19/01/2026
El artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es uno de los pilares más importantes del sistema jurídico mexicano, ya que coloca a la persona y su dignidad en el centro de la actuación del Estado.
Opinión personal fundamentada
Desde una perspectiva jurídica y social, el artículo 1º representa un avance significativo en la protección de los derechos humanos, especialmente tras la reforma constitucional de 2011. Al reconocer que todas las personas gozan de los derechos humanos establecidos tanto en la Constitución como en los tratados internacionales, México se alinea con estándares internacionales y fortalece el principio de universalidad de los derechos.
Un aspecto especialmente positivo es la prohibición de la discriminación, ya que enumera causas concretas (origen étnico, género, edad, discapacidad, orientación sexual, entre otras) y deja abierta la posibilidad de reconocer otras formas de discriminación. Esto demuestra una visión incluyente y progresista, acorde con la diversidad de la sociedad mexicana.
Asimismo, el principio pro persona, que obliga a interpretar las normas de la manera más favorable a las personas, es clave para garantizar una protección más amplia de los derechos humanos y limita abusos de autoridad.
Sin embargo, aunque el artículo 1º es sólido en el plano normativo, su principal reto está en la aplicación práctica. Persisten desigualdades, discriminación y violaciones a derechos humanos que evidencian una brecha entre lo que la Constitución establece y la realidad cotidiana. Esto no disminuye su valor, pero sí subraya la necesidad de fortalecer las instituciones, la educación en derechos humanos y la rendición de cuentas.