03/06/2026
Ante una inspección de Hacienda, la persona autónoma tiene unos derechos a los que puede acogerse durante todo el proceso:
- El inspector solo podrá acceder al establecimiento si cuenta con una autorización escrita del delegado de Hacienda de la zona o domicilio fiscal y el autónomo tiene el derecho de pedírsela antes de dejarle entrar.
Además, aunque cuente con esta autorización, podrá negarle el acceso si así lo cree consecuente y exigir una orden judicial.
- Según la Constitución, el domicilio particular es inviolable. Es decir, si el autónomo trabaja desde casa sí que será imprescindible esta orden judicial para llevar a cabo la inspección.
- En el caso de disponer de un asesor fiscal o de un abogado, el trabajador por cuenta propia tiene derecho a posponer el proceso hasta que esté presente.
- El autónomo puede exigir la documentación y acreditación del inspector.
- A no ser que una orden judicial diga lo contrario, el trabajador tiene derecho a exigir que la inspección se realice en horario comercial.
- El autónomo se puede negar a permitir el acceso a cajas fuertes, cajones con llave o similares que puedan contener documentos de carácter confidencial que pueden afectar a la intimidad, al derecho a la inviolabilidad de la correspondencia o al derecho a no declarar contra sí mismo. Para llevar a cabo este tipo de registros es necesaria una orden judicial.
- Al final de la inspección, cuando tenga que firmar las diligencias, el trabajador puede negarse a ello si cree que el documento falta a la verdad o tiene errores e incongruencias.
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