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Adade - E-consulting El Grupo Asesor ADADE/E-Consulting es una firma de reconocido prestigio que presta servicios profesi

El Grupo Asesor ADADE está formado por una Asociación (ADADE) de ámbito nacional e internacional, cuyos asociados son despachos dedicados al asesoramiento de empresas con un reconocido prestigio y profesionalidad y que son una referencia en sus zonas de ubicación. ADADE da soporte y tutela a una Red de Despachos que ofrecen un asesoramiento integral de Empresas y que giran bajo la marca E-CONSULTING. Su objetivo es la configuración de una red nacional e internacional de despachos de asesoramiento con criterios y estándares de calidad contrastada, para que destaquen por su singularidad, rentabilidad individual y proximidad al cliente. El Grupo Asesor ADADE fue fundado en el año 1990 y agrupa actualmente a más de 40 despachos repartidos por la geografía española, con representación en 26 provincias y en 10 paises de Latinoamérica, que asesoran a más de 15.000 clientes, atendidos por más de 500 profesionales

🤝 Nuevas fórmulas de crecimiento para los despachos profesionales.El próximo 19 de noviembre, Nuestro Vicepresidente, el...
20/10/2026

🤝 Nuevas fórmulas de crecimiento para los despachos profesionales.

El próximo 19 de noviembre, Nuestro Vicepresidente, el Dr. Ramón Mª Calduch participará en Accountex 2026 en la mesa redonda «Más allá de la compraventa: nuevos modelos de integración para asesorías».

Un encuentro para analizar cómo están evolucionando los procesos de integración, desde las fusiones y adquisiciones hasta las alianzas estratégicas y otras fórmulas de colaboración empresarial.

📅 19 de noviembre
🕚 11:00–12:00 h
📍 IFEMA Madrid

🔗 Consulta el programa: https://www.accountexespana.es/sessions/mas-alla-de-la-compraventa-nuevos-modelos-de-integracion-para-asesorias/

¡Te esperamos!

📌 Una devolución tributaria con importe cero no siempre es una simple comunicación.El Tribunal Supremo ha aclarado que, ...
19/10/2026

📌 Una devolución tributaria con importe cero no siempre es una simple comunicación.

El Tribunal Supremo ha aclarado que, cuando la AEAT reconoce una devolución, pero aplica deducciones que reducen o eliminan el importe a cobrar, esa actuación puede ser recurrible.

La clave está en que la Administración no solo informa: decide cómo aplica una deducción sobre un crédito reconocido al contribuyente.

En estos casos, Hacienda debe explicar:
✅ qué deducción aplica;
✅ cuál es su origen;
✅ qué orden o deuda la justifica;
✅ cómo afecta a la devolución reconocida;
✅ y por qué el importe final queda reducido o neutralizado.

El Supremo recuerda que la AEAT no puede revisar la legalidad de una orden judicial de embargo, pero sí debe motivar cómo la ejecuta cuando afecta a una devolución tributaria.

Para las asesorías fiscales, el mensaje es claro: una comunicación de pago con importe líquido cero no debe archivarse sin más.

Conviene revisar el expediente, la motivación y la posibilidad de recurrir.

📌 Ley 4/2026: impacto práctico para asesorías fiscales y laborales.La nueva norma sobre discapacidad y dependencia, publ...
16/10/2026

📌 Ley 4/2026: impacto práctico para asesorías fiscales y laborales.

La nueva norma sobre discapacidad y dependencia, publicada en el BOE el 3 de octubre de 2026, entrará en vigor el 23 de octubre.

Para las asesorías, hay varios puntos que conviene revisar:
✅ Fiscalidad: la asimilación entre dependencia y discapacidad no se aplica automáticamente en el ámbito tributario.
✅ Laboral: las empresas deberán reforzar la adaptación de puestos y la accesibilidad.
✅ Cuidado familiar: la protección se amplía también a familiares que realizan labores de cuidado.
✅ Contratación: se introducen requisitos para actividades con contacto habitual con personas con discapacidad o dependencia.
✅ Cumplimiento interno: será necesario actualizar protocolos, documentación y referencias normativas.

