25/02/2026
¿Cuándo puedes NO pagar ISR por vender tu casa?
El artículo 155 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que no se efectuará el cálculo ni la retención del ISR por enajenación de casa habitación, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
🔎 En términos generales:
1️⃣ Que el inmueble sea casa habitación del contribuyente.
2️⃣ Que el monto de la contraprestación no exceda el límite previsto en la Ley (700,000 UDIS).
3️⃣ Que el contribuyente manifieste, bajo protesta de decir verdad, que no ha enajenado otra casa habitación en los 3 tres años inmediatos anteriores respecto de la cual hubiera aplicado la exención.
4️⃣ Que el fedatario público protocolice la operación y haga constar el cumplimiento de los requisitos fiscales.
📌 Si se cumplen estos supuestos, el notario no efectuará retención de ISR por la ganancia.