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Accounting And Financial Solutions

Auditoria financiera y fiscal
Procesamiento de contabilidades
Evaluación e implementación de controles internos
Planeación Fiscal y estrategias fiscales
Auditoria externa permanente
Auditoria interna

Planeación fiscal Parte IIIObjetivos de la Planeación Fiscal:Entre los objetivos más importantes  o la finalidad de la p...
30/09/2020

Planeación fiscal Parte III
Objetivos de la Planeación Fiscal:
Entre los objetivos más importantes o la finalidad de la planeación tributaria están:
1. Lograr que la empresa tenga una mejor imagen desde el punto de vista fiscal ante las autoridades fiscales.
2. Procurar tranquilidad y confianza a los accionistas de la empresa, sabiendo que la misma está cumpliendo cabalmente con sus obligaciones fiscales.
Cumplir cabalmente, significa precisamente eso, ni más ni menos, procurando aprovechar los beneficios que implícitamente tiene la ley, así como los explícitos.
3. Reducción de la base del impuesto.
4. Diferimiento de los impuestos por pagar.
5. Recuperación de los saldos a favor.
6. Cumplimiento correcto de las obligaciones fiscales.
7. Certeza para planear en términos financieros.

Planeación fiscal Parte IIImportancia de la Planeación Fiscal:La planeación fiscal debe realizarse dentro del marco lega...
23/09/2020

Planeación fiscal Parte II
Importancia de la Planeación Fiscal:
La planeación fiscal debe realizarse dentro del marco legal, su implementación tiene como finalidad el desarrollo y permanencia de las entidades económicas mediante un plan de negocios, una adecuada planeación fiscal es importante porque permite:
1. Aprovechar los estímulos fiscales.
2. Aplicar lo permitido por las leyes.
3. Diferir el pago de las contribuciones.
4. Disminuir la carga fiscal.
5. Programar los resultados.
6. Evitar sanciones fiscales.
7. Propiciar el crecimiento, fortalecimiento y permanencia en el marcado.
8. Disminuir los efectos negativos de la competencia desleal.
9. Fomentar la creatividad de los directivos en cuanto al diseño de la empresa que desean tener, establecer retos mayores y la forma de alcanzarlos, siempre dentro del marco legal.
10. Tener una empresa fiscalmente sana.

Planeación fiscal Parte I¿Qué es la planeación fiscal?Se entiende por Planeación Fiscal a todas aquellas estrategias que...
16/09/2020

Planeación fiscal Parte I
¿Qué es la planeación fiscal?
Se entiende por Planeación Fiscal a todas aquellas estrategias que aplica los contribuyentes con el objetivo de reducir, eliminar o diferir las cargas tributarias, siempre dentro de los límites de la ley. En otras palabras la planeación fiscal busca lograr que los contribuyentes de determinados tributos paguen sus impuestos de forma justa, ni más, ni menos; adecuando su carga tributaria y minimizando su carga impositiva.
La planeación fiscal debe realizarse de forma estratégica, es decir debe desarrollarse una estrategia de acuerdo al alcance esperado por el cliente, podemos decir entonces que la estrategia puede ir encaminada a:
1. Una herramienta que permita al cliente establecer de forma anticipada su situación fiscal durante un período determinado de un año hasta 5 años, aprovechando los distintos escenarios tributarios que las leyes permitan para optimizar su carga impositiva; convirtiéndose en una herramienta no solo fiscal sino financiera ya que permitirá al cliente prever período de iliquidez, y de esta maneta evitar contingencias fiscales, omisos, etc.

2. Una herramienta que permita determinar el costo impositivo de un nuevo negocio o proyecto que el cliente desea realizar y de esta manera determinarla viabilidad del proyecto, por lo cual debe buscar el mejor escenario que permita optimizar su carga tributaria o fiscal.

RTU 100%De acuerdo con el artículo 120 del Código Tributario, es necesario actualizar por lo menos una vez al año por lo...
07/09/2020

RTU 100%
De acuerdo con el artículo 120 del Código Tributario, es necesario actualizar por lo menos una vez al año por los medios que la Administración Tributaria ponga a disposición, más información ingresar al siguiente link:

– Es la nueva herramienta de SAT que te permite realizar solicitud de NIT, actualización de datos y cese de actividades comerciales desde cualquier dispositivo electrónico (computadora, Tablet, teléfono móvil).

“Retiros de Fondos Efectuados por Propietarios de Empresas Individuales para Gastos Personales”1. ¿Puede un propietario ...
03/09/2020

“Retiros de Fondos Efectuados por Propietarios de Empresas Individuales para Gastos Personales”
1. ¿Puede un propietario de una empresa individual, otorgarse un salario, que quede registrado en la contabilidad de la empresa como gasto del periodo?
2. ¿Se da la doble tributación al tener que pagar el Impuesto de Timbres Fiscales y de papel Sellado Especial para Protocolos, según lo establecido en el artículo 2 numeral 6., de dicha ley en los retiros de fondos efectuados por propietarios individuales de empresas?
3. ¿Existe obligación de registrar en la contabilidad de las empresas todas las cuentas bancarias que se encuentren a nombre del propietario?
4. ¿Deben pagar el Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, los retiros de fondos de las empresas o negocios para gastos personales?

