Maranjo Asesores SL

Maranjo Asesores SL ASESORIA FISCAL, LABORAL Y CONTABLE
www.maranjoasesores.es
Telf.- 984 28 06 72/73
Fax.- 984 28 06 74

Empresa creada para dar la cobertura legal y de gestión necesaria, que todas las Empresas y profesionales, precisan y demandan, para el correcto cumplimiento de sus obligaciones.

En este vídeo explican con varios ejemplos reales cómo se comprueba a través de la web del SEPE si ya está aprobada la p...
18/04/2020

En este vídeo explican con varios ejemplos reales cómo se comprueba a través de la web del SEPE si ya está aprobada la prestación por desempleo (en ERTE). Se puede acceder con estos datos del trabajador: DNI, 10 últimos dígitos de la cuenta bancaria donde domiciliará el cobro y su teléfono de contacto.

En la guía se muestra ejemplos reales de cómo se ve una prestación cuando ya está aprobada (con descarga del pdf de la resolución). Cuando la prestación aún está en trámite, pueden suceder dos cosas:

- si la cuenta bancaria del trabajador ya figura en los sistemas del SEPE, porque antes ya cobró prestaciones, aparece el mensaje de que aún no hay ninguna solicitud aprobada.

- si la cuenta bancaria nunca ha estado en los sistemas del SEPE, bien porque el trabajador nunca cobró el paro o porque lo hizo con otra cuenta distinta, según nos comentan los usuarios, aparece un mensaje de error.

** ACLARACIONES SOBRE EL VÍDEO: - EL HECHO DE QUE EN LA APLICACIÓN DEL SEPE NO APAREZCA LA SOLICITUD "EN TRÁMITE" o "PENDIENTE" NO QUIERE DECIR QUE NO SE HAY...

16/04/2020

Comparto de un compañero;
Una de las noticias del día que comentan los noticiarios (esos que defienden la búsqueda de las noticias con criterio, veracidad y sobretodo confirmadas) es que los trabajadores afectados por los ERTE cobran el desempleo hasta mayo, porque los responsables en el envío de los expedientes (o sea nosotros, los asesores) los hemos enviados erróneos. Pues señores periodistas, infórmese mejor! La Señora ministra comunicó en rueda de prensa que debíamos enviar una información, ese BOE salió publicado el domingo por la noche (por que los asesores no dormimos, claro), teníamos 5 días para presentar un documento que aún no estaba disponible. Cuando lo estuvo (1 dia mas tarde) las páginas estaban colapsadas, el servidor del SEPE estuvo caído durante 3 días. Tuvimos que enviar la documentación por mail. Los teléfonos estaban colapsado s durante todo el dia, tal fue el caos, que en la página del SEPE, se advirtió que debido a problemas técnicos no se sancionaria el envío de documentación fuera de plazo. La seg social no habilitó su plataforma hasta el dia 6, y el envió de los ficheros afi por siltra (otra de las cosas que debíamos de hacer los asesores) han estado dando errores hasta esta misma semana. Y por supuesto, ni hablar de la comunicación del erte covid19, páginas colapsadas durante las primeras semanas. Sus funcionarios, tanto de SEPE como de seg social, desesperados porque no tenían instrucciones claras. Señores periodistas, se les esta viendo demasiado el plumero!! Abogais por una información de calidad, pues os invito a que paséis un sólo dia con alguno de mis compañeros asesores y luego seguís dando información falsa! Trabajamos 15 horas al dia, nos tenemos que leer BOE publicados a las 12 de la noche, tenemos que apaciguar a los clientes que están desesperados y perdidos, y explicar que una cosa es lo que dicen en rueda de prensa y otra muy distinta lo que el becario de la Moncloa plasma en el BOE, y podía continuar con un largo etc. Haganos un favor y sean periodistas y no corsarios de un Gobierno! Dejen de dar información tergiversada y valoren un poco más una profesión considerada esencial por el gobierno por el mero hecho de que somos los que hacemos posibles que el contribuyente pague impuestos 😡.

22/03/2020

Comparto publicación de una compañera.

