17/02/2026
RELACION DE LOS DOCUMENTOS QUE DEBES ENTREGAR AL AA
📌 Relación Jurídica entre Artículo 162 y RGCE 1.4.14
La Regla 1.4.14 de las RGCE 2026 toma como base directa la fracción VI del Art. 162 LA, formalizando un requisito de debida diligencia para el agente aduanal:
“Para los efectos del artículo 162, fracción VI de la Ley, el agente aduanal deberá integrar un **expediente electrónico con la información de los usuarios que le soliciten operaciones de comercio exterior”.”
📌 En términos prácticos esto significa que la Ley Aduanera (que contiene el Art. 162) otorga a la autoridad aduanera la facultad de exigir obligaciones específicas a los agentes, y las RGCE detallan cómo se cumplirán esas obligaciones.
📌 Contenido y Requisitos de la Regla 1.4.14 RGCE
La Regla 1.4.14 RGCE 2026 obliga al agente aduanal a integrar y conservar un expediente electrónico por cada usuario (importador o exportador) que solicite operaciones de comercio exterior. Este expediente debe incluir:
Documentación mínima del expediente:
Identificación oficial del usuario (importe/exportador).
Acta constitutiva o instrumento jurídico con modificaciones, incluyendo identificación del representante legal.
Datos de contacto (correo, teléfono).
Evidencia de domicilio y ubicación (puede incluir fotografías).
Constancia de situación fiscal y RFC.
Fotografía y evidencia de infraestructura y activos operativos (bodegas, maquinaria, equipo).
Declaraciones bajo protesta de decir verdad tanto del usuario como del agente aduanal que acrediten la verificación de datos y ausencia de vínculos con personas listadas por el SAT.
Cualquier otro documento con el que se acredite la obligación señalada en el Artículo 162, fracción VI LA.
📌 El expediente debe estar disponible para su requerimiento por parte de la autoridad aduanera, y la omisión o deficiencia en su integración constituye incumplimiento a las obligaciones del agente aduanal, lo cual puede llevar a sanciones incluyendo la cancelación de patente.
📌 Implicaciones Jurídicas Concretas
✅ a) Debida Diligencia y Verificación
Con la RGCE 1.4.14, la obligación del agente aduanal deja de ser simplemente documental y se convierte en una obligación verificatoria:
➡️ Debe comprobar y registrar que:
El usuario existe en realidad;
Tiene infraestructura física adecuada; Su operación no es simulada; Su situación fiscal es limpia conforme a criterios del CFF.
✅ b) Materialidad de Operaciones
El expediente electrónico fortalece el estándar de materialidad documental de las operaciones, en línea con el enfoque de fiscalización digital y trazabilidad documental que ahora exige la autoridad.
✅ c) Responsabilidad Legal y Riesgo de Sanción Si el agente aduanal no integra o no conserva el expediente según lo requerido: Podría ser considerada una infracción grave; Puede generar procesos administrativos que deriven en sanciones; Incluso puede ser causal de cancelación de patente de agente aduanal