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Cascón puparelli ASESORÍA FISCAL, LABORAL, JURÍDICA Y CONTABLE

ORDEN IEM/1333/2023, de 20 de noviembre, por la que se establece el calendario de domingos y días festivos de apertura a...
05/12/2023

ORDEN IEM/1333/2023, de 20 de noviembre, por la que se establece el calendario de domingos y días festivos de apertura autorizada para los establecimientos comerciales en la Comunidad de Castilla y León, durante el año 2024.

https://economia.jcyl.es/web/es/comercio-artesania/horarios-comerciales-dias-apertura.html

Boletín Ofcial de Castilla y León
Núm. 229 Miércoles, 29 de noviembre de 2023

Horarios comerciales y días de apertura autorizada

31/03/2023

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE HOSTELERÍA DE SALAMANCA Años 2020-2025, aprobado por la Comisión Negociadora el pasado 21/02/2023
Podéis consultarlo accediendo al siguiente enlace:
https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/.../BOP-SA...
Si tienen alguna consulta pueden contactar con nosotros
a través de estos medios:
📩E-MAIL: [email protected]
📲WhatsApp 689401142
📞TELÉFONO: 923217933
o pueden acudir presencialmente en C/Cáliz nº11 1ºA (Salamanca)

23/09/2022

https://bocyl.jcyl.es/boletines/2022/09/23/pdf/BOCYL-D-23092022-1.pdf

DECRETO 35/2022, de 22 de septiembre, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2023.

Destaca para el año 2023 la festividad de Santiago Apóstol el 25 de julio, además de trasladar al lunes 2 de enero la festividad de Año Nuevo, otra de las novedades de este año es que no habrá día festivo por la fiesta del Día de la Comunidad.

1 de enero, Año Nuevo. Se traslada al lunes, 2 de enero.
6 de enero, Epifanía del Señor.
6 de abril, Jueves Santo.
7 de abril, Viernes Santo.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
25 de julio, día de Santiago Apóstol, patrón de España.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.

En la normativa que regula el establecimiento de los calendarios laborales, el 25 de julio es considerado festivo nacional sustituible, lo que significa que se aplica a toda España, pero las comunidades autónomas pueden cambiarlo por otro día que por tradición le sea propio.

26/07/2022

https://bocyl.jcyl.es/boletines/2022/07/25/pdf/BOCYL-D-25072022-20.pdf
Orden de la consejería de Industria, Comercio, Empleo, por la que se convocan las subvenciones para la consolidación del trabajo autónomo mediante el pago de cuotas de la seguridad social. (TARIFA PLANA PLUS).

BASES REGULADORAS:
https://bocyl.jcyl.es/boletines/2022/07/11/pdf/BOCYL-D-11072022-16.pdf

Con carácter general podrán ser BENEFICIARIOS:
- Personas incluidas en el Régimen Especial De La Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o Autónomos o en su caso, trabajadores autónomos que sean agrarios.
- Deben de haber estado acogidos a los " incentivos y medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo"

CUANTÍA:
- Seis meses adicionales del pago de la cuota de autónomos con las reducciones de contingencias comunes y profesionales
(en caso de trabajadores Agrarios, la subvención únicamente tendrá en cuenta contingencias comunes)
PLAZO, se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes, dependiendo del momento del alta,
PLAZO DE SOLICITUD del 26/07/2022 al 31/08/2022, ambos incluidos, para aquellas personas dadas de alta en este régimen entre el 2 junio del 2020 y 31 de enero de 2021, acogidas a una reducción de 12 meses
Se aplicará el mismo plazo para aquellas altas producidas entre el 2 de junio de 2019 y 31 de marzo del 2020, acogidas a una reducción de 24 meses.
PLAZO DE SOLICITUD del 3/10/2022 al 30/10/2022, ambos incluidos, para aquellas personas dadas de alta del 1 de febrero al 31 de marzo del 2021, acogidas a una reducción de 12 meses.
Se aplicará el mismo plazo para aquellas altas producidas entre el 1 de febrero al 31 de marzo del año 2020 y estuvieran acogidas a una reducción de 24 meses.

18/07/2022
21/04/2022

El pasado martes se aprobó la nueva norma que permite la ausencia de mascarilla en interiores. Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Ha entrado en vigor este miércoles 20 de abril, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
A partir de este momento con carácter general el uso de mascarilla es voluntario, con algunas excepciones:
Las mascarillas siguen siendo obligatorias en los Centros de salud, hospitales (excepto en la habitación si estás ingresado) y otros centros sanitarios, como fisioterapeutas, dentistas, podólogos, farmacias y ópticas, entre otros.
Residencias, pero solo para trabajadores y visitantes en las zonas comunes.
Todo ello aparece recogido más extensamente en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Transportes públicos: aviones, trenes, autobuses y taxis. Pero no es obligatorio en estaciones, aeropuertos y andenes.
En el trabajo, como norma general, la ley no obliga a tener que ponérsela, pero en este caso serán exigibles sí, una vez evaluados los criterios por los servicios de prevención de riesgos, justifican su uso por protección.
"La evaluación de riesgos del puesto de trabajo será la actividad que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas que deben implantarse, incluido el posible uso de mascarillas si así se derivara de la misma", señala la norma.
En todo caso, Sanidad recomienda “un uso responsable de la mascarilla”, especialmente para personas vulnerables (mayores de 60 años, mujeres embarazadas, pacientes inmunodeprimidos, personas con patologías previas..), siempre que no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.

BOE-A-2022-6449 Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

19/01/2022

El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Este bono se fija en 250 euros mensuales durante un plazo de 2 años para cada joven entre 18 y 35 años, siempre y cuando tengan una fuente regular de ingresos y los ingresos de la unidad de convivencia sean inferiores a 3 IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), es decir, como máximo, 24.319 euros en cómputo anual.
Esta ayuda se concede para alquileres con un límite de 600€ con carácter general, en algunos supuestos acordados por el Ministerio y la Comunidad Autónoma correspondiente, podría ascender a los 900 euros/mes.
En todo caso, para poder solicitarlo la vivienda deberá tener la consideración de vivienda habitual y permanente.

30/12/2021

Buenos días,
adjuntamos el enlace de la nueva publicación con respecto a la reforma laboral.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/30/pdfs/BOE-A-2021-21788.pdf

El BOE de 30/12/2021 publica el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. La nueva norma entrará en vigor (con excepciones) el día 31 de diciembre de 2021.

Con carácter general las empresas dispondrán de tres meses para adaptar los contratos temporales vigentes a la nueva legislación.

Se prorroga la vigencia del Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional hasta la publicación del SMI 2022

Cascón Puparelli os desea feliz navidad a todos
23/12/2021

Cascón Puparelli os desea feliz navidad a todos

04/11/2021

Dirección

C/Cáliz Nº11 1ºA
Salamanca
37001

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Lunes 08:30 - 14:30
16:30 - 19:30
Martes 08:30 - 14:30
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Miércoles 08:30 - 14:30
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Jueves 08:30 - 14:30
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