Señores del gobierno Español. Basta YA!!
Si toman medidas sobre algo, háganlo fácil. Sino mejor que no hagan nada.
Vamos a ver, toman medidas mediante Real decreto Ley, ERTES para todo el mundo!! Y en 5 días, resueltos!!
Ayudas para autónomos (aún no tenemos del todo claro si sólo para los del decreto o para todos los que tienen cerrado, que son la gran mayoria).
Bueno, pues ¿¿quien tiene que hacer todo eso??? Porque nosotros, los ASESORES de esas empresas, estamos agotados y cansados de buscarnos la vida para no dejar tiradas a las PYMES y tenemos derecho a ponernos enfermos y quedarnos en casa con nuestras familias.. Nadie nos informa de los trámites, sueltan la noticia por la televisión sin estar preparados y se quedan tan anchos. La administracion correspondiente de informarnos en estos procedimientos, no atiende, no cogen el teléfono...como lo van a hacer?? Si ya me han dicho que están todos histéricos y van a hacer huelga!! Y, ¿que pasa si nosotros hacemos huelga?? ¿¿de quién será la responsabilidad de no tramitar nada??
Busquen la forma de hacer todo automático y fácil. Hay gente que en sus casas no tiene ordenador!! (Lo suelen tener en los negocios) Y mucho menos impresora!! Y encima tiene que tener escaner..pero, ¿¿ Que estamos locos??
Y como empresa, ves y busca a todos los trabajadores para que firmen el recibíto del ERTE!! Cuando está prohibido salir a la calle!!!
Y las ayudas de autónomos, mandamos a la gente al banco a pedir certificados de titularidad de la cuenta, últimos recibos de autónomo pagados, pero, ¿no está prohibido salir??? ¿Tan necesario es tener un certificado oficial o una cartilla??

La primera noticia que salió en el telediario, son las facilidades de aplazamientos para los impuestos del primer trimestre que tenemos que hacer en abril. Exactamente del 1 al 20 de abril. Porque a fecha de hoy, no los han ni aplazado ni suspendido.
¿Como vamos a recoger la documentación de las empresas? La mayoría de PYMES están cerradas y todos metidos en casa. Tienen algo de documentación en sus negocios pero jamás será toda la documentación. La contabilidad debe ser real, ordenada y fiel según la Ley y les aseguro que si nos obligan a presentar el trimestre, será de todo menos real y fiel.
Esto, ¿es cuestión de recaudar a toda costa o cual es la cuestión de no aplazar el trimestre y hacer como excepción un semestre en Julio? ¿Como vamos a presentar IVA y retenciones de las empresas que se están arruinando y generales una deuda si no saben ni cómo van a comer??
Según la Agencia Tributaria, se concederán aplazamientos hasta 6 meses, los primeros 3 meses sin intereses. ¿En serio??? ¿¿Tenemos que generar más deuda a las PYMES??

Anulen el trimestre de abril y hagan un semestre excepcional en la fecha del segundo trimestre y a partir de ahí, facilidades de aplazamientos hasta 6 meses. Eso es lo que deben hacer.

Ya han anunciado la campaña de renta. Claro!! Como la mayoría de presentaciones son telemáticas...y ¿¿quien se cree que las hace??? ¿los contribuyentes?? Pues no, lo hacemos los ASESORES. Entienden que no podemos reunirnos con los clientes.. ¿¿¿verdad???

Hagan las cosas fáciles en esta situación tan angustiosa para todos, porque todos los españoles estamos haciendo un esfuerzo tremendo para quedarnos en casa mientras vemos como se van hundiendo nuestros negocios.

Creo que la situación requiere el aporte de todos, INCLUIDO EL GOBIERNO y este país lo sustentan en su mayoría, las PYMES.

Necesitamos AYUDA de verdad.

Paralicen los impuestos de abril y tengan manga muy ancha con las declaraciones de la renta.

No expriman más a las PYMES y ayuden a los ASESORES porque luego no habrá vuelta atrás.

09/10/2018

Tarjeta Social Universal, es un Sistema de Información que integra todas las prestaciones económicas públicas, ya sean pensiones básicas o complementarias; contributivas, no contributivas y asistenciales; prestaciones temporales como los subsidios por Incapacidad temporal; maternidad; paternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia; prestaciones y ayudas de pago único, en definitiva, toda prestación social o ayuda de contenido económico destinada a personas o familias. PUEDE ACCEDER EN EL SIGUIENTE ENLACE.

25/08/2018

La Seguridad Social responde a los jubilados que no es necesario realizar trámites

NUEVA CUOTA MINIMA DE AUTONOMOS
12/08/2018

NUEVA CUOTA MINIMA DE AUTONOMOS

NUEVA CUOTA MÍNIMA DE AUTÓNOMOS: 278,88€
La aplicación de la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, ha fijado a partir del 1 de agosto una nueva base mínima de cotización para los trabajadores por cuenta propia de 932,70€, mientras que hasta el mes pasado era de 919,80€. Esta circunstancia provoca que la nueva cuota mínima de Autónomos que se cargará en cuenta a finales de este mes será de 278,88€.

