Gestoria Administrativa Raquel Luengo Parra

Gestoria Administrativa Raquel Luengo Parra Raquel Luengo, como Gestor Administrativo Colegiado, tiene el objetivo de actuar como intermediario entre la Administración y el ciudadano. Y por D.

Raquel Luengo, como Gestor Administrativo Colegiado, tiene el objetivo de actuar como intermediario entre la Administración y el ciudadano, para que nuestros clientes dediquen todo su tiempo y esfuerzo a su negocio. Nuestro equipo está formado:

Por Dña. Raquel Luengo Parra, al frente de la gestoría administrativa. Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Colegiada como ges

tor administrativo en el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid con nº de colegiado 3.347. Especializada sobre todo en el ámbito Laboral, Tráfico y Extranjería. Eduardo de Miguel Casado, al frente del Departamento Jurídico. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y colegiado como abogado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid con nº de colegiado 69.761. Especializado en el ámbito Civil, Fiscal, Inmobiliario y Accidentes de tráfico. Nuestros profesionales se ponen a disposición de todos sus clientes con un trato cercano y personalizado ajustándose a las necesidades y servicios demandados por cada cliente, para cumplir con nuestro principal y prioritario objetivo, dar un servicio a medida.

15/12/2015

El Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid ha elaborado un informe al Proyecto Inicial de Ordenanzas Fiscales para el año 2016 en el que se advierte del error de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos al no incluir ni las declaraciones responsables (DR) ni las comunicaciones previas (CP). La normativa solo establece el precio de las Licencias, lo que significa que aquellos ciudadanos que han abonado tasas por DR o CP podrían solicitar la devolución de dichos importes al tratarse de ingresos indebidos.
El responsable de la Comisión de Ayuntamiento de la Junta de Gobierno del ICOGAM, Santiago Lorenzo, ha explicado en el informe presentado ante la Comisión de Urbanismo de CEIM que “el Ayuntamiento de Madrid está cobrando ‘de facto’ las tarifas correspondientes a declaraciones responsables cuando un ciudadano se dirige a la Agencia de Actividades” del municipio lo que, según ha explicado, “es ilegal ya que no existe una ordenanza que lo regule”. Otra vía de tramitación es a través de las ECUs (Entidades Colaboradoras Urbanísticas). En este caso “el Ayuntamiento sí ha marcado el precio de las tasas diferenciando claramente entre las licencias y las declaraciones responsables”, una contradicción que solo se soluciona a través de una “regulación clara”.
El cobro de tasas por las DR es generalizado en los municipios de la Comunidad de Madrid y del resto de España ya que es una importante fuente de ingresos. “Se podría llegar a perder – ha apuntado Santiago Lorenzo- el más frecuente medio de intervención municipal en las implantaciones y modificaciones de actividad y obras, muy por encima de las Licencias”.

