Lic Marcos Garcia - Abogado

Lic Marcos Garcia - Abogado Licenciado en Derecho, con Maestría en Derecho Familiar y cursando Maestría en Derecho Laboral. Más de 10 años de experiencia en litigio.

Catedrático, conferencista y colaborador en secciónes legales en TV. Comprometido con una asesoría justa y accesible.

19/08/2026

Como cada miércoles en nuestra sección del programa Buenos Días Contigo , el día de hoy, estaré entrevistando al comandante Ricardo González Rodriguez, quien es actual Director de VialidadyTránsitodeMonterreyN.L, con quien platicare sobre "Los derechos que tienes en un percance vial y el trabajo de un Tránsito"

Compartenos tus dudas y preguntas para hacérselas llegar al titular

17/08/2026

¿TU FAMILIAR FALLECIÓ Y NO DEJÓ TESTAMENTO?

🚨 ¡MUCHA ATENCIÓN! Esto NO significa que los bienes pasen automáticamente a los familiares.

Estas son algunas de las preguntas que más recibimos:

❓ ¿Qué debo hacer si mi familiar falleció sin testamento?

❓ ¿Los bienes pasan automáticamente a los hijos o al cónyuge?

❓ “Mi papá siempre dijo que la casa era mía… ¿entonces ya es mía?”

❓ “Mis papás me dejaron unos terrenos. Tengo testigos que lo pueden comprobar, pero no hay nada por escrito… ¿qué puedo hacer?”

❓ “Mi mamá falleció, soy su único hijo y mi papá sigue vivo… ¿todo me corresponde a mí?”

📌 IMPORTANTE:
Cuando una persona fallece SIN TESTAMENTO, sus bienes no pasan automáticamente a quienes consideran que son sus herederos.
Es necesario iniciar un JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO, mediante el cual se determina legalmente quiénes tienen derecho a heredar y qué bienes forman parte de la herencia.

Durante este procedimiento se puede:
🔹 Determinar quiénes son los herederos.
🔹 Identificar los bienes que dejó la persona fallecida.
🔹 Realizar el inventario y avalúo correspondiente.
🔹 Atender la administración de la herencia.
🔹 Finalmente, realizar la partición y adjudicación de los bienes a quienes legalmente corresponda.

⚠️ Y ojo: que una persona haya dicho en vida “esta casa es para ti” no sustituye un testamento ni significa, por sí solo, que la propiedad ya te pertenezca.

Incluso cuando existe un solo heredero, es necesario realizar el procedimiento legal correspondiente para que los bienes puedan ser adjudicados formalmente.

👉 No dejes pasar el tiempo ni supongas que la propiedad ya es tuya. Una sucesión mal llevada puede generar problemas entre familiares y complicar la transmisión de los bienes.

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Puede llegarle a alguien que hoy está enfrentando precisamente esta situación. ⚖️

14/08/2026

¿Juicio o acuerdo? La mediación en los procesos familiares

Como cada miércoles, en nuestra sección jurídica de Buenos Días Contigo, transmitido por Canal 53 UANL, tuve el honor esta ocasión de entrevistar al Juez Fernando Puente Guerra, Titular del Juzgado Tercero Civil y Familiar Oral con residencia en Cadereyta, Nuevo León.

En esta ocasión abordamos un tema de gran importancia: “Juicio o acuerdo: la mediación en los procesos familiares”, hablando sobre la importancia de buscar acuerdos, especialmente cuando existen niñas, niños y adolescentes involucrados, privilegiando siempre su bienestar y el interés superior de la niñez.
Por que en los conflictos familiares, muchas veces ganar un juicio no necesariamente significa ganar como familia.

También platicamos sobre cuándo puede llegarse a un acuerdo dentro del procedimiento, qué efectos tiene y qué sucede cuando alguna de las partes incumple.

Agradezco al Juez Fernando Puente Guerra por su disposición y por compartir con nuestra audiencia información tan valiosa.

🎥No te pierdas la entrevista completa estará disponible próximamente en nuestras redes sociales.

⚖️ ¿TE PUEDEN ROMPER LA CERRADURA DE TU CASA POR NO PAGAR LA PENSIÓN ALIMENTICIA?Sí… pero únicamente bajo determinadas c...
12/08/2026

⚖️ ¿TE PUEDEN ROMPER LA CERRADURA DE TU CASA POR NO PAGAR LA PENSIÓN ALIMENTICIA?
Sí… pero únicamente bajo determinadas condiciones y con una orden judicial.

