26/07/2026
*Opinión técnica sobre la sentencia de la Corte de Constitucionalidad que expulsó la “peligrosidad” del artículo 65 del Código Penal*
La reciente sentencia de la Corte de Constitucionalidad que declara inconstitucional la frase “la mayor o menor peligrosidad del culpable” y los “antecedentes personales del culpable y de la víctima” marca un antes y un después en la justicia penal guatemalteca. No es solo una corrección técnica: es una reorientación del sistema penal hacia el respeto estricto del principio de legalidad y del derecho penal de acto.
La Corte reconoce algo que los profesionales de la psicología forense venimos señalando desde hace años:
la peligrosidad es un concepto subjetivo, impreciso y científicamente insostenible para graduar p***s.
> La sentencia lo dice con claridad: la peligrosidad es una característica “eventual, endógena e indemostrable”, incompatible con la certeza jurídica que exige el artículo 17 constitucional.
Con esta decisión, Guatemala se alinea con los estándares de la Corte Interamericana y con la evolución moderna del derecho penal: no se castiga a las personas por lo que “son” o por lo que “podrían hacer”, sino por hechos comprobados y evaluados con metodología científica.
¿Por qué esta sentencia es una victoria para la justicia y para la ciencia?
1. Se elimina un resabio del derecho penal positivista
La peligrosidad nació como un concepto del siglo XIX, profundamente cargado de prejuicios sociales, morales y psicológicos. Su uso permitía que la pena dependiera de la “personalidad” del acusado, no del hecho cometido.
La CC lo reconoce: graduar p***s con base en peligrosidad es derecho penal de autor, prohibido en un Estado constitucional.
2. Se fortalece la objetividad en la individualización de la pena
A partir de ahora, los jueces deben fundamentar la pena únicamente en:
- móvil del delito,
- daño causado,
- circunstancias atenuantes y agravantes,
- hechos probados durante el juicio.
Nada de especulaciones sobre el futuro, ni interpretaciones subjetivas sobre la vida personal del acusado o de la víctima.
3. Se abre la puerta a evaluaciones periciales más científicas
La sentencia obliga a abandonar categorías como “peligrosidad”, “temibilidad”, “perfil criminal” o “riesgo futuro” cuando no están sustentadas en evidencia empírica y metodología válida.
Esto es un avance enorme para la psicología forense moderna.
El papel estratégico del consultor técnico en psicología forense
En este nuevo escenario, la participación de un consultor técnico se vuelve más relevante que nunca. ¿Por qué?
1. Para evitar que los dictámenes psicológicos sean usados de forma inconstitucional
Muchos informes clínicos y criminológicos aún incluyen términos como “peligrosidad”, “rasgos antisociales”, “probabilidad de reincidencia” o “tendencia agresiva”.
Después de esta sentencia, cualquier dictamen que utilice estas categorías puede ser impugnado.
Un consultor técnico garantiza que:
- el dictamen se ajuste a estándares constitucionales,
- se utilicen constructos psicológicos válidos,
- se evite lenguaje subjetivo que pueda contaminar la decisión judicial.
2. Para asesorar a jueces, fiscales y defensas en la correcta interpretación de la prueba psicológica
La psicología forense no es solo “hacer pruebas”: es interpretar científicamente la conducta humana dentro del marco jurídico.
Un consultor técnico ayuda a:
- identificar errores metodológicos,
- detectar inferencias indebidas,
- traducir conceptos psicológicos al lenguaje jurídico,
- evitar que la subjetividad influya en la pena.
3. Para construir estrategias de litigio basadas en ciencia y constitucionalidad
La sentencia abre una oportunidad para:
- impugnar dictámenes deficientes,
- cuestionar sentencias que usaron peligrosidad,
- fortalecer defensas y acusaciones con evidencia científica,
- elevar la calidad del debate judicial.
El consultor técnico se convierte en un puente entre la ciencia y el derecho, asegurando que la justicia se base en hechos, no en interpretaciones subjetivas.
- Conclusión
La Corte de Constitucionalidad ha dado un paso histórico: expulsar la peligrosidad del sistema penal y exigir que la individualización de la pena se base en hechos comprobados y criterios objetivos.
Este cambio no solo protege derechos fundamentales; también exige una psicología forense más rigurosa, más científica y más responsable.
En este contexto, la figura del consultor técnico en psicología forense deja de ser un lujo y se convierte en una necesidad:
un profesional capaz de garantizar que la ciencia psicológica se aplique correctamente, sin subjetividad, sin prejuicios y sin violaciones constitucionales.
Omar Rivera, Msc en Psicología Legal-Forense