V I D A L Assessors

V I D A L   Assessors Vidal Assessors és un despatx professional format per un equip d'advocats, economistes i graduats socials, que personalitzen i aporten resultats.

El fundador de l'empresa, José Vidal Cañameras, Doctor en Ciències Econòmiques i Empresarials, va iniciar les activitats l'any 1943 en un petit despatx situat al 3r p*s del Passatge Bastard de la ciutat de Terrassa. L'any 1969, les oficines es van traslladar definitivament a les instal·lacions actuals, on disposem de més de 1.000 metres quadrats útils, situades al Portal de Sant Roc, n° 33, de Ter

rassa. L'any 1985 es va transformar en la companyia mercantil DR. JOSÉ VIDAL CAÑAMERAS, SA i va ser a partir de l'any 1987 quan es va produir la definitiva integració societària i professional dels fills del fundador, que són els qui actualment dirigeixen i gestionen l'empresa. Durant l'any 2008 es va produir un nou canvi amb la finalitat de millorar l'organització a través de l'especialització en grups de serveis diferenciats en funció dels interessos dels nostres clients. Aquest fet va obligar a incorporar un espai nou d'oficines al primer p*s del mateix edifici. Finalment, l'any 2009 es va modificar el nom de la companyia mercantil i es va adaptar al de VIDAL SERVEIS D'ASSESSORAMENT I GESTIÓ, S.L.P.

22/10/2014

Facturas en tiempo real: Así funcionan

A partir de 2017 las grandes empresas deberán enviar en un máximo de cuatro días el detalle de las facturas emitidas o recibidas.

Controlar el pago del IVA 'en tiempo real'. Ese es el objetivo del Sistema Inmediato de Información que la Agencia Tributaria pondrá en funcionamiento desde el 1 de enero de 2017 y que obligará a las grandes empresas (más de 6 millones de euros de facturación) a enviar al fisco en un máximo de cuatro días hábiles el detalle de las facturas emitidas y recibidas en operaciones comerciales. Esa celeridad permitirá a los inspectores de Hacienda vigilar más estrechamente en el tiempo esta actividad (ahora se hace con un año de desfase como mínimo) y reducir así el fraude. «Se va a disciplinar más la relación con la Agencia respecto a las operaciones comerciales», aseguró este lunes el director general del organismo, Santiago Menéndez, durante la presentación del modelo, informa Colp*sa.

1.- No afecta a todos, solo a 62.000 contribuyentes

En realidad, este sistema no afectará a todos y solo será obligatorio para unos 62.000 contribuyentes. En concreto, deberán utilizarlo las grandes empresas, los grupos societarios a efectos de IVA y los inscritos en el régimen de devolución mensual de este impuesto (Redeme). En total, este colectivo representa el 80% de la facturación total de los sujetos pasivos de IVA. Para el resto de contribuyentes el uso de este sistema será voluntario.

2.- Enviar la información, no la factura

Los contribuyentes afectados deberán enviar la información de las facturas -no las facturas en sí- mediante la página web de la Agencia Tributaria. Dicha información incluirá datos esenciales (NIF, el importe, la fecha de devengo y expedición, la cuota deducible indicando si la operación corresponde a bienes corrientes o de inversión, periodo de deducción...). Para mandar todos estos datos tendrán un máximo de cuatro días desde la emisión o recepción de la factura. «Si se incumple cualquier obligación formal hay una consecuencia», aseguró Menéndez en referencia a una sanción. Además, el sistema elimina la posibilidad de hacer asientos resúmenes en el caso de los tiques, que deberán remitirse de la misma manera que cualquier factura al equipararse las obligaciones de información. Esto refuerza el control sobre las operaciones efectuadas en las cajas registradoras. Sin embargo, el control sobre los tiques no será tan exhaustivo al ser emitidos sobre todo por los pequeños comercios y estar estos exentos de utilizar este sistema.

3.- Se amplía el plazo de presentación

Por otra parte, se amplía el plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas de los 20 a los 30 primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual o trimestral, o hasta el final del mes de febrero en el caso de la liquidación mensual de enero.

4.- Ahorro de trámites

Según el director general de la Agencia Tributaria el nuevo sistema necesitará un margen para adaptarse por el desarrollo de los software correspondientes, tanto en la administración como en los contribuyentes. Sin embargo, destacó que lejos de ser un coste supondrá un «ahorro» y una «gran ayuda» para las grandes empresas al facilitar distintos trámites, como suprimir la obligación de presentar las declaraciones correspondientes a operaciones en libros registro (modelo 340), información de terceros (modelo 347) y resumen anual del IVA (390).

5.- Datos fiscales

Además, el nuevo sistema permitirá a la Agencia Tributaria crear unos datos fiscales que podrá utilizar el contribuyentes a la hora de presentar su declaración de IVA. De hecho, se elaborará un borrador de IVA similar al del IRPF que será enviado a estas empresas para agilizar todavía más los trámites. La Agencia Tributaria también recalcó que la implantación de este sistema supondrá una mayor agilidad para la comprobación de los datos y, por ende, las devoluciones del impuesto. Según explicó la Agencia Tributaria la agilidad será mayor cuando el cliente y el proveedor pertenezcan al colectivo de este sistema, ya que se podrán cruzar los datos con gran facilidad.

Fuente: http://www.finanzas.com/

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