19/08/2026
⚖️ RESICO: la Suprema Corte fija un criterio importante
Si un contribuyente omite tres o más pagos mensuales o no presenta su declaración anual, puede dejar de tributar en RESICO desde que ocurre el incumplimiento.
Sin embargo, el SAT debe emitir y notificar un acto debidamente fundado y motivado que informe la actualización de sus obligaciones, garantizando así su derecho de defensa.
📌 Si fuiste excluido del RESICO o tienes dudas sobre tu situación fiscal, en GNH Corporativo de Negocios podemos analizar tu caso y orientarte sobre los medios de defensa procedentes.
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