LAS PENSIONES DE VIUDEDAD  de las personas mayores de 65 años y sin otros ingresos a partir de agosto se calculará aplic...
25/07/2018

LAS PENSIONES DE VIUDEDAD de las personas mayores de 65 años y sin otros ingresos a partir de agosto se calculará aplicando el 56% a la base reguladora, y a partir de enero de 2019 aplicando el 60%

Se aprueba Real Decrteo para el aumento de la pensión de viudedad desde el pasado 20 de julio que beneficiará a más de 465.000 personas

La AEAT está enviando cartas a determinados contribuyentes en el marco de actuaciones de prevención del fraude del IVA.D...
25/04/2018

La AEAT está enviando cartas a determinados contribuyentes en el marco de actuaciones de prevención del fraude del IVA.

Dispone desde 2016 de la información de las entradas y salidas totales de todas las cuentas bancarias de los contribuyentes, tanto de personas físicas como de entidades.

También avisa de que puede cruzar dicha información con las declaraciones del IVA del ejercicio 2017 y cómo sería utilizado como indicio de riesgo fiscal el hecho de que los importes no coincidan con las bases imponibles del IVA o los ingresos declarados de la actividad económica de los contribuyentes.

La Agencia Tributaria cruza tus mocimientos bancarios con las declaraciones fiscales para evitar el fraude. Conoce el nuevo procedimiento de aviso.

La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo (BOE de 6 de marzo) obliga a todos los trabajadores autónomos al sistema de notific...
03/04/2018

La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo (BOE de 6 de marzo) obliga a todos los trabajadores autónomos al sistema de notificación electrónica a partir de 1 de junio de 2018. Desde ese momento aquellas comunicaciones que hasta ahora se realizaban mediante correo postal con o sin acuse de recibo, se producirán en un buzón telemático accesible desde la página web de la sede electrónica de Seguridad Social (SEDESS).

¿QUÉ ES UN CERTIFICADO DIGITAL?
Un certificado digital es una herramienta que permite a una persona identificarse telemáticamente ante servicios públicos y privados y firmar documentos y contratos con la misma validez que si se hiciesen de manera presencial. Físicamente consiste en un fichero encriptado que se almacena en el depósito de certificados del navegador de Internet o del sistema operativo del dispositivo, de manera que cuando se accede a la oficina virtual de un organismo el navegador proporciona la identidad de la persona para poder continuar con el trámite o consulta.

RECOMENDACIONES
A continuación, se dan una serie de recomendaciones relacionadas que pueden ayudar ante esta nueva situación:

- Si el trabajador autónomo gestiona personalmente su relación con la Seguridad Social, es necesario que obtenga cuanto antes, si es que no lo tiene ya, un certificado digital puesto que será indispensable para sus relaciones con la Seguridad Social.

- Si el trabajador por cuenta propia dispone de un profesional (gestor, graduado social, etc.) que gestiona su relación con la Seguridad Social, debe asegurarse que el profesional tiene asignado su número de afiliación a la autorización RED, puesto que esa asignación permitirá al gestor además de poder realizar trámites en su nombre, poder abrir las notificaciones telemáticas que los autónomos reciban.

- Incluso en el caso de que el trabajador autónomo cuente con la gestión de un profesional, es recomendable que también disponga de su certificado digital para poder consultar asimismo las notificaciones por su cuenta. Esta posibilidad no invalida que el gestor pueda acceder a abrir, firmar o consultar las notificaciones recibidas.

- Poseer un certificado digital permite además acceder a todos los servicios de SEDESS, como realizar trámites y obtener información personal en cualquier momento.

- Existe una lista bastante extensa de certificados digitales válidos, pero en caso de no disponer ninguno, se recomienda obtener el que gestiona la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), puesto que por su antigüedad y extensión es seguramente el más fiable.

- La obtención del certificado digital de la FNMT consta de tres pasos: solicitud desde la web www.cert.fnmt.es, acreditación de identidad ante una oficina de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social y descarga del certificado desde la misma web citada.

La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo (BOE de 6 de marzo) obliga a todos los trabajadores autónomos al sistema de notificación electrónica. Desde ese momento aquellas comunicaciones que hasta ahora se efectuaban mediante correo postal, con o sin acuse de recibo, se realizarán en un buzón telemático accesible desde la página web de la sede electrónica de Seguridad Social (SEDESS).

