05/02/2021
La declaración de la Renta de 2021, correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, llegará con malas noticias para los trabajadores que se hayan visto afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) debido a la suspensión parcial o total de la actividad durante el estado de alarma.
La razón es que les saldrá a pagar a Hacienda la declaración de la Renta del año que viene (no en todos los casos). Y la causa es porque este año se les retendrá menos de IRPF en sus nóminas y, sobre todo, por la prestación por desempleo, que no suele tener retención alguna. Esta situación hará que Hacienda liquide esa cuantía diferencial.
Además, al tener dos pagadores, se reduce el límite a partir del cuál es obligatorio realizar la declaración: pasa de 22.000 a 14.000 euros, siempre que se superen los 1.500 euros del segundo pagador. Hay que recordar que el SEPE cuenta como segundo pagador.
Por ello, procura asesorarte correctamente en la próxima declaración de la renta.
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