Sitec Asesores

Sitec Asesores SITEC es una empresa con sede en Palma de Mallorca y formada por profesionales cuya dilatada experiencia es su mejor garantia.

Hablamos castellano, parlam catalán, we speak english , hovoríme po slovensky, mluvíme cesky QUIÉNES SOMOS

Ofrecemos una gama completa de servicios que va desde el asesoramiento fiscal y empresarial, pasando por la gestión patrimonial y la contabilidad hasta la auditoría contable. Entre nuestros clientes se encuentran particulares, así como autónomos, sociedades limitadas y sociedades anónimas d

e diversos sectores. Nuestra filosofía se ha basado durante años en la calidad, la experiencia, el compromiso y la confianza de nuestros clientes para garantizar el éxito de un trabajo en equipo. La historia

1992

Melchor Nolla se da de alta como profesional independiente y registra la marca SITEC Asesores como sello de identidad. Durante los primeros años la empresa se dedica al asesoramiento fiscal y contable de empresas de pequeñas dimensiones. Magdalena Palomares realiza actividades de gestión documental y contabilidad.



1994

Se separan los departamento de asesoramiento fiscal y laboral, haciendose cargo Melchor Nolla como Tecnico tributario del departamento fiscal y Magdalena Palomares, que ha terminado la diplomatura de Graduado Social, del departamento de asesoramiento laboral. Se incorpora a la firma Miguel Andres Torres Palomares, quien realiza los trabajos de contabilización y gestión documental.



1997

Jaime Vives Salom se incorpora a la firma como profesional independiente y se hace cargo del departamento Asesoría laboral, En colaboración con Magdalena Palomares.

05/03/2019

Reforma de los contratos de arrendamiento Real Decreto-ley 7/2019 de 1 de marzo

El arrendamiento de vivienda habitual se establece con prorroga obligatoria hasta un máximo de 5 años, o de 7 años en caso de que el arrendador fuera una persona jurídica.

Se establecen prorrogas voluntarias hasta un máximo de 3 años de forma tacita si no existe notificación fehaciente con una antelación mínima de 2 mesas por parte del arrendador y de 1 mes por parte del arrendatario.

Aún que el arrendatario no viva en la vivienda no perderá la consideración de vivienda permanente si en ella residen su cónyuge o sus hijos dependientes.

El arrendador podrá disponer de la vivienda, una vez transcurrido el primer años para uso propio o de sus familiares de primer grado, siempre que así se haya hecho constar en el contrato de arrendamiento. En caso de no ser ocupado por el o sus familiares en un plazo de 3 meses, el arrendatario podrá exigir la reposición del contrato mas los gastos ocasionados o una indemnización

En los supuestos de enajenación forzosa derivada de hipoteca o sentencia judicial o del ejercicio de un derecho de opción de compra, el arrendatario mantendrá sus derechos contractuales hasta que se cumplan cinco o siete años desde la firma del contrato inicial.

El adquirente de una vivienda arrendada queda subrogado a los derechos y obligaciones del contrato inicial hasta un máximo de cinco o siete años en función de si es persona física o jurídica.

El propietario de un inmueble en propiedad horizontal queda obligado a realizar obras de adaptación a la accesibilidad siempre que existan ayudas públicas de al menos el 75% del coste.

Las garantías adicionales quedan limitadas a dos mensualidades.

Los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato serán a cargo del arrendador si este es una persona jurídica.

Quedan excluidas de esta norma las viviendas de mas de 300m2 y los alquileres turísticos.

20/12/2018
27/09/2017

COMPRA VENTA DE VEHÍCULOS Y LOS IMPUESTO INDIRECTOS

Vehículos nuevos

Son aquellos que se transmiten antes de seis meses desde la fecha de matriculación o en su defecto cuando no han recorrido mas de 6.000 Kilómetros.