¿QUÉ ES UN CERTIFICADO DIGITAL?
Un certificado digital es una herramienta que permite a una persona identificarse telemáticamente ante servicios públicos y privados y firmar documentos y contratos con la misma validez que si se hiciesen de manera presencial. Físicamente consiste en un fichero encriptado que se almacena en el depósito de certificados del navegador de Internet o del sistema operativo del dispositivo, de manera que cuando se accede a la oficina virtual de un organismo, el navegador de Internet proporciona la identidad de la persona para poder continuar con el trámite o consulta.

RECOMENDACIONES
A continuación, se dan una serie de recomendaciones que pueden ayudar ante esta nueva situación:

- Si el trabajador autónomo gestiona personalmente su relación con la Seguridad Social, es necesario que obtenga cuanto antes, si es que no lo tiene ya, un certificado digital puesto que será indispensable para sus relaciones con la Seguridad Social.

- Si el trabajador por cuenta propia dispone de un profesional (gestor, graduado social, etc.) que gestiona su relación con la Seguridad Social, debe asegurarse que el profesional tiene asignado su número de afiliación a la autorización RED, puesto que esa asignación permitirá al gestor además de poder realizar trámites en su nombre, poder abrir las notificaciones telemáticas que los autónomos reciban.

- Incluso en el caso de que el trabajador autónomo cuente con la gestión de un profesional, es recomendable que también disponga de su certificado digital para poder consultar asimismo las notificaciones por su cuenta. Esta posibilidad no invalida que el gestor pueda acceder a abrir, firmar o consultar las notificaciones recibidas.

- Poseer un certificado digital permite además acceder a todos los servicios de SEDESS, como realizar trámites y obtener información personal en cualquier momento.

- Existe una lista bastante extensa de certificados digitales válidos, pero en caso de no disponer ninguno, se recomienda obtener el que gestiona la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), puesto que por su antigüedad y extensión es seguramente el más fiable.

- La obtención del certificado digital de la FNMT consta de tres pasos: solicitud desde la web www.cert.fnmt.es, acreditación de identidad ante una oficina de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social y descarga del certificado desde la misma web citada.

ACTUALIZACIÓN IMPORTANTE: La Tesorería General de la Seguridad Social ha adoptado como criterio, dada la disparidad de noticias en referencia a la obligatoriedad de la remisión electrónica de datos y la notificación telemática, que será a partir del día 1 de octubre de 2018 que todos los trabajadores autónomos deberán realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones.

RENTA 2017: Se han detectados intentos de fraude mediante el envío de comunicaciones por correo electrónico o mensajes S...
28/03/2018

RENTA 2017: Se han detectados intentos de fraude mediante el envío de comunicaciones por correo electrónico o mensajes SMS, en los que suplantan la identidad de la AEAT.
Más información, en el comunicado emitido por la Agencia Tributaria.

A medida que se aproxima el inicio de la campaña de Renta 2017, la Agencia Tributaria viene detectando diversos intentos de fraude mediante el envío de comunicaciones por correo electrónico o mensajes SMS, en los que, suplantando su identidad e imagen, se proporcionan enlaces maliciosos donde o.....

CALENDARIO DE LA CAMPAÑA DE LA DECLARACION DE LA RENTA 2017.Hasta el mes de abril no se pueden hacer las primeras presen...
16/03/2018

CALENDARIO DE LA CAMPAÑA DE LA DECLARACION DE LA RENTA 2017.
Hasta el mes de abril no se pueden hacer las primeras presentaciones, por ahora solamente se puede acceder a los datos fiscales y obtener al app.

Desde el 4 de abril hasta el 2 de julio se prolonga el plazo para pedir el borrador rendir cuentas con Hacienda El 10 de mayo arranca el plazo para la presentación en oficinas del IRPF

Renta 2017: los plazos para presentar la declaración y otras fechas clave de la campaña.Como todos los años, estamos a s...
09/03/2018

Renta 2017: los plazos para presentar la declaración y otras fechas clave de la campaña.
Como todos los años, estamos a su disposición.

Quedan menos de dos meses para que comience la Campaña de la declaración de la Renta 2017. Este año, los contribuyentes podrán rendir cuentas con Hacienda a partir del próximo 4 de abril y hasta el 2 de julio. Este año, el plazo durará más que años anteriores, ya que junio acaba en fin de s...

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Oviedo
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