15/02/2012
DEDUCCION DE COLEGIATURAS
Cientos de padres de familia solicitarán -en abril próximo- al Servicio de Administración Tributaria (SAT) deducir las colegiaturas de sus hijos desde nivel preescolar hasta bachillerato.
Por ello, en diversos colegios se ha incrementado la expedición de facturas o se han establecido la emisión de facturas electrónicas y/o el pago por medios electrónicos como la tarjeta de crédito.
"Antes nos pedían unas 10 facturas al mes y ahora se elaboran hasta 100", comentó el director del Colegio Avante, Jorge Herrero. Esta última medida, agregó el director Jorge Herrero, ha permitido que aumente en 30 por ciento la cobranza.
En tanto, en colegios como el Cedros que ya manejaban la facturación electrónica, sólo enviaron circulares para informar a los padres de la disposición y pedir que llenaran formatos con sus datos fiscales para las facturas.
"Sí vemos un incremento de solicitudes de facturas, pero tiene que ver también con que el colegio ha impulsado diversas formas de pago electrónicas. Un 50 por ciento de pagos se realizan vía electrónica", comentó Ana Martínez, asistente administrativo del colegio.
Algunos colegios incluso han establecido desde sus páginas vínculos a la página del SAT, para que los papás conozcan la información relacionada con este trámite.
El 4 de febrero de 2011, el Presidente de la República, Felipe Calderón, firmó el Decreto por el cual se autoriza a las personas físicas deducir sus gastos en colegiaturas, desde el nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente.
Las colegiaturas pueden ser del mismo contribuyente, su cónyuge, hijos, nietos o padres.
En tanto, la presidenta de la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF), Consuelo Mendoza, aseguró que en la ciudad se llevaron a cabo pláticas informativas sobre cómo realizar este procedimiento.
"Las mismas autoridades se han acercado a la Unión de Padres para dar información a los colegios y padres de familia para que puedan g***r de este beneficio.
"Los directores lo ven con buenos ojos porque implica que los padres tengan mejores perspectivas y pueda subir la matrícula", comentó.
Los comprobantes que expiden las escuelas deben incluir:
• Nombre del alumno, Clave Única de Registro de Población (CURP) y Nivel Educativo.
• El valor unitario de los servicios de enseñanza.
• Si el alumno es diferente a la persona que realiza el pago, se deberá incluir en los comprobantes fiscales la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de este último.
Los trabajadores no obligados a presentar declaración, pero que deseen deducir las colegiaturas, deberán avisar a su patrón en diciembre para que no haga el cálculo anual de impuesto, ya que lo deberá hacer él al momento de hacer su declaración anual.
Beneficio por colegiaturas
A partir de este año, los padres de familia que lleven a sus hijos a escuelas privadas podrán deducir del pago de impuestos el gasto que hacen.
¿Qué se incluye?
Sólo el pago de las colegiaturas (no incluye inscripciones, reinscripciones, uniformes, etc.).
¿Cuáles son los requisitos?
Las instituciones educativas deben tener autorización o reconocimiento de validez oficial.
Los pagos de colegiatura deben realizarse mediante cheque, traspasos de cuentas, así como tarjeta de crédito, débito o servicios.
La escuela deberá separar en el comprobante fiscal el monto que corresponda sólo a la colegiatura.
El alumno no debe tener beca o cualquier otro apoyo económico público para pagar colegiaturas.
¿Qué documentos debe presentar el contribuyente ante Hacienda?
Facturas emitidas por la escuela (enero a diciembre), firma Electrónica (FIEL) y declaración Anual.
Se puede encontrar más información www.sat.gob.mx.
Hay un límite
Montos máximos que se pueden deducir al año de acuerdo con el nivel escolar.
Preescolar $14,200
Primaria 12,900
Secundaria 19,900
Profesional técnico 17,100
Bachillerato o su equivalente 24,500
Cientos de padres de familia solicitarán -en abril próximo- al Servicio de Administración Tributaria (SAT) deducir las colegiaturas de sus hijos desde nivel preescolar hasta bachillerato.
Por ello, en diversos colegios se ha incrementado la expedición de facturas o se han establecido la emisión de facturas electrónicas y/o el pago por medios electrónicos como la tarjeta de crédito.
"Antes nos pedían unas 10 facturas al mes y ahora se elaboran hasta 100", comentó el director del Colegio Avante, Jorge Herrero. Esta última medida, agregó el director Jorge Herrero, ha permitido que aumente en 30 por ciento la cobranza.
En tanto, en colegios como el Cedros que ya manejaban la facturación electrónica, sólo enviaron circulares para informar a los padres de la disposición y pedir que llenaran formatos con sus datos fiscales para las facturas.
"Sí vemos un incremento de solicitudes de facturas, pero tiene que ver también con que el colegio ha impulsado diversas formas de pago electrónicas. Un 50 por ciento de pagos se realizan vía electrónica", comentó Ana Martínez, asistente administrativo del colegio.
Algunos colegios incluso han establecido desde sus páginas vínculos a la página del SAT, para que los papás conozcan la información relacionada con este trámite.
El 4 de febrero de 2011, el Presidente de la República, Felipe Calderón, firmó el Decreto por el cual se autoriza a las personas físicas deducir sus gastos en colegiaturas, desde el nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente.
Las colegiaturas pueden ser del mismo contribuyente, su cónyuge, hijos, nietos o padres.
En tanto, la presidenta de la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF), Consuelo Mendoza, aseguró que en la ciudad se llevaron a cabo pláticas informativas sobre cómo realizar este procedimiento.
"Las mismas autoridades se han acercado a la Unión de Padres para dar información a los colegios y padres de familia para que puedan g***r de este beneficio.
"Los directores lo ven con buenos ojos porque implica que los padres tengan mejores perspectivas y pueda subir la matrícula", comentó.
Los comprobantes que expiden las escuelas deben incluir:
• Nombre del alumno, Clave Única de Registro de Población (CURP) y Nivel Educativo.
• El valor unitario de los servicios de enseñanza.
• Si el alumno es diferente a la persona que realiza el pago, se deberá incluir en los comprobantes fiscales la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de este último.
Los trabajadores no obligados a presentar declaración, pero que deseen deducir las colegiaturas, deberán avisar a su patrón en diciembre para que no haga el cálculo anual de impuesto, ya que lo deberá hacer él al momento de hacer su declaración anual.
Beneficio por colegiaturas
A partir de este año, los padres de familia que lleven a sus hijos a escuelas privadas podrán deducir del pago de impuestos el gasto que hacen.
¿Qué se incluye?
Sólo el pago de las colegiaturas (no incluye inscripciones, reinscripciones, uniformes, etc.).
¿Cuáles son los requisitos?
Las instituciones educativas deben tener autorización o reconocimiento de validez oficial.
Los pagos de colegiatura deben realizarse mediante cheque, traspasos de cuentas, así como tarjeta de crédito, débito o servicios.
La escuela deberá separar en el comprobante fiscal el monto que corresponda sólo a la colegiatura.
El alumno no debe tener beca o cualquier otro apoyo económico público para pagar colegiaturas.
¿Qué documentos debe presentar el contribuyente ante Hacienda?
Facturas emitidas por la escuela (enero a diciembre), firma Electrónica (FIEL) y declaración Anual.
Se puede encontrar más información www.sat.gob.mx.
Hay un límite
Montos máximos que se pueden deducir al año de acuerdo con el nivel escolar.
Preescolar $14,200
Primaria 12,900
Secundaria 19,900
Profesional técnico 17,100
Bachillerato o su equivalente 24,500