22/06/2021
Reforma Outsourcing
La iniciativa para llevar a cabo una reforma outsourcing 2021 (subcontratación laboral), después de ser discutida por el sector patronal, obrero y gobierno, fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado viernes 23 de abril de 2021.
Las exposiciones de motivos para crear estos cambios son entre otros, la violación de los derechos de los trabajadores, daño a la hacienda pública, afectación a los institutos de seguridad social y la competencia desleal contra empresas que cumplen con sus obligaciones.
Por lo que en esta reforma se prevé lo siguiente:
Se prohíbe la subcontratación de personal y solo se permitirá la de servicios y obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante a la que se dedique el contratante.
Las empresas que presenten los servicios u obras especializadas, deberán obtener un registro ante la STPS, para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social. Asimismo, las empresas que reciban estos servicios especializados deberán responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento.
Esta reforma se llevará en los siguientes plazos:
Un mes partir de la publicación de la reforma para que la STPS emita los lineamientos para el registro de las empresas de subcontratación especializada.
Publicados los lineamientos, las empresas tienen 3 meses para regularizarse y transferir a sus trabajadores, reconociéndolos como propios.
Cada 3 años las empresas tendrán que actualizar su registro ante la STPS.
En cuanto a las perspectivas en el tema de la PTU, la propuesta a la reforma al artículo 127 de la LFT contempla que el pago se realice con base en 90 días o sobre el promedio de los últimos 3 años, lo que resulte más favorable al trabajador.
Por su parte la ley del seguro social e INFONAVIT, contemplan la entrega de información trimestral y cuatrimestral respectivamente de los servicios especializados que las empresas utilizarán, y la responsabilidad solidaria que tendrán que cumplir en el supuesto de la sustitución patronal