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¿El IMSS suspendió tu pensión? Exige el respeto al debido proceso administrativo.En un Estado de Derecho, ninguna autori...
18/07/2026

¿El IMSS suspendió tu pensión? Exige el respeto al debido proceso administrativo.
En un Estado de Derecho, ninguna autoridad puede privarte de una pensión sin respetar el debido proceso administrativo.

El Instituto Mexicano del Seguro Social está obligado a que toda resolución que suspenda, modifique o cancele una pensión se encuentre debidamente fundada y motivada, sea notificada conforme a la ley y respete el derecho de audiencia y defensa del pensionado.

Sin embargo, cada vez son más frecuentes los casos en los que el IMSS suspende pensiones de la Ley del Seguro Social de 1973 sin cumplir con estas garantías constitucionales, afectando gravemente el patrimonio y la estabilidad económica de miles de familias.

Cuando esto sucede, la suspensión no significa que hayas perdido tus derechos. Existen medios de defensa para impugnar estos actos ilegales y obtener el restablecimiento de la pensión, así como el pago retroactivo de las cantidades indebidamente retenidas.

En Bustos & Ponce Abogados hemos obtenido resoluciones favorables en las que el Poder Judicial de la Federación ha ordenado al IMSS dejar sin efectos la suspensión de la pensión y realizar el pago retroactivo correspondiente, demostrando que la legalidad y la justicia prevalecen cuando se ejercen los derechos de manera adecuada.

⚖️ Cada caso merece un análisis especializado.
Si tu pensión fue suspendida, reducida o cancelada, en Bustos & Ponce Abogados podemos revisar tu asunto y diseñar la mejor estrategia jurídica para proteger tus derechos.

Porque una pensión no es un privilegio; es un derecho que debe ser respetado.

📩 Bustos & Ponce Abogados
Especialistas en Derecho Laboral, Seguridad Social y Juicio de Amparo.
Defendemos tus derechos. Recuperamos tu tranquilidad.

8 de marzo | Día Internacional de la MujerEl 8 de marzo no es únicamente una fecha de conmemoración, sino un recordatori...
08/03/2026

8 de marzo | Día Internacional de la Mujer

El 8 de marzo no es únicamente una fecha de conmemoración, sino un recordatorio de la lucha histórica por el reconocimiento y la garantía efectiva de los derechos de las mujeres.

En el sistema jurídico mexicano, la igualdad y la no discriminación constituyen principios fundamentales del Estado de Derecho. El artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, prohibiendo toda forma de discriminación, incluida aquella basada en el género. Asimismo, el artículo 4° constitucional reconoce expresamente la igualdad entre mujeres y hombres ante la ley.

Estos principios se fortalecen con instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado mexicano, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará, que obligan a adoptar medidas efectivas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia y la discriminación contra las mujeres.

El Día Internacional de la Mujer nos invita a reflexionar sobre los avances logrados, pero también sobre los retos que aún persisten para alcanzar una igualdad sustantiva y una justicia verdaderamente incluyente.
Desde el ámbito jurídico, reafirmamos el compromiso de seguir promoviendo el respeto a la dignidad humana, la igualdad y el acceso efectivo a la justicia.
La igualdad no es sólo un ideal: es un mandato constitucional.

22/02/2026
20 de febrero | Día Mundial de la Justicia SocialHoy conmemoramos el Día Mundial de la Justicia Social, proclamado por l...
20/02/2026

20 de febrero | Día Mundial de la Justicia Social

Hoy conmemoramos el Día Mundial de la Justicia Social, proclamado por la Organización de las Naciones Unidas, como un recordatorio de que la dignidad humana, la igualdad y el acceso efectivo a los derechos no son privilegios, sino principios fundamentales de toda sociedad democrática.

La justicia social implica garantizar condiciones reales de igualdad, erradicar la discriminación, combatir la desigualdad estructural y asegurar el acceso al trabajo digno, la seguridad social y la tutela judicial efectiva.

En México, este compromiso encuentra sustento en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en los artículos 1° y 123, que reconocen los derechos humanos y los derechos laborales como pilares del Estado de Derecho.

Hablar de justicia social no es solo un ideal; es una responsabilidad colectiva.

Es trabajar todos los días por condiciones laborales más equitativas, por pensiones justas, por igualdad sustantiva y por el respeto irrestricto a los derechos de las personas.

⚖️ La justicia social no se concede, se construye.
Y se construye con compromiso, ética y defensa firme de la legalidad.