Y esto no te lo cuento como teoría.
Ayer nos tocó llevar a cabo una diligencia judicial de embargo con rompimiento de cerraduras, derivada de un procedimiento por incumplimiento de obligaciones alimentarias.

Las personas que se encontraban en el domicilio se negaban a permitir el acceso, por lo que fue necesario hacer efectiva la medida previamente autorizada por el Juzgado.

Pero aquí viene lo más importante:
🚨 ESTA ACCIÓN NO SUCEDE DE UN DÍA PARA OTRO.

Para llegar a una diligencia de esta naturaleza, previamente fue necesario:
🔹 Promover el procedimiento correspondiente de alimentos.
🔹 Obtener una sentencia o en su caso un convenio.
🔹 Acreditar el incumplimiento de la obligación alimentaria con el incidente correspondiente.
🔹 Requerir formalmente el pago.
🔹 Si no se paga el adeudo, se le solicita al Juez las medidas necesarias para hacer efectivo el cumplimiento.
🔹 Y finalmente llevar a cabo la diligencia de señalamiento y después de secuestro de bines, que sirven para pagar en parte o total el adeudo.

Por eso, cuando alguien dice:

❌ “No pueden entrar a tu casa.”
❌ “No pueden romper la cerradura.”
❌ “Eso es ilegal.”
❌ “Por una deuda de alimentos no te pueden embargar.”

La respuesta no es tan sencilla.

⚖️ Hay que revisar el expediente, la resolución judicial y, sobre todo, qué medida fue ordenada por el Juez y bajo qué circunstancias debe ejecutarse.
Un embargo judicial no es un acto arbitrario. Cuando existe una orden judicial y se cumplen las formalidades legales para su ejecución, las autoridades y quienes intervienen en la diligencia deben sujetarse a lo ordenado por el órgano jurisdiccional.

👀 Y AQUÍ ESTÁ LO INTERESANTE…
Muchas personas creen que una pensión alimenticia únicamente puede cobrarse mediante descuentos de nómina.
No necesariamente!
Cuando existe un incumplimiento, el procedimiento puede avanzar hacia medidas de embargo o en su caso encarcelamiento, dependiendo de las circunstancias particulares del caso y de lo que determine la autoridad judicial.

👉 Ayer nos tocó hacerlo realidad.

Y precisamente por eso decidí compartirlo: porque detrás de una fotografía de una cerradura forzada existe todo un procedimiento judicial que tuvo que llevarse a cabo previamente.

Así que, antes de creer lo que alguien te diga sobre tu caso:
Infórmate. Pregunta. Asesórate!!!

Porque desconocer tus derechos o dejarte llevar por información incorrecta puede hacer que un problema jurídico se vuelva todavía más complicado.

⚖️ ¿TIENES UN PROBLEMA DE PENSIÓN ALIMENTICIA, INCUMPLIMIENTO O ES TU INTENCION REALIZAR EL EMBARGO?

Te invito a recibir asesoría gratuita con un servidor y mi equipo de trabajo.

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📍 Visítanos: Emilio Carranza #235-Sur, entre Washington y Modesto Arreola, Centro de Monterrey, N.L.
Atención únicamente con previa cita.

11/08/2026

💰 ¿PRESTASTE DINERO Y AHORA
TE DAN LARGAS PARA PAGAR?

“Te pago mañana”…
“La próxima semana”…
“Ahorita no tengo”…
"Espérame tantito"...
Y así pueden pasar meses o incluso años mientras tu dinero sigue sin regresar. 😤

Si prestaste dinero y tienes un pagaré firmado, existen herramientas legales para exigir su pago.

⚖️ Mediante un juicio ejecutivo mercantil, puedes reclamar judicialmente el importe del pagaré, intereses moratorios he incluso los gastos que te genero el procedimiento y, cuando legalmente proceda, solicitar el embargo de bienes, cuentas bancarias, sueldos u otros derechos susceptibles de embargo, con el objetivo de hacer efectivo el cobro.

🔴 ¿Y si el pagaré tiene aval?
El aval también puede quedar obligado al pago en los términos de la garantía otorgada, por lo que legalmente puede reclamarse el adeudo al aval, además del deudor principal, cuando corresponda.

⏳ ¡Ojo con el paso del tiempo!
La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en su artículo 165, establece que la acción cambiaria prescribe en tres años, contados a partir del vencimiento del título.

Por eso, si tienes un pagaré vencido y no te han pagado, no dejes pasar el tiempo.

