04/02/2026
📌 Conclusión Técnica Fiscal | Arrendamiento de Vehículos
De conformidad con el artículo 28, fracción XIII de la LISR, el monto máximo deducible para efectos de ISR por arrendamiento de automóviles es de $200.00 diarios por vehículo.
👉 Cualquier excedente no es deducible.