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03/10/2018

LA CANCELACIÓN DE UN CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL NO ES UN ACTO DEFINITIVO.

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa expuso una jurisprudencia al respecto.

Hay una serie de infracciones por las que el SAT puede cancelar tu certificado de sello digital, lo que te impedirá emitir facturas. Esto podría poner en desventaja tu negocio, pues, al querer deducir sus gastos, tus clientes podrían preferir a tu competencia.

Un certificado de sello digital emitido por el SAT quedarán sin efecto cuando lo ordene una resolución judicial o administrativa. Al menos eso es lo que dice el artículo 17 H (fracción II) del Código Fiscal de la Federación.

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, expuso una jurisprudencia en donde se explica que la cancelación de certificados es el primer paso de un proceso, por lo que no se puede interpretar como una acción definitiva.

Cuando detectan la existencia de una o más infracciones o se presente la omisión de declaraciones mensuales por parte de los contribuyentes, las autoridades fiscales tienen autorización de cancelar los certificados de sellos digitales. Ante esto, los contribuyentes tienen derecho a exigir el desbloqueo de los sellos.

Pero para poder tener derecho a conseguir un nuevo certificado, se debe llegar a la aclaración, en la cual se compruebe la inocencia y, en ese sentido, los tribunales están obligados a analizar.

Revisa la jurisprudencia.

Puedo pero no debo.
03/10/2018

Puedo pero no debo.

Puedo pero no Debo.

En tus sueños más atrevidos eres una especie de Robin Hood fiscal. Le robas a los ricos (el SAT) y le das a los pobres (tú). Pero, ¿qué tan probable es que tu sueño no se convierta en pesadilla?

Primero que nada debes saber que el artículo 55 de la Ley del ISR dice que las instituciones financieras tienen la obligación de proporcionar la información de los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes cuando el monto mensual por los depósitos en efectivo exceda los 15 mil pesos. Esto significa que, aunque no estés inscrito en el RFC, si el SAT descubre que no has pagado tu ISR, te invitará cordialmente a que lo hagas.

Digamos que estás trabajando en algo de manera informal. Normalmente, para depositar en tu cuenta te pedirían información o los documentos necesarios que demuestren que esta operación existe. Si tuvieras un negocio formal, esto no sería un problema porque contarías con dichos datos. Pero tú, que andas en moto sin casco para sentir el viento en el rostro, no te preocupas por cosas así, entonces no tienes esta información. ¿Es posible que el SAT no se dé cuenta de estos ingresos que tienes y por los que deberías pagar impuestos?

Si quien te está depositando hace pagos menores a 15 mil pesos, es probable que el SAT no se percate de ello. Así que si te mantienes por debajo del límite, podrías estar seguro, aunque en una de esas podrían decidir que de todas formas te van a investigar.

Algunas personas tienen cuentas en diferentes instituciones para evitar la fiscalización. La ley dice que los bancos deberán avisar si el contribuyente sobrepasa el límite de 15 mil pesos en diferentes cuentas de la misma institución. Si el dinero cae en varias cuentas separadas, tal vez nadie se entere.

Por último, si usas tu tarjeta de crédito para comprar todo lo que encuentras a tu paso es más fácil que caigas en las garras del SAT. Los bancos también deben informarle a la autoridad fiscal de los pagos que se hagan a estas tarjetas. Esto quiere decir que el SAT puede considerar estos pagos como lo que son: ingresos que no declaras. Toma tus precauciones.

Puedo pero no Debo.En tus sueños más atrevidos eres una especie de Robin Hood fiscal. Le robas a los ricos (el SAT) y le...
03/10/2018

Puedo pero no Debo.

En tus sueños más atrevidos eres una especie de Robin Hood fiscal. Le robas a los ricos (el SAT) y le das a los pobres (tú). Pero, ¿qué tan probable es que tu sueño no se convierta en pesadilla?

Primero que nada debes saber que el artículo 55 de la Ley del ISR dice que las instituciones financieras tienen la obligación de proporcionar la información de los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes cuando el monto mensual por los depósitos en efectivo exceda los 15 mil pesos. Esto significa que, aunque no estés inscrito en el RFC, si el SAT descubre que no has pagado tu ISR, te invitará cordialmente a que lo hagas.

Digamos que estás trabajando en algo de manera informal. Normalmente, para depositar en tu cuenta te pedirían información o los documentos necesarios que demuestren que esta operación existe. Si tuvieras un negocio formal, esto no sería un problema porque contarías con dichos datos. Pero tú, que andas en moto sin casco para sentir el viento en el rostro, no te preocupas por cosas así, entonces no tienes esta información. ¿Es posible que el SAT no se dé cuenta de estos ingresos que tienes y por los que deberías pagar impuestos?

Si quien te está depositando hace pagos menores a 15 mil pesos, es probable que el SAT no se percate de ello. Así que si te mantienes por debajo del límite, podrías estar seguro, aunque en una de esas podrían decidir que de todas formas te van a investigar.

Algunas personas tienen cuentas en diferentes instituciones para evitar la fiscalización. La ley dice que los bancos deberán avisar si el contribuyente sobrepasa el límite de 15 mil pesos en diferentes cuentas de la misma institución. Si el dinero cae en varias cuentas separadas, tal vez nadie se entere.

Por último, si usas tu tarjeta de crédito para comprar todo lo que encuentras a tu paso es más fácil que caigas en las garras del SAT. Los bancos también deben informarle a la autoridad fiscal de los pagos que se hagan a estas tarjetas. Esto quiere decir que el SAT puede considerar estos pagos como lo que son: ingresos que no declaras. Toma tus precauciones.

