10/10/2024
𝐶𝑜𝑛𝑐𝑒𝑑𝑒𝑟 𝑏𝑒𝑛𝑒𝑓𝑖𝑐𝑖𝑜 𝑑𝑒 𝑎𝑚𝑛𝑖𝑠𝑡𝑖́𝑎 𝑡𝑟𝑖𝑏𝑢𝑡𝑎𝑟𝑖𝑎 𝑚𝑢𝑛𝑖𝑐𝑖𝑝𝑎𝑙, 𝑣𝑒ℎ𝑖𝑐𝑢𝑙𝑎𝑟 𝑦 𝑒𝑛𝑒𝑟𝑔𝑒́𝑡𝑖𝑐𝑎.
✅ 𝐀𝐏𝐑𝐎𝐁𝐀𝐃𝐎: Artículo 1
𝑨𝒎𝒏𝒊𝒔𝒕𝒊́𝒂 𝑻𝒓𝒊𝒃𝒖𝒕𝒂𝒓𝒊𝒂 𝑴𝒖𝒏𝒊𝒄𝒊𝒑𝒂𝒍
Se concede el beneficio de amnistía en todas las municipalidades del país hasta el 31 de diciembre del 2024, para el pago de intereses, multas y recargos causadas por la mora que vía administrativa o judicial esté acumulada al 1 de diciembre del año 2023, en el pago de todos los impuestos municipales, tasas y contribuciones, a las personas naturales o jurídicas, para que puedan enterar el pago de sus obligaciones tributarias, libres de intereses por mora, multas, cargos y recargos, en el período de vigencia del presente Decreto de Amnistía Tributaria Municipal, de conformidad con lo establecido en el mismo, autorizando a las Municipalidades para que dentro del período de vigencia de este Artículo puedan establecer los planes de pago, siempre que no sean mayores de un año.
De igual manera, las municipalidades que así lo dispongan, pueden otorgar un descuento de hasta el 20% del monto de la obligación principal, beneficio que deberá ser aprobado por la Corporación Municipal respectiva, individualmente.