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GESINFOR ASESORES ha sido beneficiario del PROGRAMA INNOCÁMARAS 2022, dotado por el Fondo Europeos de Desarrollo Regiona...
11/01/2023

GESINFOR ASESORES ha sido beneficiario del PROGRAMA INNOCÁMARAS 2022, dotado por el Fondo Europeos de Desarrollo Regional y mediante el cual se han podido ejecutar las siguientes acciones: Implantación de Sistemas y metodología de Gestión, a través de la certificación de la Norma Internacional de Calidad ISO 9001:2015 e Incremento de la sostenibilidad ambiental de procesos, a través de la sustitución de equipos más eficiente energéticamente.

MESURES SANITÀRIES. OBLIGACIONS DE PREVENCIÓ PER A LES EMPRESES.El 9 de juliol va entrar en vigor la nova mesura que per...
22/09/2020

MESURES SANITÀRIES. OBLIGACIONS DE PREVENCIÓ PER A LES EMPRESES.

El 9 de juliol va entrar en vigor la nova mesura que permet a la Inspecció de Treball i Seguretat Social vigilar les empreses perquè compleixin amb les mesures de salut pública corresponents per evitar la propagació de l´coronavirus. la infracció per incompliment de les mesures sanitàries pot anar; des dels 2.046 als 40.985 euros.

Aquesta nova mesura (Reial decret llei 26/2020, de 7 de juliol) modifica el Reial decret llei 21/2020, de 9 de juny, i habilita a la Inspecció de Treball per vigilar i controlar les mesures de salut, desinfecció i protecció que han de prendre les empreses. En cas necessari, els funcionaris de la Inspecció poden estendre actes d´infracció, en relació amb l´incompliment de l´empresari de les mesures sanitàries que afecten els treballadors.

Quines mesures sanitàries afecten els treballadors?

L´ocupador, el titular de l´activitat econòmica o el director dels centres i entitats, ha de:

- Adoptar mesures de ventilació, neteja i desinfecció adequades a centre de treball

- Facilitar als treballadors aigua i sabó, gels hidroalcohòlics o desinfectants autoritzats

- Garantir en els llocs de treball una distància mínima de 1,5 metres entre els empleats. En cas de no ser possible per circumstàncies de l´activitat laboral, s´ha de proporcionar als treballadors equips de protecció adequats a nivell de risc

- Durant les hores de màxima afluència, adoptar mesures per evitar aglomeracions de persones, entre les quals s´inclouen clients, usuaris o treballadors

- Adoptar mesures per a la reincorporació progressiva de forma presencial als llocs de treball, així com la potenciació de l´ús de l´teletreball

* Les persones treballadores amb símptomes d´Covid-19

Les persones treballadores que presentin símptomes compatibles amb COVID-19 o estiguin en aïllament domiciliari a causa d´un diagnòstic per COVID-19 o que es troben en període de quarantena domiciliària per haver tingut contacte estret amb alguna persona amb COVID-19 no hauran d´acudir al seu centre de treball.

Si un treballador comencés a tenir símptomes compatibles amb la malaltia, es contactarà immediatament amb el telèfon habilitat per a això per la comunitat autònoma o centre de salut corresponent, i, si s´escau, amb els corresponents serveis de prevenció de riscos laborals. De manera immediata, el treballador es col·locarà una mascareta i seguirà les recomanacions que se li indiquin, fins que la seva situació mèdica sigui valorada per un professional sanitari.

Recomanacions a persones treballadores en la nova normalitat

El ministeri de sanitat ha publicat una guia de bones pràctiques en els centres de treball per a la prevenció de contagis de l´Covid-19, s´hi exposen les següents recomanacions dirigides a les persones treballadores:

1. Complir amb totes les mesures de prevenció que indiqui l´ocupador.

2. Mantenir la distància interpersonal (1,5 metres).

3. Evitar la salutació amb contacte físic, inclòs el donar la mà.

4. Evitar, en la mesura del possible, utilitzar equips i dispositius d´altres treballadors. En cas que sigui necessari, augmentar les mesures de precaució i, desinfectar-abans d´usar-lo o rentar-se les mans immediatament després d´haver-ho fet servir.