Atentos
27/09/2018

Atentos

Si eres de los que frecuentemente realiza sus compras con tarjetas crédito o débito, posiblemente te has percatado que e...
25/08/2018

Si eres de los que frecuentemente realiza sus compras con tarjetas crédito o débito, posiblemente te has percatado que en algunos establecimientos te han cobrado un porcentaje adicional por usar esta forma de pago.

Con esta acción los comercios te transfieren la comisión que los bancos les cobran por el servicio de la Terminal Punto de Venta (TPV), explica la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

La Condusef advierte que esta práctica por parte de algunas tiendas y restaurantes podría desincentivar el uso de plásticos, al dejar la percepción de que puede ser más costoso, y provocan que se prefiera el uso de efectivo.

¿Qué hacer?

La Condusef sugiere que presentes tu queja ante la institución bancaria, dueña de la TPV.

También se recomienda que canceles la compra o servicio y acudas a otro establecimiento, donde no se realice tal cobro.

MÉDICO ESPECIALISTA, DENTISTA, PSICÓLOGO, NUTRIÓLOGO, PSIQUIATRA, ETC.TE  LLEGO UN REQUERIMIENTO DEL SAT?TIENES TUS SELL...
06/08/2018

MÉDICO ESPECIALISTA, DENTISTA, PSICÓLOGO, NUTRIÓLOGO, PSIQUIATRA, ETC.

TE LLEGO UN REQUERIMIENTO DEL SAT?
TIENES TUS SELLOS DIGITALES CANCELADOS?
EL SAT O GOBIERNO DEL ESTADO TE EMBARGÓ TUS CUENTAS BANCARIAS?

SABES CÓMO SOLUCIONARLO?

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Eres Ginecólogo, Dentista, Psicólogo, Psiquiatra, Oftalmologo,  Pediatra,  Nutriologo, etc. Y te acaba de llegar una Car...
06/08/2018

Eres Ginecólogo, Dentista, Psicólogo, Psiquiatra, Oftalmologo, Pediatra, Nutriologo, etc.

Y te acaba de llegar una Carta Invitación del SAT, o requerimiento?
Te cancelaron tus sellos CFDI? o tienes inmovilizadas tus cuentas bancarias?

No lo pienses mas, asiste a este taller y te garantizamos que resolverás tus problemas fiscales.

Informes al 9982401629. ( últimos lugares)

En virtud de que el  SAT señala que el Sector médico se encuentra en el foco rojo  de evasión fiscal en MéxicoY ante el ...
03/08/2018

En virtud de que el SAT señala que el Sector médico se encuentra en el foco rojo de evasión fiscal en México

Y ante el objetivo de establecer una recaudación tributaria efectiva para 2018, el SAT advirtió a finales del año pasado que realizaría una “fiscalización más agresiva a este Sector.

Por lo que los Médicos, Dentistas, Psicólogos, Nutriólogos, estarán recibiendo durante el ejercicio, requerimientos, multas, cancelaciones de sellos CFDI, inmovilización de cuentas bancarias.

Es preciso que dicho sector se regularice e inicie una correcta planeacion fiscal.

MÉDICOS ESPECIALISTAS, DENTISTAS, PSICÓLOGOS Y NUTRIÓLOGOS, LOS PROFESIONALES QUE MÁS INCIDEN EN MALAS PRÁCTICAS HACENDA...
02/08/2018

MÉDICOS ESPECIALISTAS, DENTISTAS, PSICÓLOGOS Y NUTRIÓLOGOS, LOS PROFESIONALES QUE MÁS INCIDEN EN MALAS PRÁCTICAS HACENDARIAS, SEGÚN SEÑALA EL SAT.

SABES CÓMO SOLUCIONARLAS?

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AVISO IMPORTANTE: IMSS  A PARTIR DEL 1 DE JULIO, LOS BANCOS NO RECIBIRÁN ARCHIVOS DE PAGO SUA EN VENTANILLAS.El Institut...
14/06/2018

AVISO IMPORTANTE: IMSS

A PARTIR DEL 1 DE JULIO, LOS BANCOS NO RECIBIRÁN ARCHIVOS DE PAGO SUA EN VENTANILLAS.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) desplegó por la tarde del 13 de junio, dentro de su portal de Internet, un aviso importante mediante el cual informa a los empleadores que a partir del próximo 1 de julio de 2018 las entidades financieras autorizadas para recibir el pago de contribuciones de seguridad social dejarán de recibir en las ventanillas bancarias los archivos de pago en dispositivos USB o discos compactos que genera el Sistema Único de Autodeterminación (SUA).

Por lo anterior, quienes todavía presentan sus pagos en esa modalidad, a partir de la fecha mencionada deberán emplear las siguientes modalidades para enterar el importe de las cuotas obrero-patronales, aportaciones de vivienda y amortizaciones de crédito que correspondan, a saber:

1. Transferencia de los archivos de pago desde el portal bancario de la institución financiera (banca electrónica).

2. Ingresar al Sistema de Pago Referenciado (Sipare), para cargar los archivos SUA y obtener la línea de captura para pagar en ventanilla bancaria.

Para ello, primero será necesario registrarse en el Sipare y, posteriormente, cargar el archivo de pago para generar la línea de captura.

Ambos procesos son sencillos; sin embargo, el IMSS muestra cómo realizarlos en los siguientes videos tutoriales:

a) Registro: https://www.youtube.com/watch?v=_YcDPmEiOJ4&feature=youtu.be

b) Obtención de línea de captura: https://www.youtube.com/watch?v=HBlIPjZ7xTE&feature=youtu.be

Fuente: IMSS

Para mayor información visita http://www.imss.gob.mx/patrones/sua

04/06/2018

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