Asesoria Especializada Cfa, S. C.

Asesoria Especializada Cfa, S. C. SERVICIOS CONTABLE, FISCAL Y ADMINISTRATIVA, IMPUESTOS, DECLARACIONES, ADMINISTRACION DE EDIFICIOS,

ASESORIA CONTABLE, FISAL Y ADMINISTRATIVA, IMPUESTOS, DECLARACIONES, CONTABILIDADES; ALTA DE NEGOCIO EN TODAS LAS DEPENDENCIAS DE GOBIERNO, ASESORIA EN EL IMSS, INFONAVIT.

18/03/2021

Amigos les informo, que ya viene la obligación de elaborar la Declaración Anual del 2020, con gusto les doy asesoría sobre la misma.
GASTOS DEDUCIBLES EN TU DECLARACIÓN ANUAL:
Honorarios Médicos, Dentales y Hospitalarios,
Honorarios Psicológicos y de Nutrición,
compra de Lentes ópticos con graduación,
Colegiaturas en Preescolar, Primaria, etc.,
Gastos Funerarios a nombre de la persona que elabora su Declaración,
Honorarios de Enfermera,
Gastos de Análisis médicos, y estudios clínicos con factura.

21/02/2020

Declaración Anual 2019.
Si eres Asalariado y tuviste alguno de los siguientes gastos, el SAT te devuelve parte del dinero de tus impuestos :
*Gastos médicos (dentista, psicólogo, nutrición, médico particular, compra de medicamentos )
*Gastos funerarios
*Créditos hipotecarios (INFONAVIT, FOVISSSTE, BANCO)
*Transporte escolar
*Pago de colegiaturas
Te podemos asesorar, contactanos!

Para los Reyes Magos
05/01/2019

Para los Reyes Magos

04/07/2018

Amplía el plazo para inicio de operación del servicio de cancelación de facturas hace 4 horas · Público El Servicio de Administración Tributaria informa que, derivado del interés de los contribuyentes y de sus proveedores de aplicaciones informáticas por cumplir con sus obligaciones fiscales, se amplía al 1 de septiembre el plazo para el inicio de operación del servicio de aceptación o rechazo de la cancelación de facturas.
Lo anterior, considerando el avance de los contribuyentes en el desarrollo de las aplicaciones que harán uso de este nuevo servicio y el de los trabajos que actualmente están desarrollando para cumplir con la emisión del recibo electrónico de pago.
El servicio de aceptación o rechazo de cancelación de facturas protege a los receptores contra la cancelación indebida y unilateral de facturas que amparan operaciones que realmente se han realizado e incluso que se han pagado. De esta manera, se aporta seguridad jurídica a las transacciones entre los contribuyentes y se protege el legítimo derecho a deducir o acreditar conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
La regla que dará sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos días de manera anticipada en el portal del SAT y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación.

25/05/2018

Felicidades a todos los contadores un abrazo especial a ustedes

25/04/2018

SAT amplía el plazo para presentar la declaración anual
Las personas físicas tenía originalmente hasta el 30 de abril para presentarla; sin embargo, ahora la fecha límite es el 15 de mayo.
Si aún no has presentado tu Declaración Anual correspondiente a 2017 tendrás más tiempo para hacerlo, ya que este miércoles el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que ampliará el plazo para las personas física a fin de que puedan presentarla más tardar el día 15 de mayo.
La medida fue anunciada primero por Osvaldo Santín Quiroz, jefe del SAT, a través de su cuenta de Twitter; y después en un breve comunicado explicó que eso se debe a que se encontraron inconsistencias en el llenado de los comprobantes de nómina y en atención al interés de cumplir por parte de los contribuyentes.
Con esto, la fecha original para presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de las personas físicas, originalmente prevista para el 30 de abril, ahora será el martes 15 de mayo.
Te puede interesar: 5 pasos que facilitarán tu declaración fiscal
En su comunicado, el SAT destacó que por primera vez se utiliza la información directamente de los comprobantes de nómina para prellenar los ingresos en la declaración anual; pero explicó que se identificaron inconsistencias en la información capturada por patrones y en el timbrado de algunos proveedores de servicios de facturación.
“Desde julio de 2017, el SAT trabaja junto con los patrones sobre estas inconsistencias, con el objetivo de que los contribuyentes puedan declarar. Lo mismo sucede con algunas aseguradoras y Afores que por diversas razones no habían enviado la información al SAT antes de abril”, explicó.
Asimismo, indicó que las personas físicas que perciben ingresos por salarios de un solo patrón no están obligadas a presentar declaración anual y si desean hacerlo puede ser en cualquier momento del año.
En su corte al 22 de abril, el SAT dio a conocer que se ha autorizado la devolución de 4,716 millones de pesos a casi 2.5 millones de contribuyentes que ya presentaron su declaración anual.

30/11/2017

Prorroga del Sat, en la Facturación version 3.3. al 1o Enero 2018. léanlo por favor.
Anuncia SAT Prorroga, para implementación de nueva factura electrónica 3.3.
Autor
Servicio de Administración Tributaria
Fecha de publicación
22 de noviembre de 2017.
• Como resultado de un constante diálogo e interacción con los contribuyentes, el SAT emite facilidades encaminadas a consolidar la adopción generalizada de la nueva versión de la factura electrónica.

• Se amplía el periodo de convivencia opcional de la nueva factura hasta el 31 de diciembre de 2017

• La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo de 2018
El Servicio de Administración Tributaria ha impulsado el rediseño de procesos para propiciar una interacción más oportuna, automatizada y transparente de los contribuyentes con la autoridad tributaria.

Las adecuaciones a la factura electrónica permitirán eliminar en los próximos años declaraciones informativas, ofrecer declaraciones mensuales pre llenadas de IVA, ISR y IEPS, así como reducir los requerimientos en materia de contabilidad electrónica.

En ese horizonte de gran alcance, el SAT reitera su convicción de que uno de los aspectos de mayor relevancia de los últimos años es el proceso de modernización de la factura electrónica y reconoce el esfuerzo de todos los sectores para sumarse a éste.

Estas mejoras a la factura, que iniciaron en 2016, se consolidan a partir del trabajo conjunto con asociaciones y agrupaciones empresariales, contadores públicos, desarrolladores de sistemas, proveedores autorizados de certificación y contribuyentes de todos los sectores de la economía.

Como resultado de esta cercanía y diálogo con el sector privado, y atendiendo a los avances en las acciones realizadas por los contribuyentes en los últimos meses para una adopción integral de las mejoras, el Servicio de Administración Tributaria informa:

1. A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.

2. La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.

3. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio del 2018.

4. Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.

5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.

Estas facilidades, favorecen la conclusión de la implementación generalizada de la nueva factura por parte de los contribuyentes, mediante esquemas de convivencia de versiones que permiten una migración gradual, de forma que las empresas puedan alinear sus procesos operativos con los de facturación de manera más natural y sistemática.

Es así que, como resultado de la suma de esfuerzos, los contribuyentes y el SAT impulsan la modernización tributaria en México, consolidándolo como referente internacional en materia de factura electrónica.

27/06/2017

servicios contables y fiscales para personas morales y personas fisicas

Dirección

Mexico City
06100DELEG.CUAUHTEMOC

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