5. Rentar-se freqüentment les mans amb aigua i sabó, o amb una solució hidroalcohòlica.

6. Cobrir-se el nas i la boca amb un mocador d´un sol ús a l´tossir i esternudar, i rebutjar tot seguit a una galleda d´escombraries que compti amb tancament. Si no es disposa de mocadors de d´emprar la part interna de el colze per no contaminar les mans.

7. Evitar tocar-se els ulls, el nas o la boca.

8. Facilitar el treball a el personal de neteja a l´abandonar el lloc, aclarint el màxim possible.

9. Llençar qualsevol deixalla d´higiene personal de manera immediata a les papereres o contenidors habilitats.

10. Avisar companys i superiors si es comença a tenir símptomes, extremar les precaucions tant de distanciament social com d´higiene mentre es romangui en el lloc de treball i contactar immediatament amb el servei de prevenció de riscos laborals de la teva empresa, el teu metge d´atenció primària o amb el telèfon d´atenció a l´COVID-19 de la teva comunitat autònoma.

Finalment, un consell: contactar sempre amb la teva empresa de prevenció perquè t´assessori sobre les mesures segons l´activitat de la teva empresa i riscos de contagi de les parades.

👉🏻 CAMPANYA SOLIDÀRIA AJUTS AUTÒNOMS COVID-19 🏭🏬A GESINFOR ASSESSORS hem engegat una campanya Solidària per a realitzar ...
23/03/2020

👉🏻 CAMPANYA SOLIDÀRIA AJUTS AUTÒNOMS COVID-19 🏭🏬

A GESINFOR ASSESSORS hem engegat una campanya Solidària per a realitzar les tramitacions de les sol·licituds d'ajut a les persones autònomes afectades pel coronavirus COVID-19 de forma GRATUÏTA.

El Departament de Treball, Afers Socials i Famílies ha posat en marxa un ajut, en forma de prestació econòmica, de fins a 2.000 euros per a les persones treballadores autònomes –persona física-, que acreditin una reducció dràstica i involuntària de la seva facturació com a conseqüència dels efectes del coronavirus en la seva activitat econòmica, i sempre que figurin d'alta en activitats de les que les autoritats sanitàries han decretat el tancament i no disposin d'altres fonts alternatives d'ingressos.

Des de GESINFOR ASSESSORS volem aportar el nostre gra d'arena i oferir el nostre assessorament GRATUÏT per tal de tramitar aquests ajuts.

Contacta amb nosaltres i te n'infomarem:
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18/03/2020
Efectos del BREXIT en el ámbito aduanero y de los Impuestos EspecialesEl 31/10/19 está previsto que se haga efectiva la ...
07/10/2019

Efectos del BREXIT en el ámbito aduanero y de los Impuestos Especiales

El 31/10/19 está previsto que se haga efectiva la salida de Reino Unido de la Unión Europea. Si no se llega a un acuerdo de salida que incluya un período transitorio, dicha salida implicará que a partir del 1 de Noviembre Reino Unido abandonará el mercado único y la unión aduanera.
La introducción/envío de mercancías desde Península, Baleares o Canarias a Reino Unido requerirá la presentación de una declaración en aduana normal (importaciones/exportaciones) no intracomunitarias como hasta ahora.

Todos los operadores económicos deberán identificarse con un número de registro e identificación (EORI)(compuesto por NIF y predecido de ES).

-En materia de IVA los envíos a Reino Unido estarán exentos como exportaciones por el contrario, las importaciones estarán sujetas al pago del IVA de la importación

-Respecto a los Impuestos Especiales implicaría que las expediciones/recepciones de productos se conviertan en exportaciones/importaciones con su aplicación aduanera correspondiente.

Nuestros expertos les pueden ampliar información.

24/04/2019

El alquiler de vivienda tiene nueva normativa. El gobierno ha aprobado un Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo, para regular este mercado, con importantes novedades que resumimos en sus puntos más destacados.

No es la primera vez que el gobierno de modifica el mercado de los alquileres de vivienda. Ya lo hizo el pasado mes de diciembre, con otro Real Decreto que el Congreso rechazó, al no contar con el apoyo de otros grupos parlamentarios.

Las novedades más destacadas del nuevo Real Decreto de alquiler de vivienda son:

1. Se amplía la duración del contrato de alquiler, con prórroga obligatoria de hasta 5 años cuando el arrendador (propietario) sea una persona física, o 7 años si es una empresa o sociedad. En este momento, la prórroga obligatoria tan solo alcanza 3 años.