15/12/2015

Los tres millones de trabajadores autónomos y sus familias suele ser, junto al de los pensionistas, uno de lo los que más guiños electorales reciben de los partidos en sus programas y campañas. Los próximos comicios generales del 20D y todas las fuerzas políticas han incluido alguna que otra propuesta para los trabajadores por cuenta propia. Pero ¿qué es lo que quiere el colectivo? Tras consultar a las principales asociaciones de autónomos (ATA y UPTA), estas son algunas de las propuestas que le hacen al Gobierno:
Cotizaciones
• Todas las organizaciones coinciden en reclamar un sistema de cotizaciones que se adecue a los ingresos reales de cada autónomo. Así, se podría decir que cotizar en función de los rendimientos netos de cada trabajador es la demanda estrella de este colectivo para el 20D.
• La propuesta concreta de ATA para un nuevo sistema de cotización según los rendimientos netos es que se fije una base mínima similar al SMI, y que todo aquel autónomo con rendimientos inferiores esté exento de cotizar a la Seguridad Social aunque no de tributar a Hacienda. Se crearían por tanto, cinco tramos de cotización: una mínima, tres intermedias y una máxima. Creen también que sería conveniente poder cambiar la base de cotización trimestralmente y abonar estas cuotas igualmente cada tres meses
• Asimismo reclaman, ampliar la tarifa plana de 50 euros de seis meses a un año –algo que ha sido recogido en el programa del PP– . E incluir en esta tarifa a los autónomos societarios y a aquellos que se acojan al procedimiento de segunda oportunidad.
• Cambiar el recargo del 20% por el retraso en el pago de cotizaciones y hacerlo progresivo. Para ello ATA propone un recargo del 5% en el primer retraso del ingreso de las cuotas; del 10% en el segundo y del 20% a partir del tercero.
• También todas las asociaciones piden que las altas y bajas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que se produzcan en medio de un mes no impliquen cotizar por el mes completo.
Impuestos
• En el terreno fiscal, reclaman una rebaja del IVA en aquellas actividades a las que se les subió 13 puntos en la actual legislatura. Ese es el caso, por ejemplo de las peluquerías.
• Exigen que la Agencia Tributaria revise los criterios de gastos deducibles por estos trabajadores, en cumplimiento de una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) que permite que los autónomos que trabajan desde casa puedan deducirse en el IRPF gastos como la luz, el agua, el gas o el teléfono.
• Y reclaman eliminar la brecha fiscal entre autónomos personas físicas y societarios.
Financiación y morosidad
La queja del colectivo sobre las restricciones a la financiación de sus proyectos sigue viva.
• Por ello, demandan, entre otras cosas, un programa general de refinanciación del endeudamiento, tanto con el sector financiero como con el público yestablecer un recargo automático del 20% en el retraso del pago de facturas fuera del plazo legalmente establecido.
• También reclaman un mayor protagonismo de las Sociedades de Garantía Recíproca.
Ayudas y formación
• Desde UPTA se reclama “un verdadero plan de segunda oportunidad”. En este sentido los autónomos reclaman que, en los acuerdos de refinanciación, se incluyan las moras y las quitas en los créditos públicos. Siempre aplicando solo las quitas a los intereses de demora y recargos ejecutivos, no al principal de la deuda.
• Piden poder beneficiarse de una ayuda de 426 euros durante seis meses cuando se agote la prestación por cese de actividad, como los asalariados. Yque se fomenten las políticas activas para el fomento del autoempleo.
• En otro orden de cosas, consideran que el próximo Gobierno debería favorecer el asociacionismo entre autónomos, "tanto en el ámbito económico, como en el representativo e instituciona", precisa UPTA

14/12/2015

Raquel Luengo, como Gestor Administrativo Colegiado, tiene el objetivo de actuar como intermediario entre la Administración y el ciudadano.

14/12/2015

Plan PIVE 8

Ampliado el plazo para la admisión de reservas hasta el 31 de julio de 2016 del "Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE 8)"

Real Decreto 1071/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 380/2015, de 14 de mayo, por el que se regula el Plan PIVE 8, tiene asignada una dotación presupuestaria de 225.000.000 euros, para aplicar a las solicitudes realizadas en el marco del citado Plan PIVE 8.

La renovación de las flotas de transporte se ha mostrado como una de las más eficientes medidas para la reducción del consumo energético, con efectos adicionales positivos en materia ambiental y de seguridad vial. En este sentido las experiencias del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente, en sus seis convocatorias realizadas hasta la fecha (Planes PIVE, PIVE-2, PIVE-3, PIVE-4, PIVE-5, PIVE 6 y PIVE 7), con el objetivo de sustituir un total aproximado de 886.000 vehículos antiguos con las mismas unidades de vehículos nuevos, y cuyos fondos se han agotado en un periodo de tiempo muy inferior al inicialmente previsto en estas convocatorias, reflejan la excelente acogida que ha supuesto este programa.

Estos planes han sido aprobados en el marco de las políticas de mejora de la eficiencia energética a las que está obligado el Estado español en el marco de la Directiva 2006/32/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos, y, más recientemente, de la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se deroga la anterior y que obliga a los Estados miembros a asumir objetivos de mejora de la eficiencia energética en el horizonte del año 2020.

Además del ahorro energético, existen razones de interés público, social y económico para que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo realice actuaciones de continuidad al Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente mediante la concesión de subvenciones directas.

En este sentido, el Plan PIVE-8 pretende promover la baja incentivada de aproximadamente 300.000 vehículos con más de 10 años de antigüedad, en el caso de vehículos turismo (categoría M1), y más de 7 años, en el caso de vehículos comerciales ligeros (categoría N1) y modernizar el parque incentivando la adquisición de vehículos nuevos de alta eficiencia energética.

14/12/2015

A través del Twitter de Eduardo Rojo se ha difundido una sentencia sobre conciliación de la vida familiar y laboral ciertamente destacable, del Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid. Siendo un Juzgado de Instancia está lejos de ser jurisprudencia, aunque es sin duda una sentencia que refleja una tendencia.

Aborda un asunto cotidiano: el horario que la atención a la familia necesita se pega de bofetadas con el horario laboral y un esfuerzo de encaje por parte de la empresa puede facilitar la vida. La empresa, inflexible, considera que el trabajador es super imprescindible justo en ese horario, probablemente en una posición estratégica de “si se lo consiento a uno esto va a ser el caos”.

