Asesoria Integral Corporativa Rodal Oseguera

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11/02/2021

Entre las reformas realizadas al Código Fiscal de la Federación, se encuentra la realizada a la fracción II del apartado B del artículo 27, relativa a la obligación a cargo de los contribuyentes para registrar y mantener actualizada una sola dirección de correo electrónico y un número telefónico del contribuyente.
Por lo que es importante considerar los plazos contenidos en los artículos transitorios Cuadragésimo Segundo y Cuadragésimo Sexto de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, en que se dispone que los contribuyentes que para habilitar su buzón tributario hubieren señalado un solo medio de contacto, ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico, como mecanismo de comunicación, deberán actualizar sus medios de contacto adicionando el que les haga falta, a más tardar el 30 de abril de 2021.

El SAT considera indebido que un contribuyente niegue la emisión de una factura cuando ésta no se solicita en el momento...
10/02/2021

El SAT considera indebido que un contribuyente niegue la emisión de una factura cuando ésta no se solicita en el momento y se hace con posterioridad, y establece como plazo el mismo año en que se realizó la operación.
Técnicamente no existe un fundamento legal que soporte esta afirmación del SAT, pero es su criterio y es importante conocerlo. Compartimos el siguiente artículo relacionado.

Recomendación del SAT genera dudas ante las obligaciones reglamentadas.

En atención a que mediante comunicado de prensa número 008/21, de 7 de enero de 2021, el Instituto Nacional de Estadísti...
10/02/2021

En atención a que mediante comunicado de prensa número 008/21, de 7 de enero de 2021, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) dio a conocer la actualización del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que entrará en vigor a partir del 1 de febrero de 2021, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente publicó el monto máximo por el que se puede brindar el servicio de representación y defensa legal en esa Procuraduría a partir del 1 de febrero de 2021, siendo ésta de $ 981,339.00, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de su Ley Orgánica. Más información en

Sitio Oficial de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

El martes 12 de enero de 2021 entró en vigor la reforma de la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo o “home ...
10/02/2021

El martes 12 de enero de 2021 entró en vigor la reforma de la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo o “home office”. Se modifica el artículo 311 y se adiciona el Capítulo XII Bis, el cual regula esta figura.
El referido artículo 311 conceptualiza el teletrabajo como aquel que se ejecuta habitualmente para un patrón, en más del 40% del tiempo laboral, en el domicilio del trabajador o en un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo; en tanto que los artículos 330-A al 330-H establecen esta figura como una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, en lugares distintos al establecimiento del patrón, por lo que no se requiere la presencia física en el centro de trabajo.
Esta reforma dispone, entre otras cosas, que esta modalidad de trabajo puede revertirse, ya que el trabajador puede solicitar el regreso a la modalidad presencial.
Es cierto que las nuevas obligaciones de los patrones y trabajadores derivadas de esta forma de trabajo pueden resultar obvias y necesarias, pero ello no es suficiente, por lo que la Secretaría del Trabajo emitirá la Norma Oficial Mexicana (NOM), de cumplimiento obligatorio, para regular aspectos de seguridad y salud en esta modalidad.

BOLETÍN Número 002/2021

Finalmente  la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dio a conocer el tope para no enviar avisos de esquemas reporta...
09/02/2021

Finalmente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dio a conocer el tope para no enviar avisos de esquemas reportables al SAT, y el pasado 02 de febrero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo en el que se establece que NO serán aplicables las disposiciones de esquemas reportables a los asesores fiscales o contribuyentes que se ubiquen en alguna de las fracciones II a XIV del artículo 199 del Código Fiscal de la Federación, siempre que se trate de esquemas reportables personalizados, y el monto agregado del beneficio fiscal obtenido o que se espere obtener en México, no exceda de 100 millones de pesos.
Es de suma importancia considerar que las obligaciones a cargo de los asesores fiscales en materia de esquemas reportables podrán ser verificadas por la autoridad fiscal. Por lo que a partir del mes de febrero de 2021, en que los asesores presenten las declaraciones informativas, deberán estar más atentos a fin de no incurrir en infracciones.

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P 06500, Ciudad de MéxicoTel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

Justicia para los  niños con cancer. Fundación AOPAC A.C.
08/02/2021

Justicia para los niños con cancer. Fundación AOPAC A.C.

El Gobierno del Estado tendrá diez días hábiles, a partir de ser notificado sobre la resolución del amparo que tramitaron padres de familia de infantes del Programa de Niños con Cáncer y AOPAC, para que se...

El día 30 de diciembre de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica el ...
08/02/2021

El día 30 de diciembre de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica el diverso de estímulos fiscales región fronteriza norte y el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de los contribuyentes la aplicación electrónica mediante la cual se pueden presentar los avisos para aplicar los beneficios fiscales relativos al impuesto sobre la renta (ISR) e impuesto al valor agregado (IVA), que prevén dichos Decretos.
https://www.sat.gob.mx/tramites/94805/aviso-para-inscribirse-en-el-padron-de-beneficiarios-del-estimulo-region-fronteriza-norte-persona-fisica
https://www.sat.gob.mx/tramites/…

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