2. Habrá un mecanismo más eficaz para coordinar actuaciones para que en caso de desahucio las personas afectadas cuenten con la intervención de los servicios sociales. Para ello, se podrán paralizar durante un mes si el arrendador es persona física, o tres meses si es persona jurídica.

3. En caso de fallecimiento del titular del contrato de alquiler, el arrendamiento se subrogará obligatoriamente al resto de inquilinos de la vivienda cuando haya personas en situación de vulnerabilidad (personas con discapacidad, menores de edad o mayores de 65 años).

4. Los alquileres turísticos (tipo Airbnb) quedan fuera de esta normativa estatal y se permite su regulación por parte de las Comunidades Autónomas. Las comunidades de propietarios también podrán limitar por mayoría cualificada de los propietarios estos usos y/o establecer cuotas de pago de gastos comunes hasta un 20% mayores.

5. La subida del precio del alquiler, durante la vigencia de los contratos, no podrá superar las subidas del IPC (Índice de Precios al Consumo).

6. Se limita a dos meses de renta como máximo las garantías adicionales a la fianza (un mes), salvo que se trate de contratos de larga duración.

7. El comprador de una vivienda en alquiler debe respetar el contrato vigente con el inquilino, aunque no se haya cumplido con la formalidad de inscribir este contrato en el Registro de la Propiedad.

8. Cuando el arrendador sea una persona jurídica (empresa, sociedad), correrán a su cargo los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato.
9. Plazo de preaviso: Se aumenta también a dos meses el plazo de preaviso previsto para no renovar el contrato para el inquilino y a cuatro meses para el arrendador.
10. Se permite a los Ayuntamientos la posibilidad de establecer una bonificación de hasta el 95% en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles para las viviendas sujetas a alquiler a precio limitado.

11. Se creará un Índice estatal de referencia del alquiler de viviendas, para que sea utilizado por parte de las Comunidades Autónomas para sus políticas de incentivos a la vivienda. Por el momento, no se considera que mediante este mecanismo se pueda regular por ley el establecimiento de un precio máximo de los alquileres.

Causas que impiden ir a la mesa electoral | Juridico/actualidad-tendencias | EXPANSIÓN -
22/04/2019

Causas que impiden ir a la mesa electoral | Juridico/actualidad-tendencias | EXPANSIÓN -

El próximo 28 de abril se celebran elecciones generales y, en esta ocasión, la Junta Electoral está teniendo más trabajo que nunca. A las...

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) es un banco público que depende del Ministerio de Economía y Empresa. Entre sus va...
27/03/2019

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) es un banco público que depende del Ministerio de Economía y Empresa. Entre sus varias funciones, el ICO se caracteriza por sus líneas de crédito a autónomos y empresas.
El catálogo de Líneas ICO 2019 se divide en dos bloques fundamentales: productos para financiar proyectos en España y productos destinados a respaldar el proceso de internacionalización y la actividad exportadora de las empresas.

PROGRAMAS DE FINANCIACIÓN ICO PARA PROYECTOS EN ESPAÑA

Línea ICO Empresas y Emprendedores 2019

-Los autónomos y empresas pueden financiar sus actividades empresariales –tanto proyectos de inversión como necesidades de liquidez- con esta línea.

-Las operaciones podrán formalizarse bajo la modalidad de préstamo, leasing, renting o de línea de crédito.

-El importe máximo por cliente es de hasta 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.

-Una de las principales ventajas de esta Línea son sus largos plazos de amortización, de 1 a 20 años, con la posibilidad de hasta 3 años de carencia de principal en función de los plazos.

-El cliente puede formalizar su operación a tipo de interés fijo o variable. La cotización de la TAE máxima es quincenal

Línea ICO Garantía SGR / SAECA 2019

En esta Línea el ICO cuenta con la colaboración de las Sociedades de Garantía Recíproca y SAECA. Las SGR son entidades financieras, sin ánimo de lucro, cuya principal misión es facilitar a las pequeñas y medianas empresas y a los autónomos el acceso al crédito y, mejorar en términos generales, sus condiciones de financiación. Para conseguir este objetivo avalan sus operaciones ante las entidades de crédito.