Se trata de un trabajador eventual en una empresa pública, que tiene turno de mañana y tarde. Mañana de 8:00 a 15:00 horas y tarde de 15:00 a 22:00 horas. La guardería de su hijo tiene turnos semejantes, por lo que es imposible que pueda llevarle y llegar a tiempo al trabajo. Estando en el turno de mañana pide a la empresa la flexibilidad de entrar una hora más tarde, que se recuperaría en el turno siguiente, con apoyo en lo regulado en el convenio colectivo. La empresa se lo niega porque considera su participación en el trabajo a esa hora esencial para poder sacar adelante la tarea encomendada. El trabajador es cocinero en un centro asistencial.

A la vista de la prueba presentada por la empresa y la testifical del resto de la plantilla, la jueza entiende que la empresa no ha demostrado la necesidad imperativa de contar con ese trabajador a esa hora. El derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral en este caso está cubierto por varias capas:
- La neblinosa redacción del Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.6, que conlleva en su aplicación habitual la reducción de jornada y salario y la posibilidad del trabajador de determinar en qué franja de su jornada ordinaria diaria aplicará esa reducción (aquí el lío habitual es determinar cuál es la jornada ordinaria).
- La más concreta del convenio que afecta al trabajador, que no le obliga a perder parte de su salario sino que da pie a reorganizar el horario.
- La Constitución Española en sus artículos 14 y 39, prohibición de la discriminación por razón de s**o y protección integral a la familia. Es la capa constitucional, aparentemente más lejana, la que más abriga el derecho, la que inclina claramente la balanza.

La conciliación de la vida familiar y laboral es un tema fundamental para el futuro del país. Como ocurre con las medidas efectivas sobre justicia, apenas se le dedica un espacio real en los programas electorales.

De las políticas de conciliación depende la natalidad más que de los publicitarios cheques bebé y los incentivos fiscales. Este un país de sueldos medios en declive, en el que la hora extra es mérito imprescindible, el cuidado de los niños tiene un coste de contratación inviable con esos salarios y los padres unos horarios imposibles que chocan con los de los hijos. Si uno de los miembros de la pareja habitualmente la mujer se queda en casa para atender a los niños fomentamos la desigualdad, la eternización de los roles de género y expulsamos talento del mercado laboral.

Es triste tener hijos a los que se ve crecer en la distancia por motivos laborales. Es poco inteligente por parte de las empresas ponerse a la defensiva porque no conciben la reorganización horaria como un arma para conseguir retener talento, retribuir lo que no se puede pagar con dinero y tener un mejor ambiente laboral. Y es lamentable que los gobiernos no incentiven políticas con objetivos a medio plazo para fomentar una cultura de productividad y conciliación, de protección a la infancia y a la familia. Y es que hay mandatos constitucionales sobre los que se debate mucho, sobre los que no se está dispuesto a ceder ni un milímetro y otros mandatos mucho más cotidianos que se olvidan totalmente.

09/12/2015

Exención fiscal por trabajos desarrollados en el extranjero
Existe una cuestión de especial interés para aquellos trabajadores desplazados por sus empleadores fuera de España durante el ejercicio fiscal que ahora se acaba y es que la Ley del IRPF (Ley 35/2006 de 28 de noviembre), en su artículo 7.p, exime de tributar a los trabajadores residentes en España, por las rentas del trabajo generadas durante los desplazamientos al extranjero para prestar los servicios que sus empresas les encomienden.
La fundamentación jurídica pretendida por esta medida no es otra que incentivar, mediante la reducción de la carga fiscal soportada por los trabajadores desplazados, la internacionalización de los trabajadores españoles residentes en nuestro país, aumentando por tanto la competitividad y el desarrollo de las empresas españolas en el exterior.
Los requisitos para poder aplicar la mencionada exención son los siguientes:
1.Que se trate de trabajadores que tengan la consideración de residentes fiscales en España.
2.Que se produzca un desplazamiento efectivo del empleado al extranjero.
3.Que los trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero, añadiendo que cuando la entidad destinataria de los trabajos esté vinculada con la entidad empleadora del trabajador o con aquella en la que preste sus servicios, debe acreditarse que las funciones desarrolladas por el trabajador produzcan una ventaja o utilidad competitiva en la entidad no residente.
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08/12/2015

Todo Emprendedor debe considerar la viabilidad de su iniciativa de negocio, partiendo de dos tipos de capacidades o habilidades que debe poseer o adquirir para manejar su futura empresa:

- El saber hacer

- El saber gestionar

Resulta fundamental que se reúnan ambas capacidades, el “saber hacer” requiere complementarse con habilidades de gestión, ya que una gestión deficiente puede hacer naufragar un buen producto o servicio. De la misma manera, una buena gestión no es suficiente para alcanzar el éxito si no se presta de forma adecuada el servicio o se elabora un producto de calidad.

