20/10/2026
💻 El protocolo de uso de medios digitales no debería limitarse a prohibir conductas.
Su función es explicar qué dispositivos, cuentas y aplicaciones pueden utilizarse, qué controles aplica la empresa y cómo se protege la intimidad de las personas.
Debe regular, entre otras cuestiones:
🔐 Contraseñas y autenticación.
📧 Correo electrónico y mensajería.
☁️ Servicios en la nube.
🌐 Internet y redes sociales.
🏠 Teletrabajo y dispositivos personales.
🤖 Herramientas de inteligencia artificial.
🚨 Comunicación de incidentes.
🕒 Desconexión digital.
La empresa puede verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y proteger sus sistemas, pero los controles deben estar previamente definidos, ser necesarios y respetar los derechos fundamentales.
También es importante aclarar si se permite un uso personal limitado. La falta de una regla comprensible genera dudas sobre la expectativa de privacidad.
El protocolo debe acompañarse de medidas técnicas, formación, gestión de accesos y procedimientos de baja. No sirve prohibir nubes personales si no existe una alternativa corporativa sencilla.
✅ Revisa qué herramientas utiliza realmente el personal, qué información se recoge y si los controles coinciden con lo explicado.
Un protocolo desconocido o desactualizado no evita incidentes.