01/08/2026
SE AMPLIA EL PLAZO DE ENTRADA EN VIGOR DE LA MANIFESTACION DE VALOR ELECTRONICA
Estimados clientes
Por medio del presente se les informa que el dia de hoy el Servicio de Administracion Tributaria publico la Tercera Version Anticipada de la segunda resolucion de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, misma que informa sobre una nueva prorroga para la entrada en vigor de la Manifestacion de valor, siendo lo mas relevante lo siguiente:
1. La transmisión opcional de la MVE se amplía hasta el 30 de septiembre, por lo que la obligatoriedad se traslada al 01 de octubre de 2026.
2. Los 3 anexos de la MVE: documento de transporte, certificado de origen y garantía por precios estimados, no serán necesarios digitalizarlos por la MV, siempre y cuando estos se transmitan como ED dentro del pedimento, este “beneficio” estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
3. En relación al anexo de “contratos”, se podrá utilizar el formato E15 “Información de contratos asociados a la Manifestación de Valor” (se adjunta), este “beneficio” estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.