02/01/2018
¡¡¡Autónomo!!! Recuerda que ayer, 1 de Enero entró en vigor:
➡La tarifa plana más amplia y durante más tiempo:
La cotización será una tarifa plana de 50 euros durante 12 meses para quienes se den de alta nueva en el Régimen Especial de Autónomos, no lo hayan estado en los 2 años anteriores y opten por cotizar por la base mínima.
➡Un recargo menor por ingresar las cuotas fuera de plazo:
El porcentaje cuando las cuotas de Seguridad Social se abonen con retraso pero dentro del primer mes natural siguiente al de vencimiento del plazo de ingreso, será del 10%.
➡La posibilidad de abonar la cuota por días trabajados:
Será posible la afiliación y hasta tres altas y bajas dentro de cada año natural con efectos a esas fechas, de forma que en esos meses solo pagarán por días trabajados, dividiéndose la cuota fija mensual por 30.
➡La posibilidad de cambiar de base de cotización hasta 4 veces al año:
Los autónomos podrán solicitarlo antes del 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre, con efectos al 1 de abril, 1 de julio, 1 de octubre y 1 de enero del año siguiente, respectivamente, lo que permite una mejor adaptación de las cotizaciones a los ingresos del trabajador autónomo.
➡La modificación de base reguladora de la maternidad y paternidad:
Las prestaciones económicas por maternidad y maternidad pasarán a ser del 100% de la base reguladora que resulte de dividir la suma de las bases de cotización de los seis meses inmediatamente anteriores entre 180 -o entre los días en que haya estado en alta, si son menos.
➡La deducción de nuevos gastos en el IRPF:
Se incluirán entre los gastos para determinar el rendimiento neto en el IRPF en estimación directa los suministros de la vivienda habitual afectada parcialmente a la actividad económica, en el 30% de la parte proporcional al espacio, y los gastos de manutención de comida y alojamiento causados al realizar la actividad en las mismas cuantías que para los trabajadores por cuenta ajena.
➡La devolución de oficio del exceso de cotizaciones en caso de pluriactividad:
La TGSS lo devolverá sin necesidad de solicitud previa antes del 1 de mayo.