Soluciones Contables y Administrativas

Soluciones Contables y Administrativas No sabes cómo llevar tu contabilidad; necesitas facturar y llevar tu administración nosotros lo hacemos por ti “tus problemas son nuestros problemas”

Triste realidad 😆😆😆
28/09/2020

Triste realidad 😆😆😆

09/09/2020

Y ustedes como están entre sus ingresos y gastos???

Aviso a todos nuestros clientes por motivo de la situación actual les informamos que seguiremos atendiendo vía telefónic...
23/07/2020

Aviso a todos nuestros clientes por motivo de la situación actual les informamos que seguiremos atendiendo vía telefónica correo y chat oficial; y les hacemos el recordatorio que seguimos a la espera de las autoridades para reabrir nuestras instalaciones; para cualquier duda estamos a sus órdenes.

Atte
Trejo Consultores

Trejo Consultores les recuerda que estaremos atendiendo a nuestros clientes con previa cita y no se permitira la entrada...
19/06/2020

Trejo Consultores les recuerda que estaremos atendiendo a nuestros clientes con previa cita y no se permitira la entrada a nadie que no cuente con cubrebocas reglamentario y se estara sanitisando a la entrada de las instalaciones...... Por tu familia y la de las demas personas cuidate

Atte
TREJO CONSULTORES

20/03/2020

A todos nuestos clientes nos lamenta comunicarles que por motivo de fuerza mayor tendremos que cerrar el despacho fisicamente asta nuevo aviso por parte de las autoridades.... seguiremos atendiendo via electronia y telefonica y se realizaran las actividades normalmente de pago de impuestos y control contable; para cualquier duda estaremos atendiendo via chat, correo y telefono de 9 am a 7 pm...
Para Trejo consultores el vienestar de nuestro clientes es primero

Ups
17/03/2020

Ups

Ustedes conocen la Discrepancia Fiscal
30/12/2019

Ustedes conocen la Discrepancia Fiscal

24/12/2019
Cambios fiscales más importantes para 2020:1. ArrendamientoSe propone hacer obligatoria la emisión de facturas por parte...
23/12/2019

Cambios fiscales más importantes para 2020:

1. Arrendamiento
Se propone hacer obligatoria la emisión de facturas por parte del arrendador. También se establecerán juicios de arrendamiento de inmuebles, en donde se obligue al arrendatario a pagar rentas vencidas. No se autorizarán pagos vencidos al arrendador si éste no acredita haber expedido las facturas respectivas.

2. Ventas por catálogo
Para facilitar el cobro del Impuesto sobre la Renta (ISR) en las ventas por catálogo, las empresas mayoristas deberán retener el impuesto del vendedor particular. Esta retención será sobre la ganancia, tomando en cuenta el precio de venta al minorista y el precio de venta sugerido en los catálogos. Antes, el vendedor por catálogo estaba obligado a pagar directamente el impuesto al Servicio de Administración Tributaria (SAT), lo que complicaba su ejecución.

3. Ahorro
Para 2020 se propone elevar del actual 1.04 por ciento a 1.45 por ciento la tasa de retención por concepto de ISR para las inversiones en el sistema financiero. Dicho cobro no es sobre el interés obtenido por los ahorradores, sino sobre el capital. El Gobierno explicó que la actualización es debido a que el rendimiento neto (rendimiento nominal menos inflación) de los instrumentos financieros se ha incrementado.

4. Plataformas digitales
Todos los prestadores de servicios a través de plataformas digitales pagarán ISR mediante una retención de las plataformas. Para el sector de servicios de transporte terrestre de pasajeros, como Uber, así como entrega de bienes, se establecen tasas de retención mensual de 2 a 8 por ciento. Para la prestación de servicios de hospedaje, como Airbnb, de 2 a 10 por ciento. Para enajenación de bienes y prestación de servicios, que es la categoría general, de 3 a 17 por ciento. En tanto, las empresas digitales que se encuentren en el extranjero y que ofrezcan servicios de descarga de contenidos multimedia, almacenamiento de datos, intermediación entre terceros y de publicidad, tendrán que pagar vía electrónica 16 por ciento de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

5. Outsourcing
Las personas morales o empresa y las personas físicas con actividad empresarial que reciban servicios de subcontratación laboral estarán obligadas a efectuar la retención del IVA. El acreditamiento del IVA y la deducción de las erogaciones, tratándose de subcontratación laboral, procederá siempre que se cumpla con la obligación de retención y entero del impuesto.

6. Estrategias fiscales
Los asesores fiscales estarán obligados a reportar sus estrategias contables al SAT o serán multados hasta con un millón de pesos. La reforma pretende combatir las estrategias de planeación fiscal agresiva y aumentar la recaudación en consecuencia. El fisco tendrá 8 meses para determinar sí un esquema es válido o no.

7. Deudas empresariales
Se limitará a las empresas la deducción de intereses derivados de deudas. Esta medida que va en contra de las grandes compañías que adquieren préstamos muy altos. Se podrá deducir hasta 30 por ciento de los intereses que pagan las empresas en el País a partir de 2020. Los primeros 20 millones de pesos de intereses serán totalmente deducibles, por lo que la limitación de deducción aplicará a montos superiores a ese umbral.

8. Quiebras
Se propone que, cuando una empresa enfrenta un proceso de liquidación, los administradores, socios o accionistas sean responsables solidarios. Anteriormente, si la empresa presentaba en forma su declaración fiscal, avisaba al SAT en caso de un cambio de domicilio y permanecía localizable, el fisco los exentaba de la responsabilidad solidaria. Sin embargo, al eliminar esa exención, las autoridades podrán cobrar los adeudos fiscales de la empresa del patrimonio de los administradores, socios y accionistas. La medida tiene como objetivo desincentivar el uso de "liquidaciones culposas", es decir, emplear las liquidaciones como estrategia de evasión fiscal. Sin embargo, la medida preocupa, ya que se incrementa el riesgo que enfrentan los empresarios al echar a andar un proyecto de negocio.

9. Bebidas
Se propone incrementar el IEPS sobre bebidas saborizadas a una cuota aplicable de 1.2705 pesos por litro, desde la cuota actual de 1.17 pesos. De acuerdo con el Gobierno federal, se trata de un ajuste inflacionario y se recuerda que este gravamen tiene como fin desincentivar el consumo de estos productos debido al impacto negativo que tienen en la salud. Hasta ahora, la Ley establece que el ajuste se realiza cuando se alcanza una inflación acumulada de 10 por ciento, mientras que la propuesta plantea un ajuste anual.

10. Fiscalización
Se proponen requisitos más estrictos para la obtención de la firma electrónica y se amplían las causales de cancelación de certificados de sellos digitales. Por ejemplo, cuando un contribuyente ha sido publicado en las listas definitivas del artículo 69-B (vinculado con operaciones inexistentes), se podría proceder a la cancelación de los sellos digitales, aún sin ejercer facultades de comprobación. De acuerdo con analistas, esta medida puede dar lugar a actuaciones no deseables por parte de las autoridades fiscales, por lo que es importante que sea analizada para considerar no sólo las facultades de comprobación y recaudación de las autoridades, sino también la seguridad jurídica de los contribuyentes.

Conocen la reforma de facturación inmediata con pago de tarjeta de crédito y débito para el 2020
14/12/2019

Conocen la reforma de facturación inmediata con pago de tarjeta de crédito y débito para el 2020

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