03/04/2018
La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo (BOE de 6 de marzo) obliga a todos los trabajadores autónomos al sistema de notificación electrónica a partir de 1 de junio de 2018. Desde ese momento aquellas comunicaciones que hasta ahora se realizaban mediante correo postal con o sin acuse de recibo, se producirán en un buzón telemático accesible desde la página web de la sede electrónica de Seguridad Social (SEDESS).
¿QUÉ ES UN CERTIFICADO DIGITAL?
Un certificado digital es una herramienta que permite a una persona identificarse telemáticamente ante servicios públicos y privados y firmar documentos y contratos con la misma validez que si se hiciesen de manera presencial. Físicamente consiste en un fichero encriptado que se almacena en el depósito de certificados del navegador de Internet o del sistema operativo del dispositivo, de manera que cuando se accede a la oficina virtual de un organismo el navegador proporciona la identidad de la persona para poder continuar con el trámite o consulta.
RECOMENDACIONES
A continuación, se dan una serie de recomendaciones relacionadas que pueden ayudar ante esta nueva situación:
- Si el trabajador autónomo gestiona personalmente su relación con la Seguridad Social, es necesario que obtenga cuanto antes, si es que no lo tiene ya, un certificado digital puesto que será indispensable para sus relaciones con la Seguridad Social.
- Si el trabajador por cuenta propia dispone de un profesional (gestor, graduado social, etc.) que gestiona su relación con la Seguridad Social, debe asegurarse que el profesional tiene asignado su número de afiliación a la autorización RED, puesto que esa asignación permitirá al gestor además de poder realizar trámites en su nombre, poder abrir las notificaciones telemáticas que los autónomos reciban.
- Incluso en el caso de que el trabajador autónomo cuente con la gestión de un profesional, es recomendable que también disponga de su certificado digital para poder consultar asimismo las notificaciones por su cuenta. Esta posibilidad no invalida que el gestor pueda acceder a abrir, firmar o consultar las notificaciones recibidas.
- Poseer un certificado digital permite además acceder a todos los servicios de SEDESS, como realizar trámites y obtener información personal en cualquier momento.
- Existe una lista bastante extensa de certificados digitales válidos, pero en caso de no disponer ninguno, se recomienda obtener el que gestiona la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), puesto que por su antigüedad y extensión es seguramente el más fiable.
- La obtención del certificado digital de la FNMT consta de tres pasos: solicitud desde la web www.cert.fnmt.es, acreditación de identidad ante una oficina de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social y descarga del certificado desde la misma web citada.
La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo (BOE de 6 de marzo) obliga a todos los trabajadores autónomos al sistema de notificación electrónica. Desde ese momento aquellas comunicaciones que hasta ahora se efectuaban mediante correo postal, con o sin acuse de recibo, se realizarán en un buzón telemático accesible desde la página web de la sede electrónica de Seguridad Social (SEDESS).
¿QUÉ ES UN CERTIFICADO DIGITAL?
Un certificado digital es una herramienta que permite a una persona identificarse telemáticamente ante servicios públicos y privados y firmar documentos y contratos con la misma validez que si se hiciesen de manera presencial. Físicamente consiste en un fichero encriptado que se almacena en el depósito de certificados del navegador de Internet o del sistema operativo del dispositivo, de manera que cuando se accede a la oficina virtual de un organismo, el navegador de Internet proporciona la identidad de la persona para poder continuar con el trámite o consulta.
RECOMENDACIONES
A continuación, se dan una serie de recomendaciones que pueden ayudar ante esta nueva situación:
- Si el trabajador autónomo gestiona personalmente su relación con la Seguridad Social, es necesario que obtenga cuanto antes, si es que no lo tiene ya, un certificado digital puesto que será indispensable para sus relaciones con la Seguridad Social.
- Si el trabajador por cuenta propia dispone de un profesional (gestor, graduado social, etc.) que gestiona su relación con la Seguridad Social, debe asegurarse que el profesional tiene asignado su número de afiliación a la autorización RED, puesto que esa asignación permitirá al gestor además de poder realizar trámites en su nombre, poder abrir las notificaciones telemáticas que los autónomos reciban.
- Incluso en el caso de que el trabajador autónomo cuente con la gestión de un profesional, es recomendable que también disponga de su certificado digital para poder consultar asimismo las notificaciones por su cuenta. Esta posibilidad no invalida que el gestor pueda acceder a abrir, firmar o consultar las notificaciones recibidas.
- Poseer un certificado digital permite además acceder a todos los servicios de SEDESS, como realizar trámites y obtener información personal en cualquier momento.
- Existe una lista bastante extensa de certificados digitales válidos, pero en caso de no disponer ninguno, se recomienda obtener el que gestiona la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), puesto que por su antigüedad y extensión es seguramente el más fiable.
- La obtención del certificado digital de la FNMT consta de tres pasos: solicitud desde la web www.cert.fnmt.es, acreditación de identidad ante una oficina de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social y descarga del certificado desde la misma web citada.
ACTUALIZACIÓN IMPORTANTE: La Tesorería General de la Seguridad Social ha adoptado como criterio, dada la disparidad de noticias en referencia a la obligatoriedad de la remisión electrónica de datos y la notificación telemática, que será a partir del día 1 de octubre de 2018 que todos los trabajadores autónomos deberán realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones.