02/11/2025
📜 Donaciones dinerarias en la Comunidad de Madrid: conoce las ventajas fiscales💶✨
En Madrid, las donaciones entre familiares disfrutan de importantes bonificaciones en el Impuesto sobre Donaciones.
👨👩👧 Entre padres e hijos, cónyuges o abuelos (Grupo II).
➡️ Bonificación del 99% en la cuota del impuesto.
👫 Entre hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad (Grupo III).
➡️ Bonificación del 50%, tras la mejora aprobada por la Comunidad de Madrid (antes era del 25%).
💡 Esta medida beneficia las transmisiones de patrimonio dentro de las familias, aligerando significativamente la carga fiscal.
Recuerda: para aplicar correctamente estas bonificaciones, la donación debe formalizarse ante notario (para donaciones de más de 10.000 euros) y presentarse en plazo ante la Comunidad de Madrid
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✅ Asesoramiento jurídico previo.
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✅ Redacción y formalización de la escritura notarial.
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