💡 Tener un pagaré firmado te da una herramienta legal para reclamar tu dinero, pero es importante actuar oportunamente y revisar cada caso en particular.

⚖️ CONOCE Y HAZ VALER TUS DERECHOS

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👉 ¿Te deben dinero?
Mándanos un mensaje y revisamos tu caso.



¡demanda ya y evita perder tu dinero!

"Hacer lo que amas es una fortuna; poder compartirlo, una bendición"Además de mi ejercicio profesional, tengo la fortuna...
10/08/2026

"Hacer lo que amas es una fortuna; poder compartirlo, una bendición"

Además de mi ejercicio profesional, tengo la fortuna de dedicar parte de mi tiempo a la docencia, una actividad que disfruto profundamente y que representa para mí mucho más que estar frente a un aula.

Amo la abogacía y todo lo que implica ejercerla, pero la docencia ocupa un lugar muy especial en mi vida profesional. Tener la oportunidad de compartir conocimientos, experiencias y aprendizajes con quienes se están formando, y contribuir aunque sea un poco en el camino de quienes serán nuestros futuros colegas, es una de las satisfacciones más grandes que me deja esta profesión.

Este tetramestre fue particularmente enriquecedor. Además de compartir nuevamente el aula con mis alumnos de Derecho, tuve la oportunidad de impartir clases a un grupo de Criminología Forense, lo que me permitió conocer nuevas perspectivas, escuchar distintas inquietudes y aprender también de ellos. Porque la enseñanza, al final, siempre es un intercambio: uno comparte lo que sabe, pero también aprende de quienes tiene enfrente.

Ha sido un verdadero honor acompañarlos durante este periodo y compartir con ustedes parte de los conocimientos y experiencias que me ha dejado mas de 10 años el ejercicio profesional.
Nunca dejen de prepararse. La preparación es una de las claves del éxito. Estudien, lean y fórmense en los libros, pero nunca olviden que la práctica también es indispensable para convertirse en verdaderos profesionales.

Espero que nuestros caminos vuelvan a coincidir, ya sea nuevamente en un salón de clases o, en el futuro, en el ejercicio de nuestra profesión.
Les deseo el mayor de los éxitos en todo lo que viene. Sigan aprendiendo, preparándose y ejerciendo su profesión con compromiso, ética y, sobre todo, con sentido humano.

Gracias por permitirme ser parte de su formación. ⚖️

05/08/2026

Como cada miércoles en nuestra sección del programa Buenos Días Contigo , el día de hoy, estaré hablando de "Murió sin dejar testamento...¿Quién se queda con su patrimonio?".
Compartenos tus dudas y preguntas al WhatsApp 811-639-1818 o al 81-3434-5211

⚖️UN DERECHO MÁS DEFENDIDO.En dias pasados concluimos, un procedimiento de ejecución de pensiones alimenticias que repre...
05/08/2026

⚖️UN DERECHO MÁS DEFENDIDO.

En dias pasados concluimos, un procedimiento de ejecución de pensiones alimenticias que representa el resultado de estrategia, seguimiento y trabajo jurídico.

En una primera momento en la sentencia, el Juzgado condenó al deudor alimentario al pago de $396,185.11 pesos, por concepto de pensiones alimenticias vencidas, adeudadas y no pagadas.

Sin embargo, mientras el juicio seguía su curso, el deudor continuó incumpliendo con su obligación, por lo que solicitamos al Juzgado que este incumplimiento lo tomara en cuenta para que también se incluyeran las pensiones que se habían seguido acumulando durante la tramitación del procedimiento.

Como resultado de esa petición, la autoridad actualizó el adeudo y finalmente condenó al deudor al pago de $438,395.89 pesos, además de ordenar el requerimiento de pago y el embargo de bienes en caso de incumplimiento.

📌 Este asunto deja una enseñanza muy importante: iniciar un juicio no significa que la deuda se congele. Si el obligado sigue sin pagar, esas pensiones pueden seguir acumulándose y, cuando la ley lo permite, también pueden reclamarse.

¿Llevas meses o años sin recibir la pensión alimenticia de tus hijos?

❌ No dejes que el tiempo siga pasando.
⚖️ Infórmate, conoce tus derechos y permite que un equipo de abogados analice tu caso.

Cada asunto tiene una estrategia distinta y una solución jurídica diferente. La asesoría oportuna puede marcar la diferencia.

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Atención únicamente con cita previa.

