19/12/2017
ADVERTENCIA SOBRE LLAMADAS COMERCIALES.
Derechos que debemos conocer.
El trabajo más importante ante cualquier cumplimiento obligatorio es el asesoramiento para la prevención.
Asustar con sanciones para ganar clientes suele ser una práctica muy común por empresas poco especializadas, cuando el asesoramiento al cliente no es la principal finalidad del servicio o simplemente no disponen de asesores cualificados. Un riesgo que debemos evitar.
En Datoaseshor, entendemos que el cumplimiento en materia de Protección de Datos no es puntual, sino permanente mientras exista un tratamiento. Nuestro servicio incluye la asignación de un asesor personal encargado de su asesoramiento permanente, sin costes futuros anuales de mantenimientos injustificados.
Todas las empresas que realizan campañas comerciales masivas, tienen que cumplir con sus obligaciones legales a la hora de llamar por teléfono para hacer publicidad:
- La empresa está obligada a identificar el origen de los datos que está demostrando tratar con la llamada o gestión comercial.
- La empresa deberá informar claramente al consumidor de la identidad del vendedor, la finalidad comercial, las características esenciales del producto o servicio, el precio y el derecho de desistimiento del usuario.
- No podrán realizarse por sistemas automatizados, salvo que el consumidor lo haya autorizado expresamente.
- Están prohibidas las llamadas que se efectúen desde número oculto.
- El consumidor deberá tener la posibilidad de oponerse a las comunicaciones comerciales recibidas por fax, teléfono, correo electrónico u otros medios equivalentes. Si ya existe una relación el consumidor debe saber qué hacer para no recibirlas.
- En la primera comunicación que realice la empresa, deberá informar al consumidor, tanto de su derecho a oponerse a recibir nuevas ofertas como a obtener el número de referencia de dicha oposición. A solicitud de consumidor, el empresario estará obligado a facilitarle el justificante de haber manifestado oposición, que deberá remitirle en el plazo más breve posible. Como mucho, un mes.
- La empresa que realice la oferta publicitaria deberá conservar durante un año los datos relativos a los usuarios que se hayan opuesto al tratamiento de sus datos, junto con el número de justificante facilitado.
COMO CONSUMIDORES TAMBIÉN TENEMOS DERECHOS.
Las modificaciones del Texto Refundido de Defensa de Consumidores y Usuarios regulan los horarios en los que las empresas podían ofrecer sus productos a los usuarios por vía telefónica que solo pueden ser de 9 a 21 h. En festivos o fines de semana, No.
DATOASESHOR
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