La clave está en aplicar la reforma con precisión: distinguir sus efectos laborales y administrativos sin extender consecuencias fiscales que la propia ley excluye.

📌 Autónomos: el 31 de octubre fecha clave para revisar la cotización.Las asesorías laborales y fiscales deben comprobar ...
14/10/2026

📌 Autónomos: el 31 de octubre fecha clave para revisar la cotización.

Las asesorías laborales y fiscales deben comprobar si la base de cotización de sus clientes autónomos se ajusta a sus rendimientos netos reales.

La modificación solicitada dentro de este plazo tendrá efectos desde el 1 de noviembre de 2026.

Esta revisión es importante porque la base elegida influye en:
• La cuota mensual a pagar.
• La regularización posterior.
• Las prestaciones por incapacidad, accidente o cese de actividad.
• La futura pensión de jubilación.

También conviene revisar los casos de autónomos con cambios de facturación, nuevas actividades, caída de ingresos o variaciones en su situación societaria.

Anticiparse ahora puede evitar desajustes y facilitar una cotización más coherente con la realidad económica del autónomo.

📌 Hacienda puede utilizar hallazgos casuales para regularizar otros ejercicios.El Tribunal Supremo ha avalado que la Ins...
09/10/2026

📌 Hacienda puede utilizar hallazgos casuales para regularizar otros ejercicios.

El Tribunal Supremo ha avalado que la Inspección use documentación fiscal encontrada en una entrada domiciliaria autorizada, aunque afecte a ejercicios distintos de los inicialmente comprobados.

Pero no vale todo.

Para que esa información pueda utilizarse, deben respetarse garantías clave:
✅ Entrada autorizada judicialmente.
✅ Documentación obtenida de forma lícita.
✅ Relación directa con la actividad investigada.
✅ Relevancia fiscal de la información.
✅ Comunicación de la ampliación del procedimiento al contribuyente.

Para asesorías y empresas, el mensaje es claro: en una inspección, revisar el alcance del auto, la documentación intervenida y cualquier ampliación posterior es esencial.

La división por ejercicios fiscales no blinda por sí sola frente a una regularización.

📌 Factura electrónica B2B: no basta con mirar la fecha, hay que preparar el proceso.El Real Decreto 238/2026 ya está en ...
07/10/2026

📌 Factura electrónica B2B: no basta con mirar la fecha, hay que preparar el proceso.

El Real Decreto 238/2026 ya está en vigor, pero su aplicación efectiva queda condicionada al desarrollo de la Orden Ministerial.

Según el calendario previsto:
✅ 1 de octubre de 2026: entrada en vigor de la Orden Ministerial.
✅ 1 de octubre de 2027: factura electrónica para empresas con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros.
✅ 1 de octubre de 2028: factura electrónica para el resto de obligados.
✅ 2027, 2028 y 2029: implantación progresiva de la comunicación de estados de pago.

Para asesorías fiscales, el checklist es claro:
🔹 Clasificar clientes por plazo.
🔹 Revisar software y plataformas.
🔹 Comprobar certificados y apoderamientos.
🔹 Preparar copias fieles y validaciones.
🔹 Definir quién gestionará pagos, rechazos e incidencias.

La factura electrónica B2B no será solo un cambio de formato.

Será un cambio de circuito administrativo, fiscal y tecnológico.

Y cuanto antes se ordene, menos improvisación habrá cuando llegue la obligación.

VERIFACTU: nuevo horizonte en octubre de 2028.Hacienda prevé aplazar las obligaciones pendientes del Reglamento de siste...
06/10/2026

VERIFACTU: nuevo horizonte en octubre de 2028.

Hacienda prevé aplazar las obligaciones pendientes del Reglamento de sistemas informáticos de facturación para alinearlas con la implantación de la factura electrónica obligatoria.

