17/04/2015
Sabias que si eres personas física con ingresos únicamente por sueldos y salarios y/o asimilados, te regresan tu devolución en 5 días, y personas físicas con ingresos mezclados en 10 días. Pide ya tu devolución...Y las letras chiquitas que no te ha dicho el SAT:
*** Sujeto a disponibilidad de hacienda ya que no han estado regresando******
Si no has recibido tu devolución la autoridad tiene 40 días hábiles por ley para regresartela. A continuación transcribo:
Cuando en una solicitud de devolución existan errores en los datos contenidos en la misma, la autoridad requerirá al contribuyente para que mediante escrito y en un plazo de 10 días aclare dichos datos, de no hacerlo dentro de dicho plazo, se le tendrá por desistido de la solicitud de devolución
correspondiente
La devolución se hará dentro del plazo de cuarenta días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente con todos los datos, incluyendo para el caso de depósito en cuenta, los datos de la institución integrante del sistema financiero
Art. 22 CFF.
Así que si es tu caso, todavía la autoridad tiene tiempo para devolverte, no te preocupes mientras no la hayan rechazado y este todo en regla te devolverán sin ningún problema.