Asesores Empresariales GN, SC

Asesores Empresariales GN, SC En 1987 se constituye GONZÁLEZ NUÑEZ Y ASOCIADOS, S.C. Trayectoria. La cartera de clientes es muy diversificada en giros y por tamaño de clientes.

en la Ciudad de México prestando servicios en las áreas fiscal, legal, contabilidad, auditoria, litigio fiscal, administración de nóminas y capacitación. Contamos con oficinas en el interior de la República en las Ciudades de Tampico, Tamaulipas, en Celaya, Guanajuato y en Villahermosa, Tabasco. Desde el año 2000 iniciamos un proceso interno permanente para trabajar bajo un programa de calidad y m

ejora continua. Sin duda, el desenvolvimiento de la Firma ha sido exitoso, brindando fuentes de empleo entre sus cuatro oficinas a más de cien personas. La mentalidad de los socios del Grupo GN es la de seguir avanzando despacio pero con pasos firmes, pretendiendo ser un ejemplo de profesionalismo, honestidad y trabajo arduo para el equipo que los apoya y para las generaciones venideras. GN Celaya inicia operaciones en 2004 ofreciendo los servicios de Contabilidad, Fiscal y Legal.

14/06/2012
25/05/2012

¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡FELICIDADES A TOD@S LOS CONTADORES PÚBLICOS, UN ABARZO MUY FUERTE EN SU DÍA!!!!!!!!!

UTILIDADES Los patrones personas físicas y morales están obligados a participar a sus trabajadores de las ganancias obte...
24/05/2012

UTILIDADES
Los patrones personas físicas y morales están obligados a participar a sus trabajadores de las ganancias obtenidas por sus empresas, teniendo como plazo para la entrega a más tardar dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba presentarse la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta 2011, que para tales efectos para este 2012 corresponde a las personas morales a más tardar el 30 de mayo, mientras que para las personas físicas les corresponde el 29 de junio; señalando además, que para empresas que dictaminan sus estados financieros si llegara a darse un aumento en la base para el reparto de las utilidades deberán presentar una declaración complementaria dentro de los 10 días siguientes a la conclusión de dicho dictamen y efectuar el reparto adicional.

La obligación es para la empresa y es derecho para el trabajador de conformidad con la propia Constitución en su Articulo 123, inciso A, fracción IX, donde establece que: "Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas, regulada de conformidad con las siguientes normas:...". Por otra parte, es regulado también por los artículos 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo.

La legislación laboral exceptúa al reparto de utilidades a aquellas empresas de nueva creación durante su primer año; las de nueva creación dedicadas a la elaboración de producto nuevo durante los dos primeros años de funcionamiento; las de industria extractiva de nueva creación durante el periodo de exploración; las instituciones de asistencia privada con fines humanitarios sin fines de lucro; el Instituto Mexicano del Seguro Social; las Instituciones públicas con fines culturales, asistencia y beneficencia; y por último, las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaria del Trabajo y Previsión Social por ramas de Industria y Comercio.

Los trabajadores que tiene derecho a reparto de utilidades son:

• Los de tiempo indefinido (de planta).

• Trabajadores de confianza siempre y cuando se tope su salario en un 20% del salario más alto del sindicalizado o de planta.

• Los trabajadores eventuales que hayan laborado cuando menos 60 días.

• Los ex trabajadores que hayan laborado en el ejercicio de reparto (ejercicio 2011).

En el caso de las madres trabajadoras incapacitadas durante los periodos pre y pos natales se computara este periodo como activo para efectos del reparto. De la misma manera ocurrirá para trabajadores incapacitados por riesgo de trabajo.

No participarán de las utilidades:

• Los directores, administradores y gerentes generales.

• Los trabajadores domésticos.

• Los trabajadores eventuales con menos de 60 días trabajados.

• Los prestadores de servicios independientes.

La renta gravable para las personas morales será de conformidad con el procedimiento de eliminación de efectos acumulables y deducibles establecido en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, mientras que para las personas físicas con régimen de actividades empresariales y profesionales e intermedio, será la utilidad fiscal determinada de la resta de las deducciones a los ingresos de conformidad con el artículo 130 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; y si se trata de Pequeños Contribuyentes la renta gravable se determinará con el factor de 7.35 aplicado al impuesto sobre la renta a su cargo del ejercicio. Una vez determinada la renta gravable, a esta, se le aplicará el porcentaje del 10% siendo éste el monto que corresponderá a los trabajadores. El porcentaje es fijado por la Comisión Nacional para Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

Para determinar el monto que corresponde a cada trabajador, será en función al tiempo trabajado en el año de cálculo y de acuerdo a su salario, por lo que, quienes hayan tenido mas días trabajados y mayor sueldo durante 2011, mayor será el ingreso a recibir.

Para efectos fiscales, del monto percibido por el trabajador, tendrá exento hasta 15 días de salario mínimo de la zona geográfica del contribuyente, donde por la diferencia en caso de existir, se pagaría el ISR por salarios. Para la empresa, el pago total de las utilidades tiene su repercusión al ser considerado como una partida disminuible de la base del ISR.

http://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/744083.asuntos-fiscales.html

Los patrones personas físicas y morales están obligados a participar a sus trabajadores de las ganancias obtenidas por sus empresas, teniendo como plazo para la entrega a más tardar dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba presentarse la declaración anual del Impuesto Sobre la R...

09/05/2012

Aumenta número de contribuyentes cumplidos en declaración anual: SAT
México, 8 May. (Notimex).- El jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, informó que este año hubo un incremento de 265 mil contribuyentes que presentaron su declaración anual en tiempo y forma.

En el marco de la ceremonia de nombramientos de los consejeros de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), precisó que esta cifra es adicional al número de personas que presentaron su declaración el año pasado dentro del plazo establecido.

'Hubo mucho más declaraciones este año, hubo 265 mil contribuyentes que el año pasado no declararon y que este año declararon en tiempo y forma', añadió el funcionario en entrevista.

Destacó que como resultado del avance en el número de contribuyentes cumplidos, en abril se incrementó la recaudación del Impuesto sobre la Renta (ISR) en 20 por ciento respecto al año pasado.

Además, gracias al correcto cumplimiento de la declaración anual 2011, que venció en abril pasado, el SAT estima devolver en total más de cuatro mil 700 millones de pesos en saldos a favor a cerca de 526 mil contribuyentes, con un promedio de entrega de 12 días.

Gutiérrez Ortiz Mena consideró que estas cifras muestran que el enfoque del SAT en favorecer el cumplimiento de los contribuyentes da muy buenos resultados.

Fuente:http://mx.finance.yahoo.com/noticias/aumenta-n%C3%BAmero-contribuyentes-cumplidos-declaraci%C3%B3n-195800702.html

12/04/2012

YA ESTAMOS A MITAD DEL MES DE ABRIL, SI TU ERES UNA PERSONA FÍSICA RECUERDA QUE ES TU OBLIGACCIÓN PRESENTAR TU DECLARACIÓN ANUAL....

EVITA CONTRATIEMPOR Y PRESÉNTALA LO MÁS PRONTO QUE PUEDAS...

SI TIENES ALGUNA DUDA, TE PODEMOS ASESORAR SIN NINGÚN COSTO!!!!!!!!

27/03/2012

Recuerde cumplir con sus obligaciones fiscales...
ÚLTIMOS DÍAS PARA PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL PARA LAS PERSONAS MORALES

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Privada Venustiano Carranza 119 602
Celaya
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