Pasos para inscribirse en FELPara pasarse al régimen FEL, el usuario debe efectuar algunos pasos: para mayor información...
31/08/2020

Pasos para inscribirse en FEL
Para pasarse al régimen FEL, el usuario debe efectuar algunos pasos: para mayor información accede al siguiente link: https://portal.sat.gob.gt/portal/efactura/
• El contribuyente puede habilitarse para emitir FEL a través de la opción “Habilitarse como emisor”, disponible en Agencia Virtual/Factura Electrónica en Línea (FEL).
• Se debe habilitar una firma electrónica en el mismo portal de la SAT, que solo servirá para el régimen FEL, no para otros trámites.
• La SAT le asigna un código para su firma y esta queda enlazada a sus tributarios para FEL.
• Una vez habilitado, el contribuyente tendrá dos opciones: A través de Agencia Virtual donde la SAT funciona como certificador o por medio Certificadores (Opción para contribuyentes con facturación voluminosa).

Asiste Libros.El Lunes 31 de Agosto vence la presentación de Asiste Libros del primer semestre 2020, debe tomar en cuent...
27/08/2020

Asiste Libros.
El Lunes 31 de Agosto vence la presentación de Asiste Libros del primer semestre 2020, debe tomar en cuenta que al cargar sus compras y ventas debe realizarlo en un solo envío para que en la Constancia de Recepción queden reflejados el Total de Créditos y Débitos por lo que le recomendamos ingresar al siguiente link:;
https://portal.sat.gob.gt/portal/biblioteca-en-linea-sat/software/
Esta herramienta es utilizada por contribuyentes para la presentación electrónica del detalle de las compras y ventas conforme a lo establecido en el Decreto 4-2012 Artículo 23, en el cual se adiciona el Artículo 57 “D” de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Decreto Ley 48-83 Cuotas Patronales y Laborales IGSSTomar en cuenta que: las obligaciones de los patronos en cuanto al p...
26/08/2020

Decreto Ley 48-83
Cuotas Patronales y Laborales IGSS

Tomar en cuenta que: las obligaciones de los patronos en cuanto al pago al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), de las cuotas patronales, recargos y ajustes, prescriben por el transcurso de seis años, que principiarán a contarse a partir de la fecha en que el patrono debió hacer efectiva tal obligación. (Artículo 1)
Las cuotas laborales descontadas a los trabajadores por los patronos, son imprescriptibles. Para el efecto se presume que las mismas fueron descontadas oportunamente, salvo prueba legal en contrario por parte del patrono. (Artículo 2)

Modificación al Reglamento para la Administración del Riesgo Crediticio.La Junta Monetaria, a propuesta de la Superinten...
24/08/2020

Modificación al Reglamento para la Administración del Riesgo Crediticio.
La Junta Monetaria, a propuesta de la Superintendencia de Bancos, aprobó la modificación al Reglamento para la Administración del Riesgo de Crédito la cual conlleva beneficios para las micro, pequeñas y medianas empres, facilitara el acceso al crédito, impulsara la inclusión financiera y apoyara la reactivación económica. Para mayor información ingresar al siguiente link:

https://www.sib.gob.gt/web/sib/inicio?__cf_chl_jschl_tk__=d481b3db69187071f6e1e62f6aad95c84dc97a6c-1598281449-0-AZRP19cK-70O4ba9zajoddDC0d13HaJm_GMxC_wAYzffX36A9yW5T_KV7WUU2S2pqTbtgu6zEXL3bdtk_368pWPCzcAcizdQQaE7EdTenh5fcfH34c8JSk-FC1AJ_YO3mfCrBknmsxzrZxHvuoKq0ZMbDmXD9n4I8HWUp4a-BDFVFUPO8vkiqhioFKQc_C0R-WHbVIP3envEb6bki_cNTbxAx9YjgApyZ3daG4XBWhzHHbVKuJFsSpc-VmXVCyp8Om-q0My5G46WhphhyRNRaIs91RT6C1ABzLw7ixnxVqvf

Ahora ya no necesitamos ir a SAT a realizar nuestros tramites de manera personal.
20/08/2020

Ahora ya no necesitamos ir a SAT a realizar nuestros tramites de manera personal.

20/08/2020

Si ya está en el régimen FEL (Factura Electrónica en Línea), necesita proceder a inhabilitarse como EFACE, para el efecto utilice el formulario SAT-0318 disponible en Banca SAT. Utilizar el siguiente link:

18/08/2020

Plazo máximo para incorporación al Régimen FEL:
El plazo máximo de migración del Régimen FACE será el 31 de diciembre del 2020, por lo que deberán iniciar con la emisión de sus documentos en el Régimen FEL a partir del 01 de enero de 2021.
Encuentre la resolución de Directorio No. SAT- DSI-640-2020, en el siguiente link:
https://portal.sat.gob.gt/portal/descarga/6524/factura-electronica-fel/46215/resolucion-sat-dsi-640-2020-incorporacion-fel-emisores-face.pdf
Dicha disposición no aplicará a contribuyentes que fueron notificados para incorporarse a FEL en un plazo menor.

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