25/04/2019
El 30 de abril vence el plazo para presentar la declaración anual del ISR de Personas Físicas por el ejercicio 2018.
PERSONAS FÍSICAS OBLIGADAS A PRESENTAR DECLARACION ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
Durante el mes de abril, están obligadas a presentar Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta, las siguientes personas físicas :
Asalariados: personas físicas que recibieron ingresos por salarios y están en alguno de estos casos:
Si obtuvieron ingresos de dos o más patrones durante el 2018.
Si dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2018.
Si recibieron ingresos anuales que excedan de 400 mil pesos.
Si obtuvieron ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones.
Si recibieron ingresos por indemnización o jubilación.
Estén inscritas en el Régimen de Servicios Profesionales, obtengan ingresos por su cuenta y emitan comprobantes de honorarios.
Quienes realicen actividades empresariales, incluidos los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y hayan enviado al SAT a más tardar el 31 de enero del 2018, el aviso de opción para realizar su pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad, según lo establecido por la Regla 3.13.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Las personas que obtienen ingresos por arrendamiento, esto es, cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
Quienes hayan recibido ingresos por intereses o dividendos.
Aquellas que enajenaron bienes o compraron algún bien inmueble.
Si obtuvieron ingresos por actividades de agricultura, ganadería, pesca y silvicultura (AGAPES).
Todas las personas físicas están obligadas a informar sobre préstamos, donativos y premios obtenidos en 2018, siempre que estos, en lo individual o en su conjunto, excedan de 600 mil pesos.