Comprometidos con la defensa de los derechos de las familias y de quienes más lo necesitan

🚨 ¿TE DEMANDARON? NO COMETAS ESTE ERROR... 🚨Ignorar una demanda NO hace que desaparezca. De hecho, puede convertirse en ...
04/08/2026

🚨 ¿TE DEMANDARON? NO COMETAS ESTE ERROR... 🚨

Ignorar una demanda NO hace que desaparezca. De hecho, puede convertirse en uno de los errores más costosos que una persona puede cometer.

Todos los días atendemos personas que nos dicen:

❌ "Pensé que si no contestaba no pasaba nada."
❌ "Me dijeron que el juicio se iba a caer solo."
❌ "Creí que tenía mucho tiempo para responder."
❌ "Me dijeron que no pasaba nada."

La realidad es otra.

⚖️ Si recibiste una demanda, cada día cuenta. Existen plazos legales que no se pueden recuperar una vez vencidos.

¿Qué puede pasar si no contestas una demanda?

📌 En materia Civil
El juicio puede continuar sin tu contestación. Incluso puedes ser declarado en "rebeldía", perdiendo la oportunidad de hacer valer oportunamente tus defensas, excepciones y pruebas, conforme a las reglas previstas por la ley.

👨‍👩‍👧 En materia Familiar
Si se trata de un juicio de pensión alimenticia, divorcio, guarda y custodia, convivencias o patria potestad, el procedimiento no se detiene porque no contestes.
El juez continuará con el juicio y resolverá con base en las pruebas existentes y en el interés superior de niñas, niños y adolescentes, sin que tu "te defendieras".

💼 En materia Mercantil
Si eres demandado por un pagaré, un adeudo o un incumplimiento de contrato y no contestas dentro del término legal, el juicio seguirá su curso. Si la parte actora acredita su acción, el juez puede dictar una sentencia condenatoria y posteriormente iniciar la ejecución para el cobro de bienes o cuentas.

👷 En materia Laboral
La Ley Federal del Trabajo establece consecuencias procesales para quien no comparece o no ejerce oportunamente su derecho de defensa. El procedimiento puede continuar y el tribunal resolver con las pruebas existentes, lo que puede derivar en condenas al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones cuando la acción resulte acreditada.

🚫 Los 5 errores que NO debes cometer

✅ No ignores la demanda.
✅ No dejes pasar el tiempo.
✅ No creas cuando alguien te diga: "No pasa nada si no contestas."
✅ Conserva todas tus pruebas y documentos.
✅ Busca asesoría jurídica lo antes posible.

⚠️ Ser demandado NO significa que hayas perdido el juicio. Lo que sí puede hacerte perder es dejar pasar los plazos legales.

En muchas ocasiones, una buena estrategia jurídica presentada a tiempo puede cambiar completamente el resultado de un asunto.

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☎️ También puedes comunicarte a nuestras oficinas:
81-3434-5211 y 81-3434-5168.

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Atendemos únicamente con cita previa.

💬 Cuéntanos en los comentarios:
¿Conoces a alguien que haya ignorado una demanda pensando que "no pasaba nada"?

📤 Comparte esta publicación. Esa información puede evitar que un familiar o un amigo pierda un juicio simplemente por desconocer la ley.

"Mi esposo(a) no me quiere dar el divorcio."Es una de las frases que más escuchamos y que por desconocimiento, les impid...
03/08/2026

"Mi esposo(a) no me quiere dar el divorcio."

Es una de las frases que más escuchamos y que por desconocimiento, les impide seguir su procedimiento y poder tener la autonomía que ellas o ellos necesitan.

📌 La realidad es que nadie puede obligarte a permanecer casado(a). Si ya no deseas continuar con el matrimonio, no necesitas la autorización, el consentimiento ni la firma de tu pareja para solicitar el divorcio.

Muchas personas siguen "atrapadas" en relaciones que ya terminaron por miedo o por creer que dependen de la decisión de la otra persona.

⚖️ Conoce tus derechos.
Recuerda que también, dentro del juicio de divorcio puedes resolver temas como:
✅ Guarda y custodia de los hijos.
✅ Pensión alimenticia.
✅ Régimen de convivencias.
✅ Liquidación de bienes, cuando corresponda.

No permitas que la desinformación o el "capricho de un@" retrase una decisión importante en tu vida.

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🕘 Horario de atención:
Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 5:00 p.m.

💬Comparte esta publicación; puede ayudar a alguien que hoy cree que no tiene salida.

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