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Acerca del aguinaldo...
06/12/2022

Acerca del aguinaldo...

02/12/2022

SALARIO MÍNIMO 2023.

A partir del 1 enero 2023 el Incremento del 20% al salario mínimo de 172.87 a 207.44 pesos diarios. En la zona fronteriza Norte el aumento es de 260.34 pesos a 312.41 pesos diarios.

Te piden en tu trabajo tu constacia de situacion fiscal y no cuentas con la contraseña, Evita las filas largas Nosotros ...
14/06/2022

Te piden en tu trabajo tu constacia de situacion fiscal y no cuentas con la contraseña, Evita las filas largas

Nosotros te apoyamos con solo 60 pesos

como unico requisito CURP o RFC

numero 9989392693

29/12/2021

PERSONAS FÍSICAS RELEVADAS DE PRESENTAR EL AVISO DE CAMBIO DE AL RESICO

La Regla Miscelánea 3.13.3 señala que los contribuyentes Personas Físicas que de acuerdo a la Ley del ISR vigente al 31 de Diciembre de 2021 tributaban en el Régimen de AGAPE, estarán relevados de cumplir con la obligación de presentar el Aviso de Actualización de RESICO.
Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior, que no cumplan con los requisitos de los artículos 113-E y 113-G de la Ley del ISR, están relevados de cumplir con la obligación de presentar el Aviso de Actualización de Actividades Económicas, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el Padrón de Contribuyentes al 31 de Diciembre de 2021.
El contribuyente podrá formular las aclaraciones correspondiente aportando las pruebas necesarias que desvirtúen la actualización de sus datos en el RFC.

SALARIO MÍNIMO aumentará 22% en 2022.**Atentos a la publicación oficial por CONASAMI**En la zona libre de la frontera no...
01/12/2021

SALARIO MÍNIMO aumentará 22% en 2022.
**Atentos a la publicación oficial por CONASAMI**
En la zona libre de la frontera norte el salario mínimo general será de $260.34
y en el resto del país será de $172.87.

CFDI de tipo ingreso  Carta Porte  Regla 2.7.1.9. Para los efectos del artículo 29, penúltimo párrafo del CFF, los contr...
01/12/2021

CFDI de tipo ingreso Carta Porte

Regla 2.7.1.9. Para los efectos del artículo 29, penúltimo párrafo del CFF, los contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga general y especializada, que circulen por vía terrestre, férrea, marítima o aérea, así como los que presten el servicio de paquetería y mensajería, de grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos, así como de traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos, entre otros servicios que impliquen la transportación de bienes o mercancías, deben expedir un CFDI de tipo ingreso con los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF al que deben incorporar el complemento Carta Porte, que para tales efectos se publique en el Portal del SAT. El referido CFDI y su complemento amparan la prestación de estos servicios y acreditan el transporte y la legal tenencia de los bienes o mercancías con su representación impresa, en papel o en formato digital.CFDI de tipo ingreso

Si se cumplen los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, la incapacidad genera el derecho al pago de un subs...
22/11/2021

Si se cumplen los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, la incapacidad genera el derecho al pago de un subsidio. Los tipos de subsidios y sus características generales.

De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, las empresas deben pagar el aguinaldo antes del 20 de dicie...
16/11/2021

De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, las empresas deben pagar el aguinaldo antes del 20 de diciembre y si esto no sucede, podría haber penalizaciones.

SEGUROS DEL REGIMEN OBLIGATORIO(ARTÍCULO 11 LSS)
23/10/2021

SEGUROS DEL REGIMEN OBLIGATORIO

(ARTÍCULO 11 LSS)

Cancelación del CFDI en la Tercera RMF 2021Tercera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2...
22/10/2021

Cancelación del CFDI en la Tercera RMF 2021

Tercera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2021 y sus anexos 1 y 1-a

El pasado 18 de octubre del presente año, a través de la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se dio a conocer la cuarta versión anticipada de la Tercera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2021 y sus anexos 1 y 1-a, en la cual se observa una reforma a la regla 2.7.1.39.

De acuerdo a la RMF, dicha regla establece los supuestos por los que se pueden cancelar los CFDI sin aceptación del receptor, y entre los supuestos que establece, se encuentran los siguientes:

-Cuando los comprobantes amparen montos totales de hasta $5,000.00 y,
-cuando la cancelación se realice dentro de los tres días siguientes a su expedición

Estas disposiciones corresponden a las fracciones I y X respectivamente, mismas que dentro de la cuarta versión anticipada de la Tercera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal vigente, contempla los siguientes cambios:

I. Los que amparen montos totales de hasta $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N).

X. Cuando la cancelación se realice dentro del día hábil siguiente a su expedición.

Por tanto, una vez que se publique de forma oficial, quedaría reducido tanto el monto como el plazo para poder cancelar un CFDI.

De la mano con la delimitación de los CFDI de cancelación

Lo anterior, podría comprenderse considerando que, desde la iniciativa del proyecto de reformas fiscales, se viene previendo una delimitación a la cancelación de los comprobantes fiscales, así como también posibles sanciones para cuando dichos comprobantes no se cancelen dentro de lo que establezca el Código Fiscal de la Federación.

Entre más se acercan las fechas para que el paquete económico sea aprobado en general, más se prevé que los cambios serán inminentes; de igual forma, en tanto se vuelve oficial lo señalado por la cuarta versión de la Tercera Resolución de modificaciones, es importante que se comiencen a tomar en cuenta estos cambios a la regla 2.7.1.39., ya que difícilmente se estarían modificando.

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