Asesoría contable y fiscal

Asesoría contable y fiscal Brindamos asesoría contable y fiscal de manera clara y precisa , de acuerdo a tu actividad o giro .

19/01/2023
19/01/2023

TRANSFERENCIAS: Nos pongamos de acuerdo.

No olvides la premisa: Todo lo que ingrese a la cuenta bancaria (efectivo, TRANSFERENCIA, cheque, etc.): SE PRESUME INGRESO FISCAL, salvo prueba en contrario.

Iniciemos.

Bajo la premisa anterior, el autor de estas líneas señala 3 apartados de recepción de transferencias (pudiendo existir más).

1. RECIBO TRANSFERENCIAS POR MIS INGRESOS.
En efecto me encuentro inscrito en el RFC y le dedico a la venta, servicios, rentas y otras actividades por las que en consecuencia: pago impuestos: técnicamente no hay problema.

2. REALIZO TRANSFERENCIAS ENTRE MIS CUENTAS BANCARIAS.
Tienes la cuenta bancaria “F” con un saldo de $X00,000.00 y decides realizar la transferencia a la cuenta ”K” (también es tuya) en cantidad de $Y0,000.00 ¿Debo pagar impuestos?
Por la transferencia recibida en la cuenta “K” no hay problemas toda vez que se puede identificar el origen, pero ahora bien: el origen de la cuenta “F” ¿está declarado?
Si la respuesta es No, entonces la cuenta ”F”, sería objeto de ISR.

3. RECIBO TRANSFERENCIAS POR OTROS CONCEPTOS.
Sería complicado listar todos los conceptos distintos a 1 y 2, por lo que haré la recomendación general.
Si bien es cierto todo lo que ingrese a la cuenta bancaria se presume ingreso, también hay conceptos que no deben pagar ISR.
Estos conceptos tienen que estar fundamentados en la LEY y no en creencias o corazonadas.

Citaré algunos ejemplos (de manera enunciativa más no limitativa).
1. Pensión alimenticia.
2. Donativos.
3. Alimentos.
4. Herencias y Legados.
5. Préstamos.
6. Mandatos.
7. ENTRE OTROS (sugiero consultar con el profesional).

¿Tandas? ❌
¿Favores? ❌

Por lo anterior, vale la pena informarse de manera preventiva con el profesional de la Contaduría y Derecho y con ello evitar problemas con el SAT.

¿QUIERES DEDUCIR EL PAGO DE LA GASOLINA? ASEGURATE DE CUMPLIR ESTE REQUISITO: ℹ️La deducción de combustible además estar...
18/01/2023

¿QUIERES DEDUCIR EL PAGO DE LA GASOLINA?

ASEGURATE DE CUMPLIR ESTE REQUISITO: ℹ️

La deducción de combustible además estar amparada con un comprobante fiscal y se efectúe el pago mediante transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o los denominados monederos electrónicos autorizados por el SAT.

Deberá reunir el siguiente requisito:

28/12/2022
Tope en el reparto de la PTU.   Con las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) publicadas en el Diario Oficial de l...
28/12/2022

Tope en el reparto de la PTU.

Con las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de abril de 2021, el artículo 127 fue adicionado con una fracción VIII, que establece un nuevo tope en la PTU del trabajador.

Dicha fracción establece que “el monto de la PTU tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; debiéndose aplicar el monto que resulte más favorable al trabajador”.

Si las utilidades que resulten para un trabajador, derivado del cálculo individual, es mayor a tres meses de salario o al promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, entonces no se entregará el monto derivado del cálculo individual, sino que se topará al monto mayor entre los tres meses de salario o el promedio de los últimos tres años.

¡ES OFICIAL!A partir del 01 de enero de 2023 entra en vigor las   que establece que los trabajadores tendrán derecho a u...
28/12/2022

¡ES OFICIAL!

A partir del 01 de enero de 2023 entra en vigor las que establece que los trabajadores tendrán derecho a un periodo vacacional no inferior a 12 DÍAS.

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