En este caso la operación de compra-venta está sujeta al IVA y el tipo impositivo del 21%. En el caso de que la compra sea realizada una persona con discapacidad y movilidad reducida, el porcentaje a aplicar será del 4% y deberá solicitar la reducción por escrito y mediante el modelo 04 iva movilidad reducida.

VEHÍCULOS SEGUNDA MANO

Todos aquellos vehículos que no cumplen la condición de nuevos.

En este caso se diferencia según la condición del vendedor:

Venta por parte de un particular: independientemente de quien compra el vehículo la operación está sujeta a ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales)

Venta por parte de una empresa:

- Dedicada a la compra-venta de vehículos de segunda mano: Sujeta a iva en el régimen especial de bienes usados.
En este caso se emite una factura con iva incluido y no es deducible por el comprador.

El comprador podrá solicitar que la operación se realice por el régimen general en caso de ser un empresario o profesional con derecho a deducción. En este caso la factura se emitirá con IVA desglosado y podrá ser deducido.

- NO dedicadas a compra-venta de vehículos de segunda mano: Se aplicará el régimen general, por tanto las facturas se realizarán con el IVA desglosado y al 21%.

24/07/2012

últimas 24 horas para el impuesto de sociedades. no olvidéis la presentación del impuesto.

Si todavía no habéis presentado las cuentas anuales, recordad que el plazo termina el próximo 31 de julio y que este año no es necesaria la firma autentificada notarialmente.
Podéis hacer la presentación completa a través de la pagina oficial del colegio de registradores.

22/07/2012

el 25 termina el plazo de presentación del impuesto sobre sociedades.
a los efectos de reducir la presión fiscal no olvidéis comprobar si podéis aplicar el tipo impositivo reducido del 20%.
Si habéis hecho inversión en inmobilizado y precisáis reducir el pago del tributo, recordad que podéis aplicar la libre amortización como ajuste extracontable.

22/07/2012

TIPO DE IVA Y R.E.

iva recargo
normal 21% 5,2%
reducido 10% 1,4%
superreducido 4% 0,5%

Cambio de reducido a normal en las siguientes actividades:

- Las flores y las plantas vivas de carácter ornamental
- Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
- Entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuyo proveedor sea el
autor o derechohabientes o empresarios no revendedores con derecho a deducir.

- Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u
otros análogos.
- La entrada a teatros, circos y demás espectáculos, parques de atracciones, parques
zoológicos, exposiciones, visitas a monumentos y parques naturales.
- Servicios prestados por artistas personas físicas.
- Servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte.
- Los servicios funerarios.
- La asistencia sanitaria dental y curas termales que no gocen de exención.
- Los servicios de peluquería.
- Servicios de radiodifusión y televisión digital.

en la web sitec.es hemos publicado el REAL DECRETO LEY completo y un resumen.

21/07/2012

Aclaración a la retención en la facturación de profesionales independientes.

Rendimientos de actividades profesionales, Novedad Real Decreto Ley 20/2012.

** Como medida transitoria se establece que la retención a aplicar en 2012 y 2013 será del 21%, entrando en vigor esta modificación el 1 de septiembre de 2012. A partir del 1 de enero de 2014, la retención pasa a ser del 19%

Por otro lado, para las nuevas altas la retención reducida que se aplica durante los dos primeros años pasará del 7 al 9% desde el 1 de Septiembre y no se contempla subida adicional durante 2012 y 2013



20/07/2012

Hoy termina el plazo de presentación de las declaraciones del 2 trimestre. Para el que se le haya olvidado tiene hasta las 12 de la noche para presentarlas por internet y solicitar aplazamiento.

Recordad que el miércoles 25 termina el plazo de presentación del Impuesto sobre sociedades y que las cuentas anuales deberán ser presentadas como máximo el 31 de julio si la junta se ha celebrado el último día de los seis meses disponibles para ello.

18/07/2012

Ya podéis consultar las reformas aprobadas por el gobierno el pasado sábado, a través de nuestra página web oficial.

Si tenéis dudas intentaremos resolverlas desde esta plataforma.

