29/05/2026
La SCJN determinó que la reforma constitucional de 2024 no modificó la naturaleza privada de los contratos de suministro eléctrico celebrados con la CFE.
El criterio reafirma que la CFE puede celebrar actos jurídicos en un plano de coordinación con los particulares y que las controversias derivadas de estos contratos deberán resolverse en la vía mercantil.
Una resolución que aporta certeza jurídica para empresas, usuarios y participantes del sector energético en México
🔗https://sjfsemanal.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2032189