura empresarial ni de negocio: su estructura es su propia actividad y por eso son los mismos profesionales quienes eligen sus horarios, el lugar donde van a trabajar, los medios que van a emplear para hacerlo… Un ejemplo claro de autónomos que desempeñan actividades profesionales serían los abogados, los arquitectos o los notarios que ejercen libremente una profesión para la cual se han formado y emplean sus propios medios para ello.

Por su parte las actividades empresariales son aquellas que se desarrollan dentro de una estructura empresarial. Derivan de campos como la fabricación, la confección, la construcción, el comercio, el transporte o la hostelería.

Es decir, que una actividad empresarial es aquella que cuenta con una estructura de negocio: una infraestructura, unos empleados, un plan de trabajo y unos medios de producción. Un ejemplo de actividad empresarial sería la gestión de un restaurante, una peluquería, una tienda de ultramarinos…

09/11/2021

CALENDARIO LABORAL 2022 EN CASTILLA LA MANCHA

- 1 de enero (Año Nuevo), sábado.
- 6 de enero (Reyes), jueves.
- 14 de abril (Jueves Santo).
- 15 de abril (Viernes Santo).
- 31 de mayo (Día de la Comunidad), martes.
- 16 de junio (Día del Corpus), jueves.
- 15 de agosto (La Asunción), lunes.
- 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), miércoles.
- 1 de noviembre (Todos los Santos), martes.
- 6 de diciembre (Día de la Constitución), martes.
- 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), jueves.
- 26 de diciembre (traslado del día de Navidad), lunes.

09/11/2021

CALENDARIO LABORAL 2022

Como todos los años la Dirección General de Empleo ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la relación de fiestas laborales, de tal forma que junto con la publicación de las fiestas de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla se establezcan las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter permanente.

Para el año 2022 los festivos nacionales son:

- 1 de enero (Año Nuevo), Sábado.

- 6 de enero (Día de Reyes), Jueves

- 15 de abril (Viernes Santo), Viernes.

- 15 de agosto (Asunción de Nuestra Señora), Lunes

- 12 de octubre (Día de la Hispanidad), Miércoles.

- 1 de noviembre (Todos los Santos), Martes.

- 6 de diciembre (Día de la Constitución), Martes.

- 8 de diciembre (Día de la Inmaculada), Jueves.

Además de estas ocho festividades nacionales no sustituibles (comunes), las comunidades autónomas han podido trasladar el 1 de mayo (Fiesta del Trabajo) y el 25 de diciembre (Navidad), que para 2022 coinciden en domingo.

06/11/2021

INSPECCIÓN DE TRABAJO: AUMENTO EN LAS SANCIONES

El ejecutivo ya ha aprobado un aumento en las sanciones impuestas por el Ministerio de Trabajo y el cambio incluido en la Ley sobre infracciones y sanciones entró en vigor el pasado 1 de octubre y quedó recogido en la Disposición final primera de la Ley de trabajo a distancia 10/2021.

Con el incremento por incumplir la normativa laboral, la sanción leve pasa 625 a 750 euros; de 6.250 euros a 7.500 euros la grave; y de 187.515 euros a 225.018 euros la muy grave. Eso sí, las infracciones cometidas con anterioridad se sancionaran conforme a las cuantías anteriores.

En aras a detallarlo de forma un poco más amena, voy a desglosar en las siguientes publicaciones tipos y ejemplos de infracciones y las nuevas cantidades que habrá que pagar ante posibles infracciones que sean detectadas por las autoridades.

06/11/2021

INSPECCIÓN DE TRABAJO: INFRACCIONES LEVES

En la categoría de infracciones leves no entran aquellas en el ámbito de la Seguridad Social, por lo que las más habituales son las relacionadas con las relaciones laborales y la prevención de riesgos. Con este tipo de sanciones, las infracciones pasarían a ser de entre 60 a 625 euros, a entre 70 y 750 euros.

En estas primeras entrarían conceptos como no entregar a tiempo el recibo de los salarios a los empleados o no exponer el calendario laboral en un lugar visible por todos los trabajadores como exige la normativa.

Entre las irregularidades sobre la prevención de riesgos, cuyas sanciones pasarían de ser de entre 40 y 2.045 a entre 45 y 2.450 euros, son habituales las relacionados con la gestión y el papeleo, por ejemplo, no comunicar en tiempo y forma un accidente laboral o dejar de enviar la documentación apropiada sobre las políticas de prevención de riesgos de la empresa. Aunque también son comunes, y con mayor cuantía en la sanción, aquellas infracciones relacionadas con un potencial riesgo laboral, como las políticas de desinfección y limpieza, por poner un ejemplo.

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