16/07/2012

Recordamos a todos los que nos seguís que estás propuestas entrarán en vigor en las fechas propuestas, una vez aprobadas y publicadas en el BOE.

16/07/2012

Modificaciones para el funcionariado:

Se reducen a 3 dos días por asuntos propios.
Se suprime la paga extra de navidad.
En las bajas por enfermedad cobrarán máximo el 50% del salario los 3 primeros días y el 75% a partir del cuarto día.
Las bajas por accidente, por hospitalización o intervención quirúrgica seguirán cobrando el 100%.

15/07/2012

Recopilación de las principales Medidas adoptadas el viernes 13

Subida del IVA el próximo 1 de septiembre.
Tipo general del 18% al 21%
Reducido del 8% al 10%
el superreducido seguirá en el 4%.
Los siguientes servicios y productos pasan del tipo reducido al normal: funerarias, espectáculos deportivos, peluquería, cine, teatro, musciales, discotecas, gafas, lentillas....

La compra de vivienda pasa del 4% al 10% el 1 de enero de 2013. Las obras de renovación y reparación de vivienda tributarán hasta final de 2013 al nuevo tipo reducido del 10%.

Subida del tabaco.

Impuesto de sociedades. Ampliación de la limitación de la deducción por gastos financieros: se hace extensiva a todas las empresas. Creación de un gravamen del 10% sobre rentas de fuente extranjera, exclusivamente hasta el 30 de noviembre de 2012. Subida, de forma transitoria, de los pagos fraccionados, de un mínimo del 8% al 12%. Se limita durante 2012 y 2013 la compensación de bases imponibles negativas para entidades con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros.

Seguridad Social: se reducen las cotizaciones a la Seguridad Social para los empresarios en un punto en el año 2013 y otro punto en el año 2014.

Retenciones IRPF: se sube la retención del 15% al 21% "por rendimientos de actividades profesionales y el ingreso a cuenta por rentas del trabajo derivados de impartir cursos, seminarios o conferencias, obtenidos desde el 1 de agosto de este año hasta el 31 de diciembre de 2013".

Vivienda: se reduce un 30% la renta básica de emancipación para los beneficiarios que la tenian y se elimina la ayuda en 2012. Se elimina la subvención de préstamos para vivienda protegida y se mantiene para los que la tenían reconocida. Desde el 1 de enero de 2013 quedará suspendida la desgravación por compra de vivienda habitual.

Empleo:
Se reduce la prestación por desempleo del 60% al 50% a partir del séptimo mes.
Se suprimen las bonificaciones a la contratación a excepción de: contratación de personas con discapacidad, contrato para pymes, contratación de jóvenes y personas que sustituyen a trabajadores en baja por maternidad y a víctimas de violencia de género.
Se modifican las condiciones de acceso a la Renta Activa de Inserción.
Se modifica el subsidio para mayores de 52 años, y se elimina el subsidio especial para mayores de 45 años.

Seguridad Social:
Sube la pensión máxima: se incrementa la base máxima de cotización en cinco puntos porcentuales en 2013 y 2014 y aumenta la pensión máxima un punto adicional a la variación del IPC como compensación.
Se incrementa un punto porcentual la base mínima de cotización de los trabajadores autónomos.
Se asimilan los rendimientos del trabajo a efectos de cotización a la Seguridad Social con respecto al tratamiento que se les otorga en la tributación a efectos del IRPF.
Se homogeneizan los recargos por retraso en el abono de cuotas a la Seguridad Social, en el tipo del 20%, con independencia de cuál sea el tiempo de retraso en el pago.
Además, se analizarán medidas para modificar las pensiones, modificar la regulación de la jubilación parcial y anticipada.

Dirección

La Trobada 48
Palma De Mallorca
07011

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 14:00
Martes 09:00 - 14:00
Miércoles 09:00 - 14:00
Jueves 09:00 - 14:00
Viernes 09:00 - 14:00

Teléfono

971900335

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Sitec Asesores publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Sitec Asesores:

Compartir

Categoría