06/05/2024
Una de las principales novedades para el año 2024 en el ámbito de las pensiones es el aumento de la edad legal de jubilación, establecida en los 65 o 66 años y medio. Esto afecta a los requisitos de los autónomos para acceder a la jubilación demorada, así como a las modalidades activa o anticipada.
La jubilación demorada es una opción que permite a los autónomos mantener sus negocios, a cambio de recibir un 4% adicional en su pensión por cada año de cotización adicional. Esta opción presenta varios beneficios:
1. Permite seguir trabajando y generando ingresos, especialmente para aquellos autónomos que no han podido ahorrar lo suficiente para su jubilación.
2. Permite seguir cotizando a la Seguridad Social, lo que contribuye a generar derechos para las prestaciones.
Para el año 2024, los autónomos que deseen optar por la jubilación demorada deberán alcanzar los 65 años de edad (si tienen 38 años o más cotizados) o los 66 años y seis meses (si no alcanzan los 38 años cotizados). Por lo tanto, aquellos autónomos que decidan retrasar su jubilación este año podrán percibir este complemento siempre que se jubilen, como mínimo, a los 66 años de edad (cuando hayan cotizado por más de 38 años) o a partir de los 67 años y seis meses (cuando hayan cotizado por menos de 38 años).
Además del requisito de edad, en 2024 se mantienen otros requisitos fundamentales:
1. Haber cotizado un mínimo de 15 años en el RETA o el Régimen General.
2. Tener cumplida la edad mínima de jubilación ordinaria establecida para el año en curso.
3. En caso de tener derecho a la pensión máxima, no será posible aumentarla con complementos por jubilación demorada.
4. A partir de los 70 años, el autónomo podrá continuar trabajando, pero no acumulará más años de cotización.
5. La jubilación demorada no es compatible con otras modalidades de jubilación, como la flexible o la activa.
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