29/01/2020
En qué consiste el subsidio a la Tenencia 2020?
Si eres persona física o jurídica colectiva no lucrativa y tu vehículo tiene un valor factura menor a 400 mil pesos sin IVA para autos, y un valor factura menor a 115 mil pesos sin IVA para motocicletas, y te encuentras al corriente, o bien, adeudas el ejercicio fiscal 2019 y te pones al corriente, paga sólo el refrendo.
¿Cuándo no es procedente el subsidio a la Tenencia 2020?
Cuando los pagos de derechos por servicios de control vehicular se realicen con posterioridad al 31 de marzo.
Los vehículos provengan de otra entidad.
Los contribuyentes propietarios de vehículos de servicio particular con placas de circulación expedidas en el ejercicio fiscal 2013 y anteriores no hayan cumplido con la obligación de realizar la renovación de placas durante el periodo de julio a diciembre del año 2019.
Los contribuyentes que tengan a deudos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos vigente en la entidad o de derechos de control vehicular de los ejercicios fiscales 2018 y anteriores.