Dentro del Saber hacer, es importante que tu proyecto empresarial esté directamente relacionado con una actividad que te guste y te motive, ya que una de las claves del éxito de una empresa es la capacidad de dedicación.

Dentro del Saber gestionar, debes conseguir establecer prioridades para las tareas que hay que ejecutar en el día a día. Es una de las claves para lograr el éxito en el mundo de los negocios. Esta habilidad para separar lo importante de lo urgente, lo que tiene que estar en una fecha sí o sí, de lo que puede o debe esperar un poco más, se puede considerar casi una habilidad imprescindible para hacer para que funcione una empresa.

03/12/2015

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado el recurso de apelación del Ayuntamiento de Madrid contra una sentencia dictada por el Juzgado nº 8 de Madrid que anuló una multa de 200 € y la retirada de cuatro puntos impuesta a un conductor por rebasar un semáforo en rojo en la Av. de Filipinas, nº 18. Condena además al pago de 1.200 € de costas judiciales, porque la “fotografía en la que aparecen los datos distorsionados según el propio ayuntamiento, no es un medio de prueba válido”.

Según el fundamento de derecho tercero de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Ángel García Alonso, “es cierto que en la fotografía en la que se basa el ayuntamiento para imponer la sanción consta que el semáforo se encontraba en ámbar, tanto en el momento preciso en que el vehículo se encontraba a escasa distancia de la línea de detención, como cuando ya la había rebasado. Por lo que atendiendo a esta fotografía la sanción ha sido impuesta injustamente”.

En el recurso ahora desestimado, el Ayuntamiento de Madrid alegó que “el color del semáforo está distorsionado siendo en realidad rojo, ya que se corresponde con el color de las luces de frenado del vehículo que le precede”.

Sin embargo, este argumento ha sido rechazado de plano por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid con el siguiente argumento: “consta que el vehículo que le precede se dispone a entrar en un túnel, por lo que no sabemos si la luz trasera es de frenado o de alumbrado. En segundo lugar corresponde a la administración que impone la sanción acreditar indubitadamente los hechos, por lo que una fotografía en la que aparecen datos distorsionados según el propio ayuntamiento, no es un medio de prueba válido”. Por esa razón, la Sala desestima el recurso del Ayuntamiento de Madrid y le condena, además, al pago de 1.200 € de costas.

Esta nueva resolución judicial se suma al rosario de sentencias judiciales obtenidas por los letrados de la organización de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) a través de distintos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (núms. 3, 5, 10,19, 23, 25 y 34) y pone de nuevo en evidencia la falta de garantías del sistema utilizado por el Ayuntamiento de Madrid, desde noviembre de 2009, para captar supuestas infracciones por rebasar los semáforos en rojo en 26 intersecciones de la capital.

En marzo de 2010 AEA denunció que el Ayuntamiento de Madrid estaba imponiendo miles de sanciones por rebasar semáforos en rojo cuando éstos se encontraban el ámbar. Sin embargo, el entonces concejal responsable de seguridad, Pedro Calvo, quiso minimizar el alcance de la denuncia acusando a AEA de manipular las fotografías hechas públicas que evidenciaban que el Ayuntamiento de Madrid estaba imponiendo sanciones injustas al no constar acreditado que los semáforos estaban en fase roja.

“Afortunadamente -ha declarado el presidente de AEA, Mario Arnaldo- la justicia y nuestra pertinaz defensa de los legítimos derechos de los automovilistas madrileños, incluso ante los tribunales, han puesto en evidencia quién tenía razón”.

Arnaldo ha anunciado que “después de las elecciones su Asociación va a solicitar al nuevo equipo de gobierno municipal una “amnistía de multas” dada la existencia de numerosas irregularidades en la imposición y tramitación de cientos de miles de expedientes sancionadores, tal y como se puede evidenciar no sólo por ésta última sentencia del TSJM, sino también por la que obtuvimos del Tribunal Supremo declarando ilegales las multas en diferido impuestas en los cinco último años por el Ayuntamiento de Madrid”.

