05/03/2026
SIMULACROS, IMPORTANTE TOMAR EN CUENTA
La referencia legal directa de la nueva obligatoriedad en Jalisco proviene de la reforma a la Ley de Protección Civil del Estado de Jalisco, específicamente en sus artículos 45, 46 y 73.
Aquí te detallamos que tomar en cuenta:
1. Documento Legal
Ordenamiento: Ley de Protección Civil del Estado de Jalisco.
Fecha de publicación de la reforma de los 3 simulacros: Fue aprobada y difundida ampliamente a partir de abril de 2023 (mediante el Decreto 29158/LXIII/23).
2. Artículos Reformados
La obligatoriedad de los tres simulacros anuales se fundamenta en:
Artículo 45: Establece la obligación para las dependencias, organismos y entidades de la administración pública de realizar cuando menos tres simulacros de evacuación por año, con un intervalo de 120 días naturales entre cada uno y en días hábiles.
Artículo 46: Extiende esta misma obligación (tres simulacros cada 120 días) a las negociaciones, empresas y centros laborales del sector privado.
Artículo 73: Dicta que los centros escolares (unidades internas de protección civil) deben realizar cuando menos tres simulacros por calendario escolar, distribuidos durante los periodos de clase.
3. Especificaciones Técnicas de la Reforma
Periodicidad: No se pueden hacer "seguidos"; la ley exige que pasen 120 días entre uno y otro para asegurar que la capacitación sea continua durante todo el año.
Día Hábil: La reforma subraya que deben realizarse en días laborables para que el ejercicio tenga un impacto real en la población que normalmente ocupa los inmuebles.
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