03/12/2025
Se modifica el calendario fijado por Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, quedando así:
-Respecto de los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades -salvo entidades exentas, o las parcialmente exentas por las rentas que no están sometidas a tributación-, el plazo previsto para cumplir con sus obligaciones en materia de facturación electrónica se amplía hasta el 1 de enero de 2027.
-Para el resto del resto de los obligados tributarios el plazo límite para su aplicación se establece en el 1 de julio de 2027.
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https://asesoramientosasemar.es/2025/12/03/aplazada-la-entrada-en-vigor-de-verifactu-a-2027/
#2027
Se modifica el calendario fijado por Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, quedando así: -Respecto de los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades -salv