03/12/2015

La digitalización ha llegado para quedarse, pero todavía está lejos de que las empresas españolas le saquen todo el partido. El Instituto de Economía Digital de ESIC (ICEMD), a través de su primer estudio sobre las competencias digitales en la empresa española, concluye que el 63% de las empresas del país tiene implementadas las funciones digitales básicas, como web propia o página de Facebook y solo el 27% ha creado puestos específicos para desarrollarlas. Además, apenas el 28% de los directivos recibe formación de este tipo, y, según el director general del ICEMD, Enrique Benayas, “deben liderar de una vez este proceso”. El estudio identifica 11 perfiles digitales imprescindible para toda empresa que quiera ser digital. Para Benayas, los que tienen que ver con big data, relación con el cliente y ventas por internet, son las más críticas.

1 Analista web. La página web de una empresa puede ser un importante centro de datos. El estudio del ICEMD dice que el 96% de las empresas consultadas (una muestra de 442) la incorpora, y el analista se encarga de la medición e interpretación de los datos que en ella se presentan, e identificar tendencias: número de visitas, origen de éstas, tiempo de estancia del usuario en la web, medición de campañas especiales... Una vía para potenciar su papel.

2. Especialista en posicionamiento web. La web corporativa necesita visitas, y los buscadores son una fuente principal. Estar entre los primeros resultados de las búsquedas que tienen relación con ámbitos en los que opera la empresa es fundamental, y figura del SEO (search engine optimization, en inglés) es la respuesta. Él adaptará la web para ganar una importante cantidad de tráfico de internet.

3. Responsables en comercio electrónico. Las compras por internet generaron en España casi 16.000 millones de euros en 2014, un 25% más que hace un año, con las webs españolas acaparando el 55% de las mismas. Pero la figura de un responsable en este campo es de las menos implementadas en las empresas, con solo un 59% de ellas. Un área que, por su potencial económico para las empresas, “es de las que más impulso hay que dar”, según Enrique Benayas.

4. Responsable de contenido digital. Dotar a la página web de una organización de información y contenidos que puedan interesar a los potenciales clientes es una forma efectiva de atraerlos y fidelizarlos. No abusando de la publicidad propia y de las ventajas de los productos o servicios propios, sino generando temas que tengan relación con el área de actividad.

5. Web máster. Una página web no es otra cosa que el reflejo de la imagen de la empresa en internet. Por tanto, cuidar su diseño, adaptarla constantemente a las nuevas herramientas y arreglar los fallos que identifiquen los usuarios ayudará a construir una buena imagen de marca. Y la responsabilidad no recae en otro que en el desarrollador web.

6. Desarrollador de aplicaciones. El teléfono se ha convertido en la primera herramienta de acceso a internet en España, por encima del ordenador, según el INE. Desarrollar aplicaciones facilita la experiencia de los usuarios de este tipo de dispositivos, ganando en agilidad y rapidez.

7. Responsable de marketing digital. Será el encargado de hacer que la marca llegue al máximo de potenciales clientes, a través de estrategias de promoción y campañas, utilizando las herramientas digitales, como redes sociales y webs, adaptados a todos los soportes: smartphones, tabletas, televisiones inteligentes. Es una forma efectiva y barata para hacer que la marca llegue a muchos ojos y oídos.

8. Gestor de redes sociales. El 73% de las empresas encuestadas por el ICEMD dice tener página de Facebook, y el 60%, cuenta de Twitter. Pero apenas el 29% tienen a alguien con el perfil específico para gestionarlas. Lo que popularmente se conoce como community manager sabrá sacarle todas las posibilidades, respondiendo a las dudas de los clientes y haciendo más visible la empresa en estas redes, sobre todo entre los jóvenes.

9. Experto en comunicación digital. La estrategia digital de la empresa implica distintas disciplinas y perfiles profesionales, pero el lenguaje en todas ellas debe estar adaptado al medio y ser homogéneo entre todas ellas. Algo de lo que se encarga este profesional, que también identificará nuevas vías para hacer llegar el mensaje.

10. Business intelligence manager. Todos los datos que generen las estrategias y herramientas digitales de la empresa tienen que ser analizados, interpretados y utilizados para llegar, con menor margen de error, al cliente. En definitiva, el intérprete del big data.

11. Responsable de experiencia de cliente. No solo basta con ganar un cliente, sino que cada vez resulta más importante retenerlo. Su fidelización depende en gran medida de que la relación con los productos o servicios de la empresa esté libre de inconvenientes. Según el ICEMD, solo el 60% de las compañías tienen ocupado este perfil.

02/12/2015

VIDEO CORPORATIVO

02/12/2015

Video Corporativo.

02/12/2015

Dirección

Pinto
28320

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Martes 09:30 - 17:00
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