17/04/2024
"MALOS TIEMPOS PARA LA LÍRICA"
Sentencia del Tribunal de Justicia de 11 de abril de 2024, (C-687/22), que resuelve la cuestión de la conformidad con la Directiva sobre marcos de reestructuración preventiva de la exclusión del crédito público en la exoneración del pasivo insatisfecho, (arts. 491.1 y 497.1 TRLC). La cuestión fue planteada por la sección 8ª de la Audiencia Provincial de Alicante, por Auto de 11 de octubre de 2022 bajo el marco del derecho previgente, constituido por la redacción original del Texto Refundido de la Ley Concursal de 2020; por tanto, antes de la incorporación al Derecho español de la Directiva, que tuvo lugar por la Ley 16/2022, (actual art. 489.5).
Siguiendo la opinión del Abogado General, el TJ considera que el listado de exclusiones de créditos exonerables del art. 23 de la Directiva es una relación no exhaustiva, de modo que los Estados pueden incluir en el listado categorías de deudas cuando ello esté debidamente justificado conforme al Derecho nacional.
Finalmente, el TJ refuerza su argumentación sobre la obligación de los Estados de no comprometer los fines de las directivas desde su entrada en vigor cuando dicten disposiciones antes de que finalice el plazo de transposición, pero antes de su incorporación al Derecho interno. Para el caso concreto, la sentencia considera que la ausencia de una justificación expresa de la exclusión del crédito público en la versión inicial del TRLC, no compromete gravemente los fines de la Directiva.