¿Qué implica este cambio?

✅ Más margen de adaptación para empresas, autónomos y proveedores de software.
✅ Convergencia entre VERIFACTU y factura electrónica B2B.
✅ Menos presión inmediata, pero no desaparición de la obligación.
✅ Se mantienen los requisitos de trazabilidad, integridad, conservación, accesibilidad e inalterabilidad.
✅ Será necesaria una modificación normativa para consolidar el nuevo calendario.

Para las asesorías fiscales, el mensaje es claro: el calendario se mueve, pero la digitalización de la facturación sigue avanzando.

Octubre de 2028 no elimina el cambio. Solo da más tiempo para prepararlo mejor.

Lee más en nuestro artículo: https://www.adadebarcelona.es/verifactu-hasta-2028/

La Sentencia 441/2026 del Tribunal Supremo sobre la Inspección de Trabajo abre un debate necesario: la relación entre Ad...
05/10/2026

La Sentencia 441/2026 del Tribunal Supremo sobre la Inspección de Trabajo abre un debate necesario: la relación entre Administración y empresa no puede construirse solo desde la desconfianza, el formalismo y la sanción.

Las garantías constitucionales no son un obstáculo para la eficacia administrativa. Son parte esencial del Estado de Derecho.

Una Administración moderna debe informar, prevenir, advertir y facilitar la subsanación antes de sancionar cuando el incumplimiento realmente lo justifique.

También debe distinguir entre quien comete un error formal y quien defrauda deliberadamente.

El reto no es debilitar la inspección, sino hacerla más eficaz, más proporcional y más orientada al cumplimiento real.

• Más prevención.
• Más seguridad jurídica.
• Más confianza recíproca.
• Máxima firmeza frente al fraude.

El límite de 8.000 euros en el IRPF lleva años sin actualizarse.Y esa congelación ya puede afectar a contribuyentes que ...
02/10/2026

El límite de 8.000 euros en el IRPF lleva años sin actualizarse.

Y esa congelación ya puede afectar a contribuyentes que aplicaban mínimos familiares o deducciones por personas a cargo.
Para asesorías fiscales, conviene revisar cada ejercicio:

✅ Mínimos por descendientes.
✅ Mínimos por ascendientes.
✅ Deducciones por discapacidad a cargo.
✅ Rentas no exentas de la persona que genera el derecho.
✅ Posible declaración propia presentada por esa persona.

La situación familiar puede no haber cambiado.
Pero si las rentas han subido y el umbral sigue igual, el resultado fiscal puede ser distinto.
En IRPF, revisar el límite a tiempo evita aplicar beneficios que ya no corresponden… o descartarlos sin haber calculado bien.

📌 https://www.adade.es/comunicacion/sala-de-prensa/el-minimo-de-8000-euros-en-el-irpf-el-limite-congelado-que-ya-deja-fuera-a-algunos-contribuyentes

Octubre es el momento para revisar el cierre fiscal de los autónomos de temporada.Tras la campaña de verano, no basta co...
30/09/2026

Octubre es el momento para revisar el cierre fiscal de los autónomos de temporada.

Tras la campaña de verano, no basta con hacer balance de ventas.
Para asesorías fiscales, es el momento de ordenar la información antes del siguiente trimestre:

✅ Facturación completa de la campaña.
✅ Ingresos por TPV, efectivo, transferencias y plataformas.
✅ IVA, pagos fraccionados de IRPF y retenciones.
✅ Gastos deducibles correctamente justificados.
✅ Posible baja censal o continuidad de la actividad.
✅ Operaciones que puedan afectar a declaraciones informativas.

En actividades estacionales, muchos errores aparecen cuando se deja la revisión para el último momento.
La campaña termina, pero sus efectos fiscales siguen abiertos.

📌 https://www.adade.es/comunicacion/sala-de-prensa/autonomos-de-temporada-recordatorio-fiscal-al-cerrar-el-verano

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