Los autónomos y empresas que necesitan financiación para un proyecto viable, pero que no tienen garantías suficientes para obtener un crédito de una entidad financiera pueden solicitar los avales que otorgan las SGR. Estos avales respaldan sus solicitudes y aumentan las posibilidades de acceder al préstamo.

Para proyectos en España o en el exterior, los autónomos y empresas pueden solicitar financiación para cubrir sus actividades empresariales: tanto proyectos de inversión como necesidades de liquidez. El importe máximo por cliente se establece en 2 millones de euros en una o varias operaciones.

Línea ICO Crédito Comercial 2019

El objetivo de esta línea de financiación es facilitar liquidez a las empresas y autónomos mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional. También incluye la posibilidad de acceder a prefinanciación para cubrir los costes de producción y elaboración del bien o servicio objeto de venta
El importe máximo por cliente y año concedido por el ICO mediante esta línea de financiación es de hasta el 100% del importe de la factura, siempre que no se supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y año en una o varias operaciones.

PROGRAMAS ICO PARA FINANCIAR LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA ESPAÑOLA

El ICO dispone de un amplio catálogo de productos de financiación internacional para facilitar la salida al exterior de la empresa española y apoyar la internacionalización y exportación de la empresa española.

Línea ICO Internacional 2019

Esta Línea pone a disposición de las empresas recursos financieros para desarrollar proyectos de inversiones fuera del territorio nacional y atender las necesidades generales de la actividad l y, por otro lado, favorece las exportaciones de las empresas con financiación a medio y largo plazo, tanto a través del crédito comprador como del crédito suministrador, así como financiación complementaria para empresas. Por su doble finalidad esta línea se divide en dos tramos:

A) ICO Internacional 2019. Tramo I. Inversión y Liquidez

Financia proyectos de inversión en el exterior y necesidades de liquidez a autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas, domiciliadas en España o con domicilio en el extranjero que cuenten al menos con un 30% de capital de empresa española.

¿Qué se puede financiar?

- Necesidades tecnológicas
- Inversiones fuera del territorio nacional.
- Adquisición de activos fijos, nuevos o de segunda mano.
- Vehículos turismos e industriales.
- Adecuación y reforma de instalaciones.
- Adquisición de empresas.
- Creación de empresas en el extranjero.
- Necesidades de liquidez: gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.

El importe máximo por cliente es hasta 12,5 millones de euros o su contravalor en dólares (USA) en una o varias operaciones.

La línea ofrece largos plazos de amortización que se adaptan a la necesidad de cada operación. En este tramo, el plazo de amortización es de 1 a 20 años con la posibilidad de hasta 3 años de carencia de principal en función de los plazos.

B) ICO Internacional 2019. Tramo II. Exportadores Medio y Largo Plazo

Concesión de crédito suministrador, comprador y financiación complementaria a empresas.

¿Qué se puede financiar?

- Crédito Suministrador: financiación a empresas con domicilio social en España para la venta de bienes o servicios, a empresas con domicilio social fuera de España.

- Crédito comprador: financiación a empresas con domicilio social fuera de España, para la adquisición de bienes o servicios exportados por empresas con domicilio social en España, o empresas con domicilio social fuera de España siempre que tengan "interés español".

- Financiación complementaria: financiación a la empresa extranjera que adquiera los bienes o servicios españoles, que no se haya cubierto en su totalidad con un Crédito Comprador.

El importe máximo por cliente es hasta 25 millones de euros o su contravalor en dólares (USA) en una o varias operaciones.
Los plazos de amortización son largos y se adaptan a la necesidad de cada operación. Las operaciones pueden formalizarse por un período de 2 a 12 años, con posibilidad de hasta 3 años de carencia de principal, en función de los plazos.

Línea ICO Exportadores 2019

Esta Línea facilita financiación a autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad exportadora o cubrir los costes de producción y elaboración de los bienes objeto de exportación.

El importe máximo por cliente es hasta 12,5 millones de euros de saldo vivo en una o varias operaciones. La modalidad de la operación la acuerdan libremente entre el cliente y la entidad de crédito, pudiendo ser préstamo, línea de crédito, y en el caso de anticipo de facturas descuento comercial, factoring, etc.

Dirección

Avenida Llibertat, 23-25 2º Piso
Mollet Del Vallès
08100

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Lunes 09:00 - 19:00
Martes 09:00 - 19:00
Miércoles 09:00 - 19:00
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