📌 Inconstitucional exigir 5 años de concubinato para acceder a pensiónRecientemente, diversos criterios judiciales han d...
12/02/2026

📌 Inconstitucional exigir 5 años de concubinato para acceder a pensión

Recientemente, diversos criterios judiciales han declarado inconstitucional el requisito de acreditar 5 años de concubinato para tener derecho a una pensión por viudez en el ISSSTE, cuando no existen hijos en común.

¿Por qué es inconstitucional?

Porque dicho requisito vulnera los principios de:

🔹 Igualdad y no discriminación (artículo 1° Constitucional).

🔹 Protección a la familia (artículo 4° Constitucional).

🔹 Seguridad social como derecho humano (artículo 123 apartado B y tratados internacionales).

Exigir un plazo mayor al que la propia legislación civil reconoce para que exista concubinato (en muchos estados 2 años), genera un trato desigual injustificado y desproporcionado. La Suprema Corte ha sostenido que el Estado no puede imponer cargas excesivas que limiten el acceso a derechos de seguridad social cuando la relación familiar ya está jurídicamente reconocida.

⚖️ ¿Qué implica esto?

Si el concubinato ya está acreditado conforme a la legislación civil aplicable, no puede imponerse un requisito adicional más restrictivo para efectos pensionarios.

📍 ¿Y qué pasa con el IMSS?

Bajo el principio de igualdad y el control de constitucionalidad y convencionalidad, este criterio debe aplicarse también en materia de pensiones del IMSS. No existe justificación constitucional para que una persona concubina tenga un estándar más gravoso dependiendo del régimen de seguridad social al que pertenezca su pareja.

La protección a la familia y el acceso a la seguridad social deben interpretarse de manera amplia y progresiva, no restrictiva.

🛡️ Si te negaron una pensión por no cumplir los 5 años de concubinato, es posible impugnar la resolución por inconstitucionalidad del requisito.
La seguridad social no es una concesión: es un derecho humano.

⚖️ GANAMOS CONTRA EL IMSS | AJUSTE DE PENSIÓN Y MODALIDAD 40 ⚖️Defendimos con éxito a un pensionado frente al Instituto ...
10/02/2026

⚖️ GANAMOS CONTRA EL IMSS | AJUSTE DE PENSIÓN Y MODALIDAD 40 ⚖️
Defendimos con éxito a un pensionado frente al Instituto Mexicano del Seguro Social, logrando el ajuste de su pensión, ya que el IMSS le otorgó un monto inferior al que legalmente le correspondía.
El Instituto se negaba a reconocer correctamente la Modalidad 40, argumentando que no procedía por la supuesta falta de pago de actualizaciones y recargos. Sin embargo, acreditamos que:

✔️ Las semanas cotizadas eran correctas y estaban plenamente reconocidas.

✔️ El pago de la Modalidad 40 fue válido y conforme a la Ley del Seguro Social.

✔️ El IMSS realizó una determinación incorrecta de la pensión, afectando el ingreso mensual del asegurado.
Como resultado, se obtuvo el reajuste del monto de la pensión, aumentando de manera permanente el ingreso del pensionado y restituyendo su derecho a una pensión justa.

📌 Mensaje importante:
No todas las pensiones otorgadas por el IMSS están correctamente calculadas. La Modalidad 40 sí genera derechos y puede ser defendida legalmente cuando el Instituto pretende desconocerla.

📞 Si ya estás pensionado o estás por pensionarte y tienes dudas sobre tu pensión, una revisión legal a tiempo puede marcar la diferencia.

Llamanos...

📌 Sentencia favorable en materia administrativaNuestro despacho obtuvo sentencia definitiva favorable, mediante la cual ...
05/02/2026

📌 Sentencia favorable en materia administrativa

Nuestro despacho obtuvo sentencia definitiva favorable, mediante la cual se decretó la nulidad lisa y llana de una multa impuesta por la PROFECO, al acreditarse la ilegalidad del acto administrativo impugnado.

El órgano jurisdiccional resolvió que la autoridad incurrió en violaciones sustanciales al procedimiento, así como en deficiencias de fundamentación y motivación, lo que actualizó la procedencia de la nulidad absoluta del acto sancionador, dejando insubsistente la resolución administrativa
Dicha determinación tiene como efecto jurídico la plena restitución de derechos del particular, eliminando de manera definitiva la sanción impuesta y sus consecuencias legales.

Reintegrando el costo de la multa y sus partes accesorias por mas de $100,000 pesos...

Este precedente confirma que el ejercicio de la potestad sancionadora del Estado está sujeto a control de legalidad, y que las resoluciones administrativas deben apegarse estrictamente al marco constitucional y legal aplicable.

⚖️ Defensa estratégica en materia administrativa.
📚 Control jurisdiccional de los actos de autoridad.

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