18/08/2025
Reforma 2025 a la Ley Antilavado: lo que todos debemos saber
A mediados de 2025 entró en vigor una de las reformas más relevantes a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y al artículo 400 Bis del Código Penal Federal. Publicada el 17 de julio de 2025, la reforma otorga a la SHCP y al SAT la facultad de emitir disposiciones secundarias en los meses siguientes.
El propósito central es claro: fortalecer la eficacia del sistema de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT), alinearlo con los estándares internacionales del GAFI, cerrar brechas operativas y exigir a todos los sujetos obligados un enfoque basado en riesgos con controles automatizados.
Cambios esenciales
• Definiciones clave actualizadas. Se redefine la figura del Beneficiario Controlador (BC) —equiparable al beneficiario final o propietario real—, se incorpora el concepto de Personas Políticamente Expuestas (PEP) y de Riesgo, y surge la figura del Representante Encargado de Cumplimiento en actividades vulnerables.
• BC al 25%. El umbral de control efectivo baja a más del 25%, siendo obligatorio identificar y documentar al BC en todas las operaciones sujetas.
• Registro societario. Todas las sociedades mercantiles deberán registrar y actualizar la información del BC en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía cuando se transmitan o constituyan derechos sobre acciones o partes sociales.
• Nuevas actividades vulnerables. Se incluyen los desarrollos inmobiliarios y, en el caso de activos virtuales, se contemplan también las operaciones realizadas desde el extranjero con residentes mexicanos. Además, se homologan disposiciones para fideicomisos y fedatarios.
• Controles internos reforzados.
o Implementación de sistemas automatizados de monitoreo transaccional.
o Aplicación obligatoria de la metodología EBR (enfoque basado en riesgos).
o Auditorías internas o externas según el nivel de riesgo.
o Capacitación anual para directivos, órganos de administración y personal clave.
o Conservación de documentación por 10 años (antes eran 5).
• Avisos por operaciones inusuales. Deberán presentarse en un plazo máximo de 24 horas, incluso si la operación no llegó a concretarse.
• Prohibiciones con efectivo y metales preciosos. Se precisa la restricción para ciertos actos, aun cuando intervenga una entidad financiera, con posibilidad de ampliación vía reglas secundarias.
• Nuevo régimen sancionador. Se incorpora una “puerta de regularización”: la primera autocorrección, antes de una revisión, se exime de multa; en casos posteriores, la sanción puede reducirse hasta en un 50% si se corrige de manera espontánea.
• Contexto internacional. La reforma responde a la evaluación del GAFI y a presiones regulatorias externas, reforzando la coordinación entre la UIF, SHCP y SAT.
• Vigencia. Entró en vigor al día siguiente de su publicación. El SAT y la SHCP cuentan con hasta 12 meses para emitir y ajustar las Reglas de Carácter General (RCG).
Números clave para 2025
La UMA 2025 se fijó en $113.14 diarios, vigente a partir del 1 de febrero. Algunos umbrales relevantes son:
• 210 UMA ≈ $23,759.40 (avisos en activos virtuales).
• 4 UMA ≈ $452.56 (comisiones que detonan avisos en AV).
• 8,000 UMA ≈ $905,120 (operaciones con fedatarios).
• 4,000 UMA ≈ $452,560 (fideicomisos de garantía o traslativos de dominio).
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¿Qué busca México con esta reforma?
1. Eficacia real del sistema PLD/FT con controles tecnológicos y un enfoque basado en riesgos.
2. Transparencia societaria mediante la identificación y registro del Beneficiario Controlador.
3. Ampliación sectorial que cubra nuevas actividades y ajuste umbrales conforme al riesgo.
4. Sanciones inteligentes que fomenten la autocorrección voluntaria.
5. Coordinación interinstitucional entre UIF, SHCP, SAT y otras autoridades nacionales e internacionales.
Puntos críticos para los contribuyentes
A. Si realizas Actividades Vulnerables (AV):
• Refuerza tus procesos de identificación de clientes y documentación del BC.
• Aplica debida diligencia reforzada en el caso de PEPs.
• Implementa sistemas automáticos para monitoreo y reporte.
• Presenta avisos de operaciones inusuales en 24 horas.
• Respeta la prohibición de pagos en efectivo y metales preciosos en los casos previstos.
B. Si eres sociedad mercantil (aunque no realices AV):
• Diseña mecanismos para registrar y actualizar la información del BC en la Secretaría de Economía.
C. Si operas con activos virtuales:
• Cumple con los nuevos umbrales de aviso (210 UMA) y registra datos del originante, receptor y BC.
D. Notarios, corredores públicos y fideicomisos:
• Revisa los nuevos umbrales y ajusta tus procedimientos de aviso y documentación.
E. Todos los contribuyentes:
• Realiza un análisis de riesgos considerando clientes, productos, canales y regiones.
• Ofrece capacitaciones anuales a tu personal.
• Aprovecha la ventana de regularización antes de cualquier revisión para mitigar sanciones.
Ruta práctica en los próximos 90 días
1. Realiza un diagnóstico exprés frente a las modificaciones.
2. Define un plan de acción con responsables y fechas.
3. Ajusta o adquiere un sistema automatizado de monitoreo.
4. Actualiza tu manual de políticas internas y metodología EBR.
5. Asegura que todos los expedientes de clientes documenten adecuadamente al BC (>25%) y a PEPs.
6. Prueba tu flujo de avisos en 24 horas, incluyendo intentos de operación no concretados.
7. Mapea los eventos societarios que obligan a registrar el BC ante la Secretaría de Economía.
8. Realiza una capacitación piloto y auditoría interna según tu nivel de riesgo.
Con esta reforma, México busca cerrar espacios a la opacidad y consolidar un sistema PLD/FT moderno, transparente y eficaz. Para los contribuyentes, la clave será anticiparse: adaptar procesos, invertir en tecnología y fortalecer la cultura de cumplimiento.