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Constituir una sociedad holding facilita la gestión de los grupos de empresasVentajas de la “holding”Es posible que uste...
16/01/2020

Constituir una sociedad holding facilita la gestión de los grupos de empresas
Ventajas de la “holding”

Es posible que usted participe en varias empresas junto a otros socios o familiares. Pues bien, si lo hace directamente en todas y cada una de ellas, plantéese constituir una holding: de esta forma, usted y los restantes socios participarán en una única sociedad (la holding) y será ésta la que participará directamente en el resto de sociedades.

Vea algunas de las ventajas de cambiar la estructura del grupo empresarial:

Con esta estructura se optimiza la tributación del grupo (es más fácil acogerse al régimen de consolidación fiscal).
También se optimiza la tributación de los dividendos y de las ganancias obtenidas por la posible transmisión de las sociedades filiales.
La holding también permite canalizar fondos de una sociedad a otra de una forma más eficiente.
Y los socios igualmente podrán acogerse a los beneficios fiscales de la empresa familiar.

El cambio de estructura puede realizarse sin costes fiscales, a través de una operación de “canje de valores”.

Próximas medidas laborales: El nuevo gobierno ha hecho público un documento que recoge las medidas que tiene previsto im...
16/01/2020

Próximas medidas laborales: El nuevo gobierno ha hecho público un documento que recoge las medidas que tiene previsto implantar durante la legislatura. Vea las medidas más destacadas en materia laboral:

Está previsto que se derogue el despido objetivo por faltas de asistencia (aunque estén justificadas).
Es posible que se derogue la prioridad aplicativa de los convenios de empresa sobre los convenios sectoriales.(Actualmente, en determinadas materias tasadas en la ley -como la cuantía del salario, por ejemplo-, las condiciones de trabajo de un convenio de empresa se deben aplicar aunque su regulación sea menos favorable que la del convenio del sector.
El documento indica que se limitará la capacidad de modificación unilateral de las condiciones del contrato por parte de la empresa.
También está previsto que se revise el mecanismo de inaplicación de los convenios colectivos, de modo que sólo pueda utilizarse el descuelgue salarial si se acreditan causas económicas graves.
Se reforzará el principio de causalidad en la contratación temporal y las sanciones aplicables a su uso fraudulento. Se persigue que la contratación indefinida sea la forma ordinaria de acceso al empleo.
Habrá cambios en la normativa sobre trabajo a tiempo parcial, para prevenir su uso fraudulento.
Se revisarán las causas del despido para hacer más precisa la definición de las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

05/11/2019

El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia, entiende que estos casos no pueden acogerse a la exención prevista en la ley

https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/10161401/10/19/El-Supremo-endurece-su-posicion-contra-el-blanqueo-y-des...
30/10/2019

https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/10161401/10/19/El-Supremo-endurece-su-posicion-contra-el-blanqueo-y-destaca-la-importancia-de-perseguir-este-delito.html?fbclid=IwAR3Hg1TUgyMkHYKU9sNW_fLbO6KWM-5gQeWqeQnEy4zhqtMwAOAbYzkr74g

El Tribunal Supremo destaca la importancia de perseguir el delito de blanqueo de capitales para evitar que se convierta en una actividad rentable. En una sentencia, el Supremo advierte de que este delito, ejecutado a gran escala, puede menoscabar el sistema económico y afectar al buen funcionamient...

04/10/2019

Tributos responde a las numerosas dudas que plantea el alquiler no convencional

03/10/2019

Autónomos y pymes tienen que presentar a lo largo de octubre diversos modelos para cumplir con sus obligaciones fiscales.

01/10/2019

Así lo indicó el presidente de Gestha, Carlos Cruzado, quien aseguró que el sistema tributario español "tiene problemas de equidad y de...

25/09/2019

PAGOS FRACCIONADOS DE IMPUESTO DE SOCIEDADES EN OCTUBRE

Entre el 1 y el 21 de octubre su empresa deberá realizar el segundo pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2019. Apunte. Por ello, tenga en cuenta lo siguiente:

Si desea domiciliar el pago, el plazo de presentación finaliza el día 16 de octubre.
Asimismo, si calcula sus pagos fraccionados según el "método de cuota", es posible que el importe a pagar en octubre no coincida con la cuantía ingresada en abril. Ello es debido a que los pagos fraccionados se cuantifican multiplicando por el 18% la cuota a ingresar (casilla 599) del último ejercicio cuyo período de liquidación haya finalizado. Apunte. Así pues, si su ejercicio social coincide con el año natural, en el pago a cuenta de octubre y en el de diciembre deberá tomar como referencia la cuota a ingresar del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2018 (mientras que en el pago a cuenta del pasado mes de abril tomó como referencia la cuota a ingresar del Impuesto sobre Sociedades de 2017).

¡Atención! Si el ejercicio que se toma como referencia tuvo una duración inferior a 12 meses (porque, por ejemplo, se decidió cambiar la fecha de cierre), los pagos fraccionados son del 18% de la suma de estas dos cuotas:

La cuota a ingresar del ejercicio partido (con una duración inferior al año).
La cuota a ingresar del ejercicio anterior, en la parte proporcional al número de días que le falten al ejercicio partido hasta alcanzar el año completo.

La regla anterior tiene una excepción: cuando el ejercicio partido de referencia es el primer ejercicio de la empresa o la cuota del ejercicio anterior fue cero. En ese caso, el pago fraccionado se calcula exclusivamente sobre la cuota del ejercicio partido, sin elevar al año.

“He recibido una carta de  HACIENDA”Últimamente, hay algunas empresas que han recibido cartas de Hacienda. La Administra...
06/08/2019

“He recibido una carta de HACIENDA”

Últimamente, hay algunas empresas que han recibido cartas de Hacienda. La Administración compara los ratios de su actividad con los de su sector, si no son similares, la Administración advierte de que la existencia de diferencias podría motivar el inicio de una comprobación...
Estas cartas no tienen validez legal alguna, ya que no suponen el inicio de ninguna comprobación. No obstante, con ellas Hacienda advierte a las empresas de la existencia de posibles inconsistencias, y les da la oportunidad de que regularicen su situación (declarando ventas no declaradas, por ejemplo) antes de que lo haga ella.
Cualquier duda puede ponerse en contacto con nuestro despacho y le ampliaremos la información sin ningún compromiso. En Agosto a partir del día 20 